Amnistía Internacional solicita investigar recientes crímenes políticos en Panamá

Documento – Panamá: Temor por los manifestantes después de la muerte de dos de ellos.

AU: 39/12 Índice: AMR 44/001/2012 Panamá Fecha: 7 de febrero de 2012 Date: 14 January 2011

ACCIÓN URGENTE

TEMOR POR LOS MANIFESTANTES DESPUÉS DE LA MUERTE DE DOS DE ELLOS

Dos manifestantes murieron y, según los informes, más de 40 personas resultaron heridas cuando la policía dispersó una protesta de pueblos indígenas en Panamá el 5 de febrero. Es probable que las protestas continúen en todo el país, y se teme que las fuerzas de seguridad del Estado puedan hacer uso de fuerza excesiva.

El 30 de enero, los miembros del pueblo indígena ngäbe-buglé salieron a la calle para protestar contra la enmienda de un proyecto de ley que, según creen, dejará sus tierras expuestas a la construcción de proyectos hidroeléctricos en las provincias de Chiriquí, Veraguas y Bocas del Toro, en el norte del país. Desde entonces, las protestas han ido en aumento, y parte de la Carretera Panamericana ha sido cortada por miles de manifestantes. El 5 de febrero, un manifestante, Jerónimo Rodríguez Tugri, murió por disparos en San Félix, provincia de Chiriquí, y hay informes de que otro manifestante se encuentra en estado crítico. Otros más de 40 han resultado heridos, según los informes, entre ellos policías. El 7 de febrero, los medios de comunicación informaron de la muerte de otro manifestante, Mauricio Méndez, en David, provincia de Chiriquí. Las circunstancias de su muerte aún no se han confirmado.

Se han recibido numerosas denuncias de grupos de derechos humanos, ecologistas y eclesiásticos sobre el uso excesivo de la fuerza por parte de la policía, incluido el uso de armas de fuego para dispersar a los manifestantes, que provocó la muerte de Jerónimo Rodríguez Tugrí.

Los medios de comunicación y las organizaciones de la sociedad civil también han informado sobre el uso de gas lacrimógeno en las cercanías de centros médicos, sobre la negación a los detenidos de acceso a asistencia letrada, y sobre la falta de acceso de los heridos a atención médica. El gobierno, tras negar inicialmente los informes de que había cortado el acceso a las redes de telefonía móvil en las zonas de las manifestaciones, ahora ha confirmado el corte de dicho acceso. El 7 de febrero, las redes de telefonía se habían restaurado.

Es probable que las manifestaciones continúen durante los próximos días, y se teme que pueda haber más muertos o heridos.

Escriban inmediatamente, en español o en su propio idioma:

recordando a las autoridades que el Código de Conducta de la ONU para Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley establece que dichos funcionarios “podrán usar la fuerza sólo cuando sea estrictamente necesario y en la medida que lo requiera el desempeño de sus tareas”;

pidiendo una investigación independiente, exhaustiva e imparcial sobre las denuncias de uso excesivo de la fuerza por parte de las fuerzas de seguridad;

pidiendo que se lleve a cabo una investigación independiente, exhaustiva e imparcial sobre las muertes de Jerónimo Rodríguez Tugri y Mauricio Méndez, que se hagan públicos sus resultados y que los responsables comparezcan ante la justicia.

ENVÍEN LLAMAMIENTOS, ANTES DEL 20 DE MARZO DE 2012, A:

Ricardo Martinelli Berrocal
Presidencia de la República, Panamá 1,
Panamá
Fax: +507 527 9034
Correo-e.: prensa@presidencia.gob.pa

Tratamiento: Estimado Sr. Presidente

José Mulino
Ministro de Seguridad Pública
Cl. 3 y Av. 7, Central San Felipe
Ciudad de Panamá, Panamá
Fax: +507 512 6001

Tratamiento: Estimado Sr. Ministro

Y copia a:

 

ONG

Centro de Incidencia Ambiental (CIAM)

Correo-e.: info@ciampanama.org

Envíen también copia a la representación diplomática de Panamá acreditada en su país. Incluyan las direcciones de las sedes diplomáticas locales a continuación:

Nombre Dirección 1 Dirección 2 Dirección 3 Fax Número fax Correo-e. Dirección correo-e. Tratamiento Tratamiento

 

Consulten con la oficina de su Sección si van a enviar los llamamientos después de la fecha antes indicada.

ACCIÓN URGENTE

TEMOR POR LOS MANIFESTANTES DESPUÉS DE LA MUERTE DE DOS DE ELLOS

INFORMACIÓN ADICIONAL

El año pasado, en febrero de 2011, los ngäbe-buglé organizaron protestas contra una ley de minería por considerar que facilitaba nuevos proyectos mineros en los territorios de los pueblos indígenas y que no incluía salvaguardias suficientes para el medio ambiente ni consultas adecuadas con las comunidades locales. La ley fue aprobada en febrero pero derogada en marzo, después de que el gobierno y los ngäbe-buglé negociaran una solución a la crisis y llegaran a un acuerdo que, según grupos indígenas, incluía una disposición que protegería sus territorios de los proyectos de desarrollo mineros e hidroeléctricos.

El 27 de enero de 2012, la Asamblea Nacional debatió un proyecto de ley para la protección de los territorios de los ngäbe-buglé frente a los proyectos mineros e hidroeléctricos. Durante el debate, los legisladores eliminaron el artículo 5 del proyecto de ley, y esa eliminación dio lugar a protestas masivas en todo el país. Los grupos indígenas y ecologistas afirman que el artículo 5 habría protegido las tierras indígenas frente a la imposición de proyectos hidroeléctricos, unos proyectos que en el pasado han amenazado con inundar poblaciones indígenas. Los indígenas salieron a la calle el 30 de enero para protestar contra la enmienda en el proyecto de ley.

 

Nombre: Jerónimo Rodríguez Tugri, Mauricio Méndez y manifestantes ngäbe-buglé

Sexo h/m Jerónimo Rodríguez Tugri (masculino), Mauricio Méndez (masculino), manifestantes (ambos)

AU: 39/12 Índice: AMR 44/001/2012 Fecha de emisión: 7 de febrero de 2012

Ni los niños se libraron de ser aprehendidos por la Policía Nacional de Panamá en el área de la protesta en San Félix, Provincia de Chiriquí en el Suroccidente de Panamá.

Panamá solicitó a la CIDH suspender medidas cautelares impuestas en el 2009

Gobierno de Panamá solicitó a la CIDH suspender medidas cautelares impuestas en el 2009

Burica Press, 20 de noviembre de 2011. El gobierno de Panamá ha solicitado a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), organismo autónomo en el seno de la Organización de los Estados Americanos, que desista de imponer medidas cautelares al Estado Panameño sobre el caso de los indígenas ngabes afectados por el proyecto hidroeléctrico Chan 75, ejecutado por la empresa AES Corporation con sus filiales locales AES Panama y AES Changuinola.

Según la nota del gobierno panameño, ellos ahora están desarrollando la promoción, protección y respeto de los derechos humanos como un asunto de Estado y una política pública de la administración del Presidente Ricardo Martinelli Berrocal.

Según la cancillería panameña, en la actualidad el Gobierno Nacional está procurando la búsqueda de consenso y el rescate de la confianza de las poblaciones originarias a través de escenarios propicios para el diálogo.

En marzo de 2008, durante la administración de Martín Torrijos, varias organizaciones nacionales e internacionales denunciaron ante la OEA, la violación flagrante de los derechos humanos de las comunidades indígenas asentadas en el valle medio del Río Changuinola. La denuncia se sustentó en que el Estado panameño, de facto, adjudicó estas tierras indígenas dentro de una concesión otorgada a AES Corporation para que desarrollaran el proyecto hidroeléctrico Chan 75. Los indígenas fueron desalojados poco a poco del área a la fuerza o con intimidaciones y con otras acciones contrarias al reconocimiento de los derechos humanos de pueblos indígenas, con tal de avanzar sin contratiempos en el proyecto hidroeléctrico en cuestión.

Ante tal situación en junio de 2009 y luego de un estudio exhaustivo del caso, la CIDH otorgó medidas cautelares al Estado panameño. Tanto la administración de Martín Torrijos, como la de Ricardo Martinelli han ignorado dichas medidas e hicieron avanzar el proyecto y el desalojo completo y sin opciones a los indígenas residentes de la zona de construcción, operación e inundación del gran complejo hidroeléctrico denominado Chan 75.

La administración de Martinelli argumenta en su solicitud a la CIDH que al dictarse las medidas cautelares, no se cumplió con los requisitos establecidos en el Artículo 25.1 del Reglamento de la Comisión Interamericana ni con el inciso 8 de este mismo artículo 25, que faculta a la Comisión para “requerir a las partes interesadas información relevante sobre cualquier asunto relacionado con el otorgamiento, observancia y vigencia de las medidas cautelares”, no sólo por una vez, sino cuantas veces lo requiera a fin de verificar específicamente, el cumplimiento de los requisitos de gravedad, urgencia, inminencia e inmediatez de violaciones a derechos fundamentales y así evitar daños irreparables a las personas.

Las medidas cautelares solicitadas en el año 2009 fueron:

1-) Suspender las obras de relacionadas con la concesión otorgada a AES Changuinola en la provincia de Bocas del Toro,
hasta tanto los órganos del Sistema Interamericano de Derechos Humanos adopten una decisión definitiva sobre el asunto planteado en la Petición P-286/08, en la cual se alega presuntas violaciones a los derechos consagrados en los artículos 5,7,8,13,19,21,23 y 25 de la Convención Americana de Derechos Humanos.

2-) Adoptar las medidas que sean necesarias para garantizar la libre circulación, la vida y la integridad personal de los miembros de la comunidad Ngobe con el fin de evitar actos de violencia o medidas intimidatorias adicionales.

Presa Chan 75 en el noroccidente de Panamá. En mayo de 2011 se inició el proceso de cierre de la presa Chan 75. Muchos indígenas que resistieron hasta el final la lucha jurídica por sus territorios, tuvieron que abandonar definitivamente el área ante el avance de las aguas. Foto: ACD

Según las organizaciones peticionarias de la intervención de la CIDH en este caso de violación a los derechos humanos de comunidades indígenas, el sólo hecho de haber tenido que recurrir a la CIDH demuestra hasta la fecha, que en realidad el Estado Panameño nunca le ha garantizado los derechos a las personas afectadas, tanto así que sigue negando que hayan incurrido en violaciones a los Derechos Humanos. Argumentan que la Corte Suprema de Panamá, todavía mantiene engavetado el caso, a pesar de tener varios años para dilucidar las demandas.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos, ya ha indicado que las medidas cautelares impuestas carecían de urgencia, pero ello no implica la negación de la validez del argumento de fondo planteado por los afectados y las organizaciones demandantes.

El gobierno panameño al no acatarlas, hizo avanzar de facto con la obra, a pesar de las numerosas irregularidades ambientales, sancionadas parcialmente por la Autoridad Nacional del Ambiente, y de la violación a los derechos humanos que ha sido corroborado por numerosas organizaciones nacionales e internacionales que han estudiado el problema, incluyendo el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para Pueblos Indígenas.

En mayo de 2011 se inició el proceso de cierre de la presa Chan 75. Muchos indígenas que resistieron hasta el final la lucha jurídica por sus territorios, tuvieron que abandonar definitivamente el área ante el avance de las aguas.

Eligen nuevos comisionados en la CIDH – Cochez no fue seleccionado

Eligen nuevos comisionados en la CIDH – Cochez no fue seleccionado

Burica Press- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha elegido este martes 7 de junio de 2011 a cuatro de los siete comisionados del organismo en el marco de la 41 Asamblea General de la Organización de Estados Americanos (OEA) celebrada en San Salvador.

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El chileno Felipe González fue reelegido por un período de cuatro años adicionales. Foto: OEA

Las tres nuevas miembros de la Comisión son la jamaiquina Tracy Robinson, la paraguaya Rosa María Ortiz y la beliceña Rose-Mary Bella Antoine. El chileno Felipe González fue reelegido por un período de cuatro años adicionales.

Las personas electas comienzan su mandato en enero de 2012. La integración de la CIDH la completan la estadounidense Dinah Shelton, el colombiano Rodrigo Escobar Gil y el mexicano José de Jesús Orozco Henríquez, cuyos mandatos culminan en el 2013. Los y las nuevas integrantes de la Comisión sustituirán al brasileño Paulo Sérgio Pinheiro, a la salvadoreña María Silvia Guillén y a la venezolana Luz Patricia Mejía Guerrero.

Los comisionados y comisionadas realizan su trabajo de manera independiente por lo que no representan a ningún Estado, sino que cumplen sus funciones a título personal, de manera autónoma. Cada miembro de la CIDH ejerce sus labores durante un período de cuatro años con posibilidad de reelegirse por un período igual.

Para las vacantes se postularon seis candidatos: Paraguay, Chile, Panamá, Perú, Jamaica y Belice.

Brasil había presentado al exministro Paulo Vannuchi para formar parte de la CIDH, pero retiró su candidatura. Aunque la Cancillería brasileña no explicó el motivo de la retirada en la carta que enviaron al secretario general de la OEA, José Miguel Insulza, ésta se produjo tras los roces con el organismo por la construcción de una hidroeléctrica en la Amazonía.

Panamá postuló al abogado Guillermo Alberto Cochez, representante permanente de Panamá ante la OEA, pero tampoco tuvo éxito en su candidatura que generó malestar de algunas organizaciones de derechos humanos a nivel de Panamá y de la región.

En declaraciones a Acan-Efe Viviana Krsticevic, directora ejecutiva de Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), mostró su desacuerdo con el candidato panameño.

Krsticevic argumentó que, como embajador ante la OEA, Cochez “ha tenido posiciones que creemos abiertamente encontradas con una posición de defensa de los derechos humanos, como haber sostenido que no había que cumplir con las decisiones de la CIDH”.

Organizaciones de la sociedad civil panameña también pidieron a los representantes de los gobiernos ante la OEA, que no escogieran a Cochez, ya que el Estado panameño ha incurrido en casos graves de violación de derechos humanos en los últimos meses en Panamá, entre los que destaca la represión de los trabajadores bananeros de Changuinola (julio 2010), los límites a la libertad sindical, el “reciente e intempestivo cierre de compuertas” de la hidroeléctrica Chan 75 (a pesar de los informes de la ONU, de la CIDH y de Amnistía Internacional) y la expulsión de activistas de Derechos Humanos y periodistas.

Destacan que Cochez como embajador ha defendido las posiciones de un Estado que tiene uno de los peores registros de cumplimiento de las sentencias de la Corte Interamericana, que ha ignorado de manera flagrante dos medidas cautelares emitidas por la CIDH desde 2009, que está violando los convenios 87 y 98 de la OIT sobre libertad sindical y que ha llevado a un deterioro severo de la situación general de los derechos humanos en los últimos dos años”.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos tiene su sede en Washington, Estados Unidos y, junto con la Corte Interamericana de Derechos Humanos, es un organo primordial de la OEA. La CIDH tiene la función principal de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos.

Fuentes: ACAN EFE, OEA, BURICA PRESS

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Vea además:

PANAMA. CIDH pide suspender proyecto hidroeléctrico de AES Corporation en territorio ngobe

Los pueblos originarios de Panamá no necesitan de instigadores: Paco Gómez Nadal y Pilar Chato

Periodistas expulsados de Panamá, acusan al gobierno de Martinelli de autoritario

Desde San José de Costa Rica, camino a Madrid (España)

Hemos sido expulsados de Panamá en el día de hoy por el Gobierno de Ricardo Martinelli. La fórmula legal se denomina retorno voluntario pero ni es voluntario ni es retorno. Explico las circunstancias:

1. El sábado 26 de febrero fui detenido ilegalmente cuando, claramente identificado como miembro de la organización de Derechos Humanos Human Rights Everywhere (HREV), documentaba el desalojo de los indigenas ngäbe que cortaban la Plaza 5 de mayo. La detención se produjo con violencia y sin ningún tipo de contemplación. En el operativo también fue detenida de forma arbitraria e ilegal mi compañera, Pilar Chato, que estaba en el andén de la esquina entre 5 de mayo y Calle L esperando el final de los acontecimientos.

2. En las siguientes 20 horas fuimos recluidos en tres instituciones diferentes y en ningún momento se nos indicó de qué se nos acusaba, no se nos permitió comunicación con nuestros abogados ni recibir asistencia consular de la Embajada de España, país del que somos ciudadanos. Los propios funcionarios de la DIJ de Ancón nos manifestaron que no había expediente ni documentación que justificara nuestra detención en esas instalaciones (donde tuvimos que dormir en el suelo sobre periódicos)

3. Que en la tarde del día 27 de febrero, 23 horas de spués de la detención, fuimos víctimas de un juicio express en la corregiduría de Balboa con acusaciones falsas de la Policia Nacional (como que no estaba identificado al momento de la detendicón o que se nos leyeron nuestros derechos o que fuimos informados de las razones del acto) y en base a un video sin audio que, a todas luces, no es probatorio de ningún acto delictivo o contrario a las leyes panameñas.

4. Que Aproximadamente a las 4:30 p.m. fuimos trasladados a las oficinas del Servicio Nacional de Migración donde ni siquiera sabían por qué recibirnos hasta, tal y como nos indicaron, “recibir una llamada de Presidencia”. Una vez que nos recibieron en calidad de “retenidos”, los funcionarios del SNM aseguraron al consul de España, a nuestra abogada y a representantes de la Defensoría dl Pueblo que ningún trámite sería realizado hasta la mañana del día 28 de febrero y que por esa razón debiamos permanecer en las celdas de Migración, a pesar del compromiso de los funcionarios nacionales e internacionales de servir como garantes de nuestra comparecencia al día siguiente.

5. Que después de irse el equipo de acompañamiento, la directora del SNM junto a sus abogados dictaron un decreto ilegal y arbitrario en que sin pruebas nos condenan a detención por haber alterado el orden público e “instigar” protestas”. Fuimos despertados pasada la media noche, intimidados e irrespetados y obligados a firmar un documento en que se afirmaba que el SNM había escuchado nuestra defensa y respetado nuestros Derechos Humanos, cuando esto no se había producido.

6. Que ante las arbitrariedades cometidas, la agresividad de los comunicados públicos del Gobierno desde el mismo sábado 27 y los antecedentes del intento de expulsión del 4 de julio de 2010 y ante la TOTAL FALTA DE GARANTÍAS jurídicas para un proceso justo o para nuestra seguridad física ni jurídica, decidimos aceptar la deportación voluntaria.

7. Manfestamos la absoluta falta de garantías para el trabajo como Defensores de Derechos Humanos en Panamá y alertamos a NAciones Unidas y a la Comisión INteramerciana de DDHH sobre el grave riesgo al que están sometidos otros defensores en Panamá y cualquier líder social.

8. Agotaremos todos los recursos legales disponibles en Panamá y en el sistema Interamericano de Justicia para revertir esta situación y exigiremos la compensación por los daños morales, económicos y personales a los que hemos sido sometidos al abandonar nuestro hogar, nuestros amigos, nuestra misión como defensores de Derechos Humanos y nuestro desarrollo profesional.

9. HREV y mi persona sólo hemos tratado de promocionar y defender los derechos humanos de los colectivos más desfavorecidos de Panamá, tal y como es nuestro mandato. Nuestros informes sobre violación de derechos humanos en Changuinola o en el Centro de Cumplimiento de Tocumen o nuestro seguimiento a todo el proceso de defensa territorial de los pueblos Naso, Ngäbe y Buglé han molestado a las autoridades que han desconodio las recomendaciones de las organizaciones internacionales respecto a los Derechos HUmanos de estas poblaciones. A esta situacion se suma mi labor como periodista y columnista en el diario La Prensa con trabajos críticos que incomodan al Gobierno tal y como lo han manifestado en diversas ocasiones.

10. El trato de los funcionarios de rango bajo de la DIJ y de Migración fue en todo momento correcto y ellos mismos nos mostraron su perplejidad ante este proceso.

11. Los pueblos originarios de Panamá no necesitan de instigadores. Son autónomos y dignos y cuando protestan suelen ser provocados por medidas del Gobierno que, además del abandono secular, aprueba medidas que afectan contra la autonomía territorial, cultural y política de los pueblos originarios.

12. Reconocemos y agradecemos profundamente la valentía, el ánimo y la solidaridad que numerosas organizaciones, ciudadanos y, en especial, los representantes de los pueblos originarios de Panamá nos han mostrado en las últimas horas.

 

No nos echa Panamá. Nos echa su gobierno.

La lucha por los Derechos Humanos es irrenunciable y los delitos de lesa humanidad imprescriptibles.

 

Paco Gómez Nadal

Pilar Chato Carral

Periodistas y Representantes permanentes de Human Rights Everywhere en Panamá

Periodistas extranjeros en estado de alerta en Panamá

Periodistas en estado de alerta por represión oficial en Panamá

PANAMÁ-REPRESIÓN

Fuente: dpa | 27/02/2011

Ciudad de Panamá, (dpa) – La Asociación de Corresponsales de Prensa Extranjera en Panamá (ACOPEP) anunció hoy que está en estado de alerta ante la represión oficial en contra de periodistas, durante manifestaciones indígenas antimineras.

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Ricardo Martinelli, gobernante derechista de Panamá, que controla políticamente todos los órganos del Estado de Panamá. Foto: Wikipedia

A través de un comunicado, la ACOPEP, presidida por Luis Blanco, se refirió a la detención de Francisco Gómez Nadal y su esposa Pilar Chato, ambos periodistas de nacionalidad española y activistas de derechos humanos, sin que hayan sido presentadas pruebas en su contra por supuestos actos de desestabilización.

“Los antecedentes del gobierno de pretender, el año pasado, impedir que Gómez retornara al país con medidas migratorias sin justificación legal, demostradas por sus abogados, agregan otro ingrediente que cuestiona la proclamada defensa de la libertad de expresión por parte del gobierno del presidente Ricardo Martinelli”, señaló el pronunciamiento.

La Secretaría de Comunicación del Estado advirtió que el Decreto Ley que regula el Servicio Nacional de Migración prevé la expulsión del extranjero “que haga apología del delito o incite al odio racial, religioso, cultural o político, o sea una amenaza para la seguridad colectiva, la salubridad o el orden público”.

Al respecto, la ACOPEP inició contactos con las organizaciones colegas internacionales y los representantes de Naciones Unidas y la Organización de Estados Americanos (OEA), en materia de libertad de expresión y derechos humanos, para mantener la vigilancia en el caso de Gómez Nadal y Chato.

Ambientalistas solicitaron a la Corte que declare inconstitucional la Ley 30

Ambientalistas solicitaron a la Corte que declare inconstitucional la Ley 30

Organizaciones ambientalistas y de derechos humanos presentaron nuevos alegatos contra la Ley 30 de 2010 -que entre otras cosas, flexibilizó la obligatoriedad de realizar estudios de impacto ambiental- en apoyo a las 6 demandas de inconstitucionalidad presentadas en junio pasado por sindicatos, abogados litigantes y otros grupos organizados.

El escrito de 51 páginas fue presentado por los abogados del Centro de Incidencia Ambiental (CIAM), en representación del propio CIAM, la Asociación Nacional para la Conservación de la Naturaleza (ANCON), la Fundación Almanaque Azul, la Fundación Panamá Sostenible (PASOS, en formación) y Human Rights Everywhere (HREV).

Esta semana el Órgano Ejecutivo y Legislativo de Panamá por la presión de la ciudadanía está intentando subrogar La Ley 30 y dividirla en seis leyes de acuerdo a los puntos acordados en una mesa de discusión que mantuvo el gobierno con  algunos miembros de la sociedad civil. Por parte del Órgano Judicial se espera la declaratoria de ilegalidad por inconstitucional de la mencionada ley.

“Optamos por presentar nuevos alegatos en lugar de una séptima demanda, la cual habría retrasado todo el proceso”, aclaró Félix Wing Solís, Director Ejecutivo del CIAM, quien añadió que “la Corte tiene el deber moral de declarar inconstitucional la Ley 30, en vez de utilizar su subrogación como excusa para declarar la sustracción de materia. Ello sería eludir su responsabilidad como custodia privativa del orden constitucional.”

Los ambientalistas alegaron que la Ley 30 incurrió en 6 vicios de forma -que el gobierno se negó a discutir en la Mesa de Diálogo- y 7 violaciones de fondo a la Constitución y a convenios ambientales y de derechos humanos ratificados por Panamá, para un total de 18 normas constitucionales y 14 normas internacionales violadas.

El texto completo de los alegatos está disponible en el siguiente enlace:

ALEGATOS INCOSTITUCIONALIDAD LEY 30

A continuación, se resumen las violaciones de forma y de fondo alegadas por los ambientalistas:

Violaciones de forma:

1) que el tema ambiental no estaba incluido en la convocatoria a sesiones extraordinarias;

2) que los diputados no actuaron en interés de la Nación;

3) que la Asamblea Nacional tiene prohibido expedir leyes contrarias a la letra o el espíritu de la Constitución;

4) que la Comisión de Transporte no es competente para discutir reformas a la legislación ambiental;

5) que el Ministro de Seguridad Pública no era competente para refrendar una Ley sobre aviación comercial; y

6) que todos los actos anteriores constituyen desviación de poder.

Violaciones de fondo:

1) el principio de separación de los poderes, esencial a toda democracia formal;

2) 11 convenios ambientales que obligan a Panamá a realizar estudios de impacto ambiental;

3) el desmejoramiento de la protección del derecho a un ambiente sano, tutelado por el Régimen Ecológico de la Constitución y por 3 convenios de derechos humanos;

4) el principio de estricta legalidad, según el cual los funcionarios públicos sólo pueden hacer aquello que la Ley expresamente autoriza;

5) el principio de acceso público a la información, garantizado por los estudios de impacto ambiental;

6) la primacía del interés público sobre el interés privado; y

7) la obligación del Estado de reglamentar las actividades económicas mediante organismos especializados, de modo tal que beneficien a las mayorías.

Informe de violación de DD.HH en Changuinola actualizado

Human Rights Everywhere ha actualizado su informe sobre violación de Derechos Humanos en los sucesos de Changuinola, del 7 al 11 de julio de 2010. En total, ha recopilado información sobre 492 casos, entre los que se incluyen 4 personas muertas directamente relacionadas con la crisis, 6 personas fallecidas en circunstancias que se debe investigar, la extraña situación de Valentín Palacios, quien había desaparecido luego de haber sido arrestado por la Policía panameńa y 312 personas heridas con perdigones.

También constata que, según opiniones médicas cualificadas, los perdigones, en la mayoría de los casos, no deben ser extraidos del cuerpo de las víctimas, por los riesgos que ello implica.

Lea el informe completo: Informe DDHH Changuinola Panama actualizado ago 2010

Fuente: Comuna Sur

Condenan los deplorables sucesos ocurridos en Panamá y exigen al Estado panameño respeto para los defensores ambientales

Condenan los deplorables sucesos ocurridos en Panamá y exigen al Estado panameño respeto para los defensores ambientales

20 de julio de 2010

En nombre de: Abogadas y Abogados para la Justicia y los Derechos Humanos, A. C., Alianza para la Conservación y el Desarrollo (ACD), Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA), Asociación Nacional de Centros (ANC), Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH), Center for Biological Diversity, Centro de Documentación en Derechos Humanos “Segundo Montes Mozo S.J.” (CSMM), Centro de Derecho Ambiental y de los Recursos Naturales (CEDARENA), Centro de Derechos Humanos y Ambiente (CEDHA), Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA), Comisión Ecuménica de Derechos Humanos (CEDHU), Corporación de Gestión y Derecho Ambiental ECOLEX, Foro de Mujeres del Mercosur, Grupo de Mujeres de San Cristóbal de las Casas A.C., Justicia para la Naturaleza y Justiça Global, expresamos nuestra profunda preocupación por los sucesos ocurridos en las últimas semanas en Panamá respecto de las protestas sobre la Ley 30 de 2010 (conocida como “Ley Chorizo”). Nos inquietan sobremanera las reacciones del Estado panameño hacia los defensores ambientales y de derechos humanos, las cuales han sido reportadas por la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas, la Defensoría del Pueblo de Panamá, medios de comunicación y organizaciones ambientales y de derechos humanos, e incluyen denuncias de hostigamientos, detenciones arbitrarias y uso excesivo de la fuerza por parte de la policía nacional. Por ello, exigimos que el Estado de Panamá garantice los derechos humanos de estas personas, investigue adecuadamente los informes de abuso y hostigamientos e imponga las sanciones necesarias.

De acuerdo con informes periodísticos, testimonios de primera mano y pronunciamientos de la Defensoría del Pueblo, las confrontaciones entre la policía nacional y las manifestantes dejaron un saldo de varios muertos, más de dos centenares de heridos, incluyendo decenas de personas que perdieron uno o ambos ojos a causa de tiros con perdigones, utilizados por la policía nacional para dispersar las protestas. Respecto a esta situación, la representante regional de la Oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos de las Naciones Unidas ha enfatizado que el uso de la fuerza “debe ser restringido y excepcional, guiándose en todo momento por los principios de necesidad y de proporcionalidad, con pleno respeto de los derechos humanos, en particular, el derecho a la vida e integridad personal, los que no pueden ser restringidos bajo ninguna circunstancia”1. Es imperioso que el gobierno de Panamá atienda las recomendaciones de la Oficina del Alto Comisionado y se abstenga del uso de la fuerza para dispersar manifestaciones.

Condenamos particularmente los casos de hostigamiento contra defensores ambientales y de los derechos humanos. Por ejemplo, la orden de detención en contra la defensora ambiental Yaritza Espinosa Mora, de Colibrí Asociación Ecologista de Panamá, aparentemente por causa de sus actividades en defensa del medio ambiente. Adicionalmente, recibimos información respecto a que el día 4 de julio agentes de migración detuvieron al periodista y defensor de derechos humanos español, Paco Gómez Nadal, de Human Rights Everywhere, por varias horas en el aeropuerto internacional de Tocumen al parecer sin razón aparente, indicándole que, presuntamente, existe una orden prohibiendo su entrada en el país si sale.

Estos lamentables eventos ocurren en un contexto de rechazo por múltiples sectores de la sociedad civil panameña contra la promulgación reciente de la Ley 30 de 2010, que modifica tres códigos y seis leyes. Los cambios incluyen la excepción de la obligación de realizar estudios de impactos ambientales previos a ciertos proyectos. El Dr. Sergio Pinheiro, Comisionado de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, ha calificado una provisión de esta ley como “un irrespeto del estado de derecho y de las obligaciones internacionales.”

Resaltamos la decisión anunciada el 14 de julio por el Gobierno de retirar las órdenes fiscales en contra de algunos de los dirigentes de organizaciones de la sociedad civil. Requerimos al Estado panameño que investigue estos incidentes adecuadamente de acuerdo con los estándares internacionales y que dé plenas garantías para el libre ejercicio de las labores de estos defensores, particularmente a Yaritza Espinosa y Paco Gómez Nadal, cuyas situaciones jurídicas aún no se han resuelto.

Reiteramos la importancia fundamental que tienen los defensores ambientales para la protección del ambiente y por ende para los derechos humanos y la democracia. Numerosos instrumentos internacionales y resoluciones de organismos de protección de los derechos humanos reconocen la importancia de la labor de defensores ambientales como la que hacen Yaritza Espinosa, Paco Gómez Nadal y otros defensores y defensoras de derechos humanos. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que tales personas desempeñan un papel que es “fundamental para la garantía y salvaguarda de la democracia y del Estado de derecho”. La Corte Interamericana de Derechos Humanos también ha reconocido la importancia de la labor de los defensores ambientales expresando que “existe una relación innegable entre la protección del medio ambiente y la realización de otros derechos humanos”.

Además, la Corte Interamericana ha planteado que los Estados tienen el deber de facilitar los medios necesarios para que los defensores de derechos humanos realicen libremente sus actividades,” y que deben abstenerse de imponer obstáculos que dificulten la realización de su labor, e investigar seria y eficazmente las violaciones cometidas en su contra”5.

Por último solicitamos al gobierno de Panamá que cumpla con sus obligaciones de respetar los derechos humanos de los defensores; obligaciones asumidas en los tratados internacionales de derechos humanos firmados por el Estado panameño y en su misma Constitución. El respeto para el ambiente y los derechos humanos no solamente es fundamental para un Estado democrático moderno, sino también para garantizar un desarrollo sostenible para toda la sociedad.

Atentamente,
Abogadas y Abogados para la Justicia y los Derechos Humanos, A. C.
Alianza para la Conservación y el Desarrollo (ACD)
Asociación Nacional de Centros (ANC)
Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente (AIDA)
Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH)
Center for Biological Diversity
Centro de Derecho Ambiental y de los Recursos Naturales (CEDARENA)
Centro de Documentación en Derechos Humanos “Segundo Montes Mozo S.J.” (CSMM)
Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL)
Comisión Ecuménica de Derechos Humanos (CEDHU)
Corporación de Gestión y Derechos Ambiental ECOLEX
Foro de Mujeres del Mercosur
Grupo de Mujeres de San Cristóbal de las Casas A.C.
Justicia para la Naturaleza
Justiça Global

HREV publica informe sobre graves violaciones a los DD.HH en Panamá

HREV constata al menos 405 heridos, 4 muertos y 1 detenido–desaparecido durante la huelga de Bocas del Toro

Human Rights Everywhere (HREV) ha corroborado en un informe aún no definitivo que al menos 405 personas resultaron heridas de diversa consideración durante los sucesos ocurridos en Changuinola, Provincia de Bocas del Toro, Panamá, en la huelga de los trabajadores de las bananeras entre 7 y el 11 de julio; 4 trabajadores fallecieron (sólo hay dos reconocidos oficialmente) y uno se encuentra desaparecido después de que varios compañeros vieran como era detenido. Unos sucesos en los que se produjo un uso excesivo de la fuerza por parte de la Policía Nacional, una deficiente atención medica, detenciones sin el debido proceso y torturas en la subestación de Changuinola, donde a los arrestados se les tuvo sin alimento, se les impidió dormir o acudir al baño y donde se produjeron vejaciones y evidencias de racismo. Las principales causas de las lesiones son el disparo de perdigones por parte de las fuerzas de seguridad del Estado panameño, el 63% de los casos; un 21% sufrieron afecciones por los gases y hay documentadas 35 mujeres heridas y 12 niños (entre ellos bebes).

Son hechos y conclusiones que se desprenden del informe sobre la violación de Derechos Humanos elaborado por Human Rights Everywhere (HREV), una ong sin ánimo de lucro que lleva siete años trabajando en Latinoamérica y que durante 10 días trasladó a Bocas del Toro un equipo de voluntarios que han efectuado algo más de 300 entrevistas personales con los heridos y sus familiares, visitado las fincas bananeras, los centros de salud y la morgue. Entrevistas que han sido contrastadas y completadas con partes médicos oficiales, el trabajo realizado por voluntarios con los 68 enfermos trasladados a Panamá y los informes realizados por otras organizaciones como CEASPA, el Defesor del Pueblo, la ULIP y la Pastoral Indígena.

El informe fue presentado hoy en Changuinola ante la prensa y organizaciones sociales, y el pasado lunes le fue entregado a la Alta Comisionada Adjunta de las Naciones Unidas para los derechos humanos, Kyung–Wan Kang, de visita oficial en Panamá.

HREV aporta datos documentales (muertos, desaparecidos, heridos, tipología de las heridas, principales lugares de conflicto, detenciones y uso de fuerza); constata los hechos y analiza el papel del Estado en la crisis, y de otros actores, así como la vulneración de Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales (al menos 10 derechos consignados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 8 artículos de la Constitución de Panamá).

En base a las entrevistas y a las fuentes documentales, HREV confirma la existencia de 4 muertos, 1 detenido–desaparecido (caso sobre el que aún no hay respuesta por parte del Órgano Judicial pese a mediar una denuncia) y al menos 405 heridos. Asimismo, concluye que queda probada la existencia de una grave vulneración de los Derechos Humanos por parte del Estado Panameño.

Las conclusiones del informe también plantean un uso de la fuerza “excesivo” por parte de la Policía; episodios de tortura en las detenciones; una atención medica deficiente y ausencia total de seguimiento a los heridos; y una atención por parte del Gobierno a las víctimas de carácter asistencialista sin que se haya contemplado el impacto psicológico postconflicto. A ello se une una falta de agilidad por parte del Órgano Judicial panameño a la hora de investigar y esclarecer responsabilidades y la difusión de información sobre los hechos insuficiente y parcial, en algunos casos intencionada.

Para concluir el informe recoge algunos de los testimonios más relevantes y una serie de recomendaciones que pasan por la creación de una comisión técnica independiente, con personal especializado en derechos humanos y acompañamiento internacional; la agilización de los procesos judiciales iniciados para esclarecer la responsabilidad de los funcionarios públicos; un plan urgente de atención a las víctimas (médica, psicológica, subsidios por bajas laborales, atención a los discapacitados); que se cree un sistema de monitoreo sobre la situación de Bocas del Toro con un mecanismo de alertas tempranas y en el que participen instituciones nacionales y locales, Defensoría del Pueblo y representantes de ONGs a iglesias. Además, pide la aplicación de las recomendaciones del Comité para la Erradicación de Todas las Formas de Racismo (CERD) de Naciones Unidas que se hicieron a Estado panameño en 2010.

HREV también recomienda que se permita el acceso de defensores de Derechos Humanos, organizaciones y medios de comunicación a las informaciones y las instituciones para que puedan realizar su labor.

CIDH expresa preocupación por violación a Derechos Humanos en manifestaciones en Panamá

CIDH expresa preocupación por violación a Derechos Humanos  en manifestaciones en Panamá

Washington, D.C., 3 de agosto de 2010 – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresa su preocupación por los graves hechos de violencia ocurridos en una manifestación que tuvo lugar el 8 de julio de 2010 en Changuinola, Bocas del Toro, Panamá.

Según la información recibida, trabajadores de fincas bananeras de la provincia de Bocas del Toro decretaron paro general de labores a partir del 2 de julio de 2010, como medida de protesta contra la aprobación de la Ley 30, aprobada el 12 de junio por la Asamblea Nacional de Panamá y sancionada por el Presidente el 16 de junio. La información disponible indica que el 8 de julio, una manifestación organizada en el marco de la protesta contra algunos aspectos de esta ley relacionados con derechos sindicales y el derecho de huelga, fue reprimida por las fuerzas de seguridad, con un resultado de al menos dos personas muertas, más de un centenar de heridos y otro centenar de detenidos. La Comisión fue informada que se habrían librado órdenes de detención contra, al menos, 17 sindicalistas, las cuales posteriormente se habrían anulado. Asimismo, el 21 de julio el Gobierno de Panamá informó sobre la creación de una comisión especial para investigar los hechos.

La Comisión Interamericana recuerda al Estado panameño su deber de ejercer el control de las manifestaciones dentro del marco de respeto de los estándares interamericanos de derechos humanos. Como lo ha manifestado anteriormente: “La Comisión considera que los agentes pueden imponer limitaciones razonables a los manifestantes para asegurar que sean pacíficos o para contener a los que son violentos, así como dispersar manifestaciones que se tornaron violentas u obstructivas. No obstante, el accionar de las fuerzas de seguridad no debe desincentivar el derecho de reunión sino protegerlo, por ello la desconcentración de una manifestación debe justificarse en el deber de protección de las personas. El operativo de seguridad desplegado en estos contextos debe contemplar las medidas de desconcentración más seguras y rápidas y menos lesivas para los manifestantes.”

El Estado panameño tiene el deber de investigar los hechos violatorios de derechos humanos con arreglo al debido proceso, hasta su pleno esclarecimiento, así como juzgar a los responsables y reparar las consecuencias de las violaciones.

Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

Bocas del Toro honra a sus mártires y pide justicia

5000 personas acompañan los cuerpos de los mártires de Bocas del Toro

Paco Gómez

Los cuerpos de Antonio Smith, Virgilio Castillo y Fernando Abrego son enterrados hoy en Changuinola y Guabito (Bocas del Toro) en una manifestación masiva en la que están participando unas 5000 personas, la mayoría indígenas del pueblo originario Ngäbe.
Con gritos de “No queremos bicicletas ni sacos de arroz, queremos justicia” o “Abajo el Gobierno de Martinelli”, los manifestantes han marchado kilómetros bajo el sol hasta llegar a la Estación de Policía, donde han increpado a los pocos agentes que estaban a la vista. Durante toda la marcha no ha habido presencia policial y la comitiva fúnebre era aplaudida por los habitantes que esperaban a los costados.
“No queremos a este presidente, queremos un cambio, pero para poner un presidente del pueblo. La conciencia y la memoria de los muertos no se compra con las bicicletas o la comida que andan regalando por ahí”, gritaba uno de los indígenas mientras los compañeros lo aclamaban. Mientras, en diversas zonas de Changuinola, funcionarios del Gobierno Nacional regalaban bicicletas y trataban de convencer a los ciudadanos de que aceptaran las bolsas de comida. En poblaciones como Las Tablas, los vecinos quemaron ayer las bolsas de comida repartidas por el Ejecutivo.

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En la marcha fúnebre y de protesta participaron diferentes líderes sindicales y magisteriales, locales y nacionales, delegaciones de movimientos campesinos de Coclé o Veraguas, así como representantes de otros pueblos indígenas como los Naso.
Los activistas independientes de Derechos Humanos están documentando los efectos de la represión de Bocas donde, al menos, murieron cuatro adultos y dos menores y donde hay aún cientos de heridos que no han recibido atención médica. Uno de los heridos manifestó: fui al hospital tres veces y los médicos, al final, me dijeron que el plomo de los perdigones se quedaba ahí, dentro de mi piel”. Varias mujeres denunciaron la situación de los menores, afectados por los gases lacrimógenos y aún con síntomas como diarrea y vómitos.
Los testimonios de los supervivientes de la represión son desgarradores. “Disparaban desde arriba de los edificios de los bancos, y en la noche tiraban perdigones y balas desde helicópteros”, explica un obrero. Un compañero de Antonio Smith, la primera víctima de la represión oficial relata: “Primero le dispararon y después lo patearon en el suelo”. Los médicos han corroborado que Smith presentaba el pulmón perforado por munición y hasta 10 fracturas en su cuerpo.

Informe de sucesos de violación a DDHH de julio 2010 en Panamá -Defensoría del pueblo

Defensoría del Pueblo publica informe de incidentes de violación a los Derechos Humanos en Panamá. Leálo a continuación.

INFORME

“ANALISIS DE LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO SOBRE LOS INCIDENTES OCURRIDOS ANTE EL RECLAMO DE LOS OBREROS AFILIADOS AL SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL BANANO (SITRAIBANA), DE LA EMPRESA BOCAS FRUIT COMPANY EN LA PROVINCIA DE BOCAS DEL TORO, DISTRITO DE CHANGUINOLA, RESPECTO A LA DEROGATORIA DE LA LEY No. 30 DE 6 DE JUNIO DE 2010.”

PANAMÁ, REPÚBLICA DE PANAMÁ ‐Julio 2010

CONTENIDO

I‐ Antecedentes

II‐ Reclamo del Sindicato de Trabajadores de la Industria del Banano (SITRAIBANA)

III‐ Hechos ocurridos en la Provincia de Bocas del Toro

A‐ Comunicado a la Ciudadanía

B‐ Actuaciones de la Defensoría del Pueblo frente a los hechos ocurridos en la provincia de Bocas del Toro producto de las protestas

1‐ Conversaciones telefónicas con la dirigencia sindical del SITRAIBANA

2‐ Reunión con miembros de la Sociedad Civil

3‐ Inspección a la Sede de la Policía Nacional en Ancón

4‐ Visita a la Clínica Hospital Nacional

5‐ Visita de la Comisión Defensorial en la ciudad de Changuinola, provincia de Bocas del Toro.

5.1‐ Reunión con miembros de SITRAIBANA

5.2‐ Entrevista con el Párroco de la Iglesia Católica Roberto Sirausqui

5.3‐ Visita al Hospital de Changuinola

5.4‐Visita a la Cárcel Pública de Changuinola

5.5‐Visita a los Familiares de personas fallecidas

5.6‐ Entrevista a los miembros de la Policía Nacional que fueron retenidos por los manifestantes

6‐ Atención en diversos centros hospitalarios del país 6.1‐ Hospital Regional Rafael Hernández – Ciudad de David, provincia de Chiriquí

6.2‐ Hospital Luis Chicho Fábrega – Ciudad de Santiago, provincia de Veraguas

6.3‐ Hospital Santo Tomás – Ciudad de Panamá

6.4‐ Complejo Hospitalario Arnulfo Arias Madrid – Ciudad de Panamá

6.5‐ Hospital Integrado San Miguel Arcángel – distrito de San Miguelito, provincia de Panamá

7‐ Atención a personas privadas de libertad

8‐ Otros hechos relacionados

8.1‐Caso de la Profesora Dalia Morales – Universidad Autónoma de Chiriquí

8.2‐Caso del Profesor Juan Jované – Universidad de Panamá

IV‐ Conclusiones

V‐ Recomendaciones Preliminares

VI‐ Anexos

DOCUMENTOS

Informe Preliminar- Incidentes en la provincia de Bocas del Toro y Panamá sobre violación a DDHH julio 2010
(Formato Pdf versión original)

Informe de la Defensoria del Pueblo sobre sucesos de Violación a DDHH en Panama julio 2010 (Formato Word)

I Antecedentes

El día 12 de junio de 2010, la Asamblea Nacional de Diputados aprobó en tercer debate el Proyecto No. 177, correspondiente a la Ley No. 30 de 6 de junio de 2010, que dicta medidas para promover el desarrollo sostenible de la aviación comercial, reforma normas laborales y penales y adopta disposiciones para posibilitar la ejecución de proyectos de interés nacional. Dicho Proyecto de Ley presentado por el órgano Ejecutivo, promueve la aviación civil, reformando algunas normas del Código Penal, Judicial y de Trabajo; como también la Ley 18 de 1997, orgánica de la Policía Nacional, la Ley 6 de 1997 por la cual se dicta el marco regulatorio e institucional para la prestación del servicio público de electricidad, la Ley 41 de 1998 general del ambiente de la República de Panamá, la Ley 21 de 2003 que regula la aviación civil, subroga el Decreto Ley 19 de 1963 y dicta otras disposiciones; además, la Ley 22 de 2006 que regula la contratación pública y dicta otras disposiciones y la Ley 67 de 2008 que desarrolla la jurisdicción de cuentas y reforma la Ley 32 de 1984,orgánica de la Contraloría General de la República. Miembros de Organizaciones de la Sociedad Civil, entre ellas, Mar Viva, la Asociación Nacional para la Conservación de la Naturaleza (ANCON), el Centro de Incidencia Ambiental, la Alianza Pro Ciudadana, la Unión de Aviadores Comerciales y el Sindicato único de Trabajadores de la Construcción y Similares (SUNCTRACS), entre otros, manifestaron su rechazo a la aprobación de esta Ley.

Desde el día 10 de junio de 2010, la Defensoría del Pueblo se pronunció respecto al Proyecto de Ley No. 177, denominado de aviación comercial y que modifica varios textos legales, expresando que el mismo genera una enorme preocupación, toda vez que entremezcla materias que debieron ser discutidas en forma separada por su especialidad. Asimismo, indicamos que, por la complejidad de temas incluidos en el documento, cada materia debió ser analizada separadamente en el seno de la respectiva comisión de trabajo, permitiendo un amplio debate legislativo y una verdadera participación ciudadana. Sobre el particular, el artículo 46 de la Ley No.49 de 1984, que dicta el Reglamento Orgánico del Régimen Interno de la Asamblea Nacional, establecen la creación de las comisiones en comento.

La Defensoría del Pueblo consideró que algunas de las materias contenidas en el proyecto de Ley, resultaban inconvenientes; tales como la eliminación de los Estudios de Impacto Ambiental (EIA) en las obras públicas consideradas de interés social y la iniciativa que establecía que no serían sometidos a detención preventiva los miembros de la Policía Nacional, que en el ejercicio de sus funciones, cometieran un hecho presuntamente delictivo, los cuales están contenidos en los artículos 33 de la Ley No. 30 de 2010, que adiciona el artículo 23-A a la Ley No. 41 de 1998 y el artículo 27 de la Ley No.30 de 2010, respectivamente.

En nuestra opinión, estas propuestas generarían, por un lado, desprotección en cuanto a las medidas de mitigación y conservación del medio ambiente, exigidos a proyectos que efectúa el sector privado y por el otro, la sensación de impunidad por fueros y privilegios prohibidos por nuestra Constitución Política, respectivamente. Igual preocupación, observamos en su momento, por la desnaturalización del derecho a huelga reconocido en la Carta Magna y varios Convenios Internacionales, suscritos por Panamá. Por último, en nuestro pronunciamiento, reiteramos sobre lo contraproducente que resulta el hecho de legislar diferentes materias en un solo cuerpo, por el riesgo que conlleva el no contar con la información adecuada y especializada, unida a la ausencia de la participación y aporte ciudadano.(ver adjuntos)

II Reclamo del Sindicato de Trabajadores de la Industria del Banano (SITRAIBANA).

El día Jueves 1o de julio de 2010, luego de una Asamblea General en la que participaron los representantes de las fincas y empacadoras del Sindicato de Trabajadores de la Industria del Banano, en el distrito de Changuinola, provincia de Bocas del Toro, se decidió que a partir del día 2 de julio se realizaría un paro de labores por 48 horas en rechazo a la Ley No. 30 de 2010, conocida como “Ley 9 en 1” o “Ley Chorizo”.

Dicha medida fue tomada, a raíz que la empresa Bananera Bocas Fruit Company comunicó al Sindicato que ya no remitiría el descuento de la cuota sindical en cumplimiento de la nueva ley. La situación se agravó aún más cuando la empresa Bocas Fruit Company retuvo los salarios devengados de los trabajadores, luego del paro de labores por 48 horas, decretándose entonces la paralización indefinida de las actividades laborales. Por ello, las autoridades regionales del MITRADEL como de la Gobernación de la provincia, se reunieron con los directivos del Sindicato de Trabajadores de la Industria del Banano (SITRAIBANA) para encontrarle una solución al conflicto; sin embargo, esto no fue posible, por el contrario, la dirigencia sindical solicitó al Gobierno que se presentase una Comisión de alto nivel y atendiese la situación. En virtud de lo anterior, la Ministra de Trabajo y Desarrollo Laboral, Alma Cortés, se trasladó el día Martes 6 de julio de 2010, hasta la provincia de Bocas del Toro, a fin de negociar con los trabajadores; sin embargo, la dirigencia sindical encabezada por el Secretario General de SITRAIBANA, Sr. Genaro Benett, aseguró que el paro se mantendría hasta que se derogara la Ley No. 30 de 2010, y que; además, solicitaban la presencia del Presidente de la República, Señor Ricardo Martinelli.

Tras el fracaso de las negociaciones de las autoridades del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, el día Jueves 8 de julio de 2010, el Ministro de la Presidencia, Señor Demetrio Papadimitriu, se trasladó a la provincia a fin de reanudar las negociaciones con los dirigentes de los obreros de la empresa Bocas Fruit Company, que se mantenían en huelga. Los intentos de las autoridades del Gobierno Nacional de lograr una salida negociada a la crisis, condujeron a que el día sábado10 de julio de 2010, el Vicepresidente y Canciller de la República, Señor Juan Carlos Varela, así como los Ministros de Salud y Gobierno, y el Director General del FIS, entre otros funcionarios, viajaran a la provincia de Bocas del Toro, para unirse a los esfuerzos que estaba realizando el Ministro de la Presidencia.

Como es sabido, dicha huelga se mantuvo por aproximadamente 2 semanas, misma que terminó el día domingo, 11 de julio de 2010, después de las 10:00 p.m., cuando se logró la firma de un Acuerdo, en que el Gobierno Nacional se comprometió a suspender los efectos de tres artículos (12, 13 y 14) de la Ley No. 30 de 6 de junio de 2010, que regulaban temas exclusivamente laborales. Entre otros puntos, el Acuerdo estableció que la suspensión se extendería por 90 días, término en el que debería realizarse un diálogo nacional que permitiera el logro de un acuerdo final. Asimismo, se acordó la liberación de los detenidos en Bocas del Toro, con la promesa que no serían procesados, ni sancionados. De igual manera, conforme a lo pactado, se deberá efectuar un diálogo sobre la Carta Orgánica de la Comarca Ngobe Buglé, establecer una política bananera nacional y abordar el problema del alto costo de la vida en la provincia de Bocas del Toro. Asimismo, el Gobierno Nacional se comprometió a atender los problemas de las víctimas del conflicto, ya sea con ayuda social del Fondo de Inversión Social (FIS) o indemnizaciones y/o pensiones, como gastos funerarios y ayudas a las familias de las personas fallecidas.

III-Hechos ocurridos en la provincia de Bocas del Toro

A pesar del llamado a diálogo en el distrito de Changuinola se registraron violentos enfrentamientos entre la Policía Nacional y los manifestantes, hechos estos lamentables y desafortunados que han dado como resultado la pérdida de vidas humanas y decenas de heridos, incluso con resultado que produjeron discapacidad parcial o permanente. Por otra parte, cientos de residentes estaban molestos por las afectaciones provocadas a sus niños y otros familiares producto de los gases lacrimógenos. Asimismo, es importante recalcar la incertidumbre vivida por los moradores producto de los disturbios que se protagonizaron tanto en el Puente de Changuinola, como el centro de la comunidad, quienes atemorizados salían de sus hogares a comprar alimentos.

A Comunicado a la Ciudadanía:

El día Viernes 9 de julio de 2010, se envió a todos los medios de comunicación un Comunicado de Prensa en el cual, el Defensor del Pueblo se pronunciaba sobre los hechos ocurridos en la provincia de Bocas del Toro, en el cual expresaba su preocupación por los hechos lamentables y desafortunados. Igualmente hacía un llamado a la calma y al sostenimiento de un diálogo sensato y sin condicionamientos.

B Actuaciones de la Defensoría del Pueblo frente a los hechos ocurridos en la provincia de Bocas del Toro.

1 Conversaciones telefónicas con la dirigencia sindical del SITRAIBANA.

A través de nuestra Oficina Regional de Bocas del Toro, contactamos al dirigente sindical Samuel Quintero, Secretario de Finanzas de SITRAIBANA, con quien mantuvimos comunicación permanente durante los días en los que se producían los enfrentamientos. El Sr. Quintero, expresó que la dirigencia sindical lamentaba los hechos violentos que se estaban suscitando; indicando que el Sindicato inició su reclamo mediante acciones pacíficas con la intención de poder dialogar; sin embargo, las respuestas que obtuvieron de parte de las autoridades del Gobierno Nacional fueron provocaciones, humillaciones y represiones hacia los manifestantes, lo cual se agudizó con la llegada de un número plural de miembros de la Unidad de Control de Multitudes provenientes de otras provincias del país.

2 Reunión con miembros de la Sociedad Civil

El día sábado 10 de julio de 2010, en horas de la mañana, sostuvimos reunión con miembros de la sociedad civil, entre ellas: Magaly Castillo y Luis Castillo, en representación de la Alianza Ciudadana Pro Justicia. Igualmente Mariela Arce, representante de Centro de Estudios y Acción Social Panameño (CEASPA).

En esta sesión, los miembros de la sociedad civil solicitaron la realización de una visita en conjunta, a la provincia de Bocas del Toro, la cual estaba programada previamente en la agenda defensorial. Así, se acordó visitar el distrito de Changuinola, tan pronto, las condiciones de accesibilidad lo permitieran, toda vez que en ese momento resultaba en extremo difícil acceder al lugar por la suspensión de vuelos comerciales, cierre del aeropuerto de Changuinola y cierre de la vía de acceso, por parte de los manifestantes.

3 Inspección a la Sede de la Policía Nacional en Ancón

El día sábado 10 de julio de 2010, en horas de medio día, en el Hotel Soloy, ubicado en la ciudad de Panamá, provincia de Panamá, en donde se celebraba una reunión de las diferentes organizaciones sindicales, se produjo la detención de un grupo de dirigentes. Simultáneamente, un grupo de manifestantes y estudiantes se dirigían en una marcha pacífica hacia la plaza 5 de mayo, siendo interceptados, y detenidos en el patio de la Sede de la Policía Nacional de Ancón. En virtud de estos hechos, una Comisión Defensorial, encabezada por el Defensor del pueblo, a la Sede de la Policía Nacional, entrevistándose con los detenidos y con el Director de Relaciones Públicas y la Ministra de Educación, Lucy Molinar, quien aseguró que, por instrucciones del Presidente de la República los mismos serían liberados inmediatamente. Igualmente recibimos en el lugar, la queja de varios abogados, debidamente acreditados como tales, quienes manifestaron que no se les permitía el acceso a entrevistarse con los detenidos. De esta situación fuimos testigos y no podemos pronunciarnos de otra forma que no sea recordar lo consagrado en el Artículo 22 de la Constitución Política, norma que consideramos fue vulnerada, y que establece lo siguiente: “Art.22:Toda persona detenida debe ser informada inmediatamente y en forma que le sea comprensible, de las razones de su detención y de sus derechos constitucionales y legales correspondientes :

Quien sea detenido tendrá derecho, desde ese momento, a la asistencia de un abogado en las diligencias policiales y judiciales…..”

En este sentido, queda claro que dichas actuaciones atentan contra el derecho a la libertad de reunión contenido en el artículo 38 de la Constitución Política el cual señala lo siguiente: “Los habitantes de la República tienen derecho a reunirse pacíficamente y sin armas para fines lícitos…”

4 Visita a la Clínica Hospital Nacional

El Defensor del Pueblo tuvo conocimiento que en este centro de atención médica, se encontraban internados miembros de la Policía Nacional, quienes resultaron con heridas de consideración, como consecuencia de los enfrentamientos con los manifestantes en la provincia de Bocas del Toro. En horas de la tarde del sábado 10 de julio, el Defensor del Pueblo y su personal, realizaron una visita al Hospital Nacional, con el fin de verificar el estado de salud en el que se encontraban dichos miembros de la Policía Nacional.

5 Visita a la ciudad de Changuinola, provincia de Bocas del Toro. Es importante recalcar que la visita del Defensor del Pueblo y su personal a la provincia de Bocas del Toro, incluyo su desplazamiento, inicialmente por vía aérea hasta Isla Colón, de allí vía acuática hasta el distrito de Almirante y por último vía terrestre hasta el distrito de Changuinola, lo que permitió poder constatar, por percepción propia, la magnitud de las consecuencias reales y materiales del conflicto.

5.1. Reunión con miembros de SITRAIBANA: Nos reunimos con los dirigentes sindicales, Samuel Quintero, Secretario de Finanzas y Abel Becker, Secretario de Organización ambos de SITRAIBANA, con quienes se había sostenido comunicación vía telefónica desde nuestra sede central en Panamá durante todos los días de protestas. Los dirigentes expresaron que la solicitud de derogación de la Ley No. 30 de 2010, inició de forma pacífica durante varios días. Era el momento de conversar con las autoridades del gobierno, pero no hubo receptividad por parte de éstos (aseguran remitieron nota al Señor Presidente de la República), por lo que efectuaron una marcha sin violencia el día Martes 29 de junio de 2010; a la cual asistieron aproximadamente 12,000 personas y a la cual se le dio poca o ninguna cobertura por parte de los medios de comunicación, ni pronunciamiento alguno por parte del Gobierno.

Aceptaron que cuando las protestas se tornaron más violentas y ante la presencia de policías antimotines, el control de la situación se les escapó de las manos. Expresaron también que existían muchas personas con heridas producto de los impactos de perdigones que no habían recibido atención médica debido al temor de posibles detenciones. Asimismo, expresaron su preocupación por los compañeros que quedarían con secuelas permanentes, tales como discapacidad visual y que desconocían el paradero de muchos de los manifestantes. Por lo anterior, la Defensoría les proporcionó copia de los listados emitidos por el Hospital Santo Tomás y los nombres de los detenidos en la Sede de la Policía Nacional en Ancón.

5.2 Entrevista con el Párroco de la Iglesia Católica Roberto Sirausqui (mediador en el Conflicto):

El Padre Sirausqui, quien fue mediador y testigo de las reuniones entre el gobierno y los manifestantes, nos refirió que las personas no sentían confianza en acudir al hospital para recibir atención, por miedo a ser detenidas. Aseguró que la información proporcionada por los medios de comunicación en ocasiones era difusa. Igualmente colaboró en el traslado de los niños albergados en Nutre Hogar hacia el hospital, ya que habían sido afectados por los gases lacrimógenos.

Consideró que la fuerza utilizada por los miembros del Policía Nacional fue desproporcionada; aunque también aseguró, que pudo observar a manifestantes portando armas.

5.3-Visitas al Hospital de Changuinola

Los días 10, 11 y 12 de julio, el personal de la Defensoría del Pueblo efectuó visitas al Hospital de Changuinola, en la última de éstas, el Defensor del Pueblo en compañía de su equipo de trabajo, realizó un recorrido por las instalaciones del centro hospitalario con el propósito de visitar y conocer la condición de las personas heridas producto de las manifestaciones ocurridas los días anteriores, y que aún se mantenían en dicho centro médico. Durante el recorrido, en la Sala de Urgencias, tuvimos la oportunidad de conversar con algunos lesionados (trauma ocular) quienes hicieron una breve referencia de los hechos ocurridos y del trato recibido. Posteriormente se efectuó una reunión con la Directora Institucional de la Caja de Seguro Social, Dra. Tusnelda Cruz y el Director Médico del Hospital, Dr. Daryl Padmore, para conocer los datos relativos al número de personas heridas y fallecidos. Se les solicitó un informe sobre el particular, indicándonos que dicha información solo podía ser entregada por el Ministro de Salud. Este requerimiento ya ha sido efectuado al Ministro de Salud Franklin Vergara.

5.4 Visita a la Cárcel Pública de Changuinola: El día sábado, 10 de julio de 2010, personal de nuestra Oficina Regional en Bocas del Toro, realizó una visita a la Cárcel Pública de Changuinola, a fin de constatar la cantidad de personas detenidas y las condiciones en que se encontraban; asimismo, si estaban recibiendo atención médica, alimentos, agua, u otro tipo de ayuda. Es importante, hacer del conocimiento que al personal de la Defensoría del Pueblo le fue negado el acceso al recinto carcelario, aduciendo razones de seguridad; sin embargo, se informó por parte de los responsables del penal, que habían 150 personas detenidas, a las cuales se les estaba brindando atención médica y alimentación. El día 11 de julio, nuevamente una Comisión Defensorial se apersonó al Cuartel de Policía de la Zona de Bocas del Toro, con la finalidad de realizar una inspección ocular al lugar donde se encontraban las personas detenidas con motivo de las manifestaciones. En esta ocasión, el Subcomisionado Didier De Gracia, Jefe de la Zona de Policía, brindó su atención e informó que efectivamente, existían alrededor de 150 personas detenidas, las cuales se encontraban en el área de visita de la Sección Judicial y agregó que se les estaba suministrando alimentos, agua; además, de la autorización para que recibieran visita de sus familiares.

En cuanto a la atención médica, el Jefe de la Zona de Policía informó que inicialmente los detenidos habían recibido atención médica por parte de un médico y paramédico de la Policía y que posteriormente, estaban siendo atendidos por personal de la Caja de Seguro Social, el Ministerio de Salud y la Cruz Roja. Finalmente, pudieron ingresar al área donde se mantenían los detenidos, los cuales se encontraban sentados en el piso del área de visita de judicial. Algunos de ellos informaron que habían recibido alimentos y sus visitas. El día lunes 12 de julio, efectuamos una tercera visita a la Cárcel Pública de Changuinola. Allí fuimos atendidos por el Jefe de la Zona de Policía, quien indicó que para ese momento ya no se encontraba ninguna persona detenida en dichas instalaciones como consecuencia de las manifestaciones, en razón de los acuerdos alcanzados el dia domingo 11 de julio. En cuanto a los cuestionamientos formulados respectos a los disparos con perdigones recibidos por los manifestantes en la parte superior de su cuerpo (torso) y rostro, el funcionario en comento mencionó que los disparos, se dieron cuando la turba se acercaba rápidamente, poniendo en riesgo la seguridad, integridad y la vida de las unidades que se mantenían tratando de controlar los disturbios. Por su parte, el Sub Comisionado Miranda aclara que los disparos realizados, afectaron el torso y el rostro de los manifestantes, por la distancia y la posición en que se encontraban los manifestantes.

Los miembros de la Policía Nacional entrevistados manifestaron que únicamente utilizaron armas de bajo impacto y ninguna con proyectil, salvo las escopetas con perdigones. Informaron oficialmente que producto de las manifestaciones se produjeron la muerte de dos (2) personas, cifra que no coincide con la que maneja la dirigencia sindical del SITRAIBANA.

5.5 Visita a familiares de las personas fallecidas:

El día martes 13 de julio se realizó visita a la residencia de la señora Catalina Guerra de Smith, esposa del señor Antonio Smith fallecido en los disturbios y enfrentamientos. Señaló que sus necesidades eran: vivienda para ella y sus menores hijos (9 en total), comida, ropa, útiles escolares, un subsidio pues nunca había trabajado. Los familiares y conocidos aprovecharon la oportunidad para solicitar que se investigara las condiciones en que falleció el Sr. Smith, puesto que aducían, fue producto de un disparo a quemarropa con una escopeta calibre 12.

5.6 Entrevista a miembros de la Policía Nacional que fueron heridos durante las protestas:

El día martes 13 de julio de 2010, se efectuó visita al Cuartel de Policía de la Zona de Bocas del Toro, con la finalidad de entrevistar a las unidades de policía que resultaron heridas.

A continuación enlistamos cada una de las entrevistas realizadas:

Subteniente Evelio Del Cid:

Informó que sufrió lesión en el pómulo derecho producto de un golpe con una piedra. Aduce que hubo denotaciones de armas de fuego por parte de los manifestantes y que decomisaron un gran número de machetes. Expresó que aproximadamente el 70 % de los manifestantes contaba con un arma blanca (machete).

Teniente Luis Hernández:

señala que sufrió trauma cerebral no visible (interno) producto de un impacto de piedra en su casco. Perdió el conocimiento y luego estuvo desorientado. Expresó que la intención manifiesta de los participantes de los disturbios era tomar el Cuartel de Policía. Agregó que les lanzaron bombas molotov, las cuales se incendiaron muy cerca del sitio donde se encontraban las unidades de policía. En cuanto a los procedimientos utilizados manifestó que inicialmente utilizaron cartuchos pirotécnicos, como medio para disuadir a los manifestantes, luego lanzaron gases lacrimógenos para dispersarlos y en vista que éstos los regresaban avanzando hacia el Cuartel, entonces, procedieron a hacer uso de cartuchos de goma y esto tampoco los contuvo, por el contrario se tornaron más agresivos y seguían avanzado hacia el Cuartel donde se mantenían unidades que no contaban con armas ni equipo. Por último, agrega lo unidad de Policía que se procedió al uso de cartuchos de perdigones, los cuales eran lanzados al piso. Señaló que las lesiones en el torso y rostro de los manifestantes podrían deberse a la posición y la distancia en que se encontraban.

Sargento Luis Aparicio:

señala que sufrió lesión en el brazo izquierdo y en el antebrazo derecho (hematomas) por piedras. Informa que utilizaron las medidas de fuerza necesarias y lanzaron gases lacrimógenos para replegar a los manifestantes, pero contrario a esto los manifestantes se acercaban cada vez más a ellos. En tres (3) ocasiones les lanzaron bombas molotov estando a muy corta distancia. Expresó igualmente, que tuvieron que lanzar perdigones al piso para tratar de controlar a la multitud.

Además, resultaron heridos: el Cabo 1ro Gerónimo Palacios, Cabo 1ro Daniel Hooker, Sargento 2do Eladio Rodríguez y el Teniente Francisco Castro.

6 Atención en diversos centros hospitalarios del país.

6.1 Hospital Regional Rafael Hernández – ciudad de David, provincia de Chiriquí.

El día sábado, 10 de julio de 2010, funcionarios de la Defensoría del Pueblo, a través de la Oficina Regional en Chiriquí, se apersonaron al Hospital Regional Rafael Hernández, ubicado en el distrito de David, a fin de conocer si se habían trasladado heridos desde la provincia de Bocas del Toro, como resultado de los disturbios que se habían generado en el área. Una vez en el mencionado hospital, se les solicitó a los funcionarios de la Defensoría pedir la información en la Coordinación Regional de la Caja de Seguro Social, misma que fue suministrada por el Dr. Pellico Pérez, quien informó que entre los días 9 y 10 de julio fueron atendidas 12 personas, todos varones mayor de edad, en su mayoría de etnia indígena (11), procedentes de la provincia de Bocas del Toro, con heridas de perdigones en uno o ambos ojos. Asimismo, señaló que los heridos fueron estabilizados como prioridad; sin embargo, por no portar con los documentos necesarios para calificar como asegurados fueron registrados como no asegurados, por lo que se remitieron a las instalaciones del Ministerio de Salud.

Seguidamente, se realizaron gestiones, a fin de contactar al Dr. José Luis Castillo, Director Regional del Ministerio de Salud en la provincia de Chiriquí, quien no estaba disponible, toda vez que se informó que se encontraba en labores de consecución y envió de agua y oxígeno médico para la Provincia de Bocas del Toro. En virtud de ello, se contactó al Dr. Santiago De Roux, Subdirector Regional, quien suministró igual información otorgada por la Coordinación Regional de la Caja de Seguro Social. Por último, el Dr. De Roux indicó que ese mismo día; es decir, el sábado, 10 de julio de 2010, los lesionados fueron enviados a la ciudad de Panamá, en dos (2) vuelos: el primero, salió a las 12:00 m.d., con 6 de los heridos; y el segundo, a la 1:30 p.m., con los 6 restantes afectados.

6.2 Hospital Luis Chicho Fábrega – ciudad de Santiago, provincia de Veraguas.

El día sábado, 10 de julio de 2010, funcionarios de la Defensoría del Pueblo, a través de la Oficina Regional en Veraguas, concurrieron al Hospital Luis Chicho Fábrega, ubicado en el distrito de Santiago, a fin de investigar si en dicho centro hospitalario habían ingresado algunas personas procedentes de la provincia de Bocas del Toro, a raíz de los disturbios suscitados por las protestas, así como el de verificar su estado de salud actual y otros detalles sobre su procedencia. En ese sentido, el personal Defensorial fue atendido por el Dr. Miguel A. Cartín Pérez, Coordinador en turno del Cuarto de Urgencias, quien procedió a verificar en los registros de entrada la procedencia de los pacientes atendidos para estas fechas, informando que no habían pacientes procedentes de la referida provincia bajo las condiciones antes descritas.

6.3 Hospital Santo Tomás – ciudad de Panamá.

El día domingo, 11 de julio de 2010, con el propósito de conocer el estado de salud de los heridos durante los disturbios en el distrito de Changuinola, y que por su delicada condición, por la falta de médicos especialistas y/o equipos se hizo necesario su traslado a la Ciudad de Panamá, funcionarios de la Defensoría del Pueblo se apersonaron al Hospital Santo Tomás (HST), donde fueron atendidos por el Dr. King, Coordinador del Cuarto de Urgencias, quien informó que hasta ese momento habían ingresado 42 pacientes de los cuales 8 se les dio de alta (estos últimos fueron trasladados a la Sede Central de la Policía Nacional, en el Corregimiento de Ancón); y que se encontraban a la espera de la llegada de 7 heridos más. Cabe destacar, que se solicitó una copia del listado de los pacientes atendidos, misma que fue proporcionada (la que posteriormente, se entregó a los dirigentes del Sindicato de SITRAIBANA en la Provincia de Bocas del Toro, ya que desconocían el paradero de sus compañeros).

Por su parte, el personal médico informó que los afectados van a requerir apoyo psicológico por las afectaciones sufridas, ya que la mayoría tienen daños en la visión (lo que incluye la pérdida de uno o ambos ojos); agregaron, que es importante se pueda conocer en qué centro penitenciario serían trasladados en caso de alguna complicación en su salud. Posteriormente, el personal de la Defensoría realizó una recorrido por varias salas de hospitalización para conversar con los afectados; en su mayoría tenían heridas de perdigones en la parte superior del torso, cara y específicamente en los ojos, por lo que expresaron que sus familiares desconocían sus paraderos, no contaban con ropa, ni zapatos, tampoco con útiles de aseo personal. Destacamos el testimonio de Eugenio Baker, quien asegura se encontraba dormido en su casa, cuando escuchó disparos y gritos, por lo que al salir vio a una vecina afectada por los gases lacrimógenos y corrió a socorrerla. Fue en ese momento cuando recibió impactos de perdigones en su cuerpo asegura, que en ningún momento estuvo participando de las protestas.

El día lunes, 12 de julio de 2010, nuevamente personal de la Defensoría del Pueblo se trasladó al Hospital Santo Tomás, específicamente al Cuarto de Urgencias, donde inicialmente fueron atendidos por la Dra. Batista, Encargada de la Coordinación del área, quien hizo entrega del listado de personas que habían ingresado el día 9 de julio de 2010, a partir de las 12:00 m.d.. Posteriormente, la Dra. Batista acompaña a nuestro personal a las diferentes salas donde se encontraban algunos de los pacientes hospitalizados, indicando que algunos se encontraban en el HST y otros habían sido trasladados al Complejo Hospitalario Arnulfo Arias Madrid de la Caja de Seguro Social y al Hospital Integrado San Miguel Arcángel. En dicha visita fueron entrevistadas varias personas afectadas por los disturbios, todos de etnia indígena Ngobe, quienes coincidían en indicar que no contaban con artículos de higiene personal, que hasta ese momento se mantenían custodiados por unidades de la Policía Nacional y que sus familiares no tenían conocimiento que se encontraba en dicho hospital, por lo que requerían comunicarse con ellos. Luego de haber entrevistado a las personas anteriormente mencionadas, el personal de la Defensoría fue abordado por el Dr. Elías García, Director Médico del Hospital Santo Tomás, quién indicó que les acompañaría en el recorrido por las diferentes salas.

Asimismo, manifestó que el Ministro de Salud, Dr. Franklin Vergara, estaba por llegar, así que recomendaba esperarlo. Una vez en el Hospital, el Ministro de Salud informó al personal de la Defensoría que el Señor Presidente, Ricardo Martinelli, llegaría en breve para hacer una visita a los heridos. El Presidente, Ricardo Martinelli, antes de iniciar su recorrido manifestó al personal de la Defensoría que ordenaría de inmediato que se retirarían los policías que se encontraban custodiando las diferentes salas donde estaban las personas afectadas por los disturbios y que; además, les entregaría artículos de primera necesidad a los retenidos y que los trasladarían a su lugar de origen. En cuanto, a los pacientes que no podían movilizarse señaló que trasladarían a algunos de sus familiares para que estuvieran con éstos.

6.4 Complejo Hospitalario Arnulfo Arias Madrid – ciudad de Panamá

En la tarde del día lunes 12 de julio de 2010, funcionarios de la Defensoría del Pueblo se trasladaron al Complejo Hospitalario Arnulfo Arias Madrid, específicamente al Cuarto de Urgencias, a fin de conocer la condición de salud de las personas afectadas por los enfrentamientos escenificados con los miembros de la Policía Nacional en el distrito de Changuinola, provincia de Bocas del Toro. En dicha visita, el personal de la Defensoría conversó con los heridos y miembros de la Policía Nacional, quienes informaron que se encontraban hospitalizadas 10 personas, todos de etnia indígena, provenientes de la provincia de Bocas del Toro. Eran visibles las heridas producidas por perdigones en el torso y la cara, específicamente en uno o ambos ojos. Por su parte, aquellos que también tienen lesiones en el resto del cuerpo, informan que las mismas les impiden movilidad y les causan fuertes dolores; y en otros casos manifiestan problemas respiratorios. Asimismo, expresan que todas sus lesiones son productos de los perdigones y bombas lacrimógenas lanzados por la Policía Nacional. Destacamos el testimonio de los hospitalizados en el Piso No. 7, Sala No. 714, quienes aseguran que la Policía Nacional les lanzaban bombas lacrimógenas de manera indiscriminada y que; además, les disparaban los perdigones de frente y a muy corta distancia.

6.5 Hospital Integrado San Miguel Arcángel (HISMA) – distrito de San Miguelito, provincia de Panamá.

En la tarde del día jueves, 15 de julio de 2010, miembros de la Defensoría del Pueblo, a través de la Oficina Regional en San Miguelito, se presentaron al Hospital Integrado San Miguel Arcángel, ubicado en ese distrito, a fin de conocer las condiciones y número de pacientes atendidos en este hospital, como resultado de los disturbios ocurridos por las protestas de los obreros en la provincia de Bocas del Toro. En dicho Hospital el personal de la Defensoría del Pueblo fue atendido por la Asesora Legal del Hospital San Miguel Arcángel, quien brindó la siguiente información:

‐ El día 9 de julio fueron admitidos 4 pacientes todos varones, mayores de edad.

‐ El día 10 de julio fueron admitidos 5 pacientes, todos varones, entre ellos un menor de edad.

‐ En su totalidad ingresaron 9 pacientes en las dos fechas mencionadas, y a dos de ellos, se les dio salida el día 13 de julio, por no presentar mayores complicaciones. Actualmente, están hospitalizados 7 personas, quienes se encuentran en condición de salud estable. Es importante señalar, que el HISMA habilitó una sala para uso exclusivo de estos pacientes donde son atendidos con prioridad.

7 Atención a personas privadas de libertad:

El día 12 de julio de 2010, una Comisión Defensorial realizó una visita tanto a las instalaciones de la Dirección de Investigación Judicial (DIJ) como la Sede Central de Policía Nacional, ambas ubicadas en el corregimiento Ancón, mismas que tenían el propósito de conocer las condiciones de detención de un grupo de dirigentes sindicales, manifestantes y estudiantes quienes fueron detenidos a causa de las protestas de la semana del 5 al 10 julio de 2010, efectuadas en el distrito de Changuinola, provincia de Bocas del Toro y otros en el distrito de Panamá, provincia de Panamá. Dichas instalaciones albergaban una población de 75 personas en condiciones de detención que no son las más convenientes para mantenerlas recluidas. En el desarrollo de nuestra visita nos entrevistamos con el señor Jaime Alberto Caballero, dirigente del Sindicato único de Trabajadores de la Construcción y Similares (SUNTRACS) de Chiriquí y el señor Rolando Ortiz, dirigente del Movimiento FER 29. En sentido, conviene resaltar lo siguiente:

7.1. Conversación con Jaime Alberto Caballero.

Residente en distrito de David, provincia de Chiriquí. El dirigente fue detenido en la provincia de Chiriquí el día 10 de julio de 2010 y fue trasladado a la provincia de Panamá, la Fiscalía Auxiliar le formuló cargos por el delito contra la Seguridad Colectiva en las modalidades de delitos contra los medios de transporte y asociación ilícita para delinquir en grado de tentativa, de acuerdo al Oficio No. 14252 de la misma fecha, emitido por la autoridad antes indicada. Posteriormente, el 14 de julio de 2010, se realizó una segunda visita al señor Jaime Caballero, quien informó que mantenía huelga de hambre desde el día sábado, toda vez que considera que es un “prisionero político” y no hay elementos de prueba que lo mantuvieran detenido a órdenes de la Fiscalía Auxiliar. Permanecía tomando suero y agua e informó que se sentía en ocasiones mareado. En el Sistema Transitorio de Detención de la Dirección de Investigación Judicial (DIJ) le tomaban diariamente sus signos vitales.

7.2. Rolando Federico Ortiz Escartin.

El dirigente fue detenido durante la realización de una protesta pacífica efectuada el día 10 de julio de 2010, en las calles de Avenida Perú y la antigua Casa Miller. Durante su detención no se le permitió efectuar llamada telefónica ni se le informó el motivo de su detención hasta que fue conducido ante la autoridad competente. La Fiscalía Auxiliar le formuló cargos por el delito contra la Seguridad Colectiva en las modalidades de delitos contra los medios de transporte y asociación ilícita para delinquir en grado de tentativa, de acuerdo al Oficio No. 14252 de 10 de julio de 2010. La Comisión Defensorial de Panamá, cumplida esta labor, se trasladó a las instalaciones de la Policía Nacional de Ancón y conversó con las siguientes personas, que en su mayoría, pertenecen a etnias indígenas:

7.3. Abdiel Machuca.

Residente en el distrito de Changuinola en Bocas del Toro. Fue detenido el día viernes 9 de julio de 2010, cuando se encontraba recluido en el Hospital Santo Tomás, luego de ser trasladado desde la Caja de Seguro Social de Changuinola por heridas ocasionadas por perdigones. El señor Machuca presentaba heridas de perdigones en el cuerpo, así como en su ojo derecho. Además el detenido indicó que no se le permitió realizar ningún tipo de llamada y que no podido comunicarse con sus familiares. Cabe destacar que el mismo brindó declaración en la Fiscalía Auxiliar por el delito contra la Seguridad Colectiva.

7.4. Abel Morales.

Residente en el distrito de Changuinola, provincia de Bocas del Toro. Señala que lo detuvieron por supuesto vandalismo, el día 9 de julio de 2010, en el Hospital Santo Tomás; sin embargo, aduce que el día de los acontecimientos se encontraba recluido en el Hospital de Changuinola. Agrega que no tuvo acceso a realizar llamadas telefónicas, por lo que sus familiares deben desconocer su paradero. Prestó declaración a la Fiscalía Auxiliar por los hechos atribuidos.

7.5. Alfredo Castillo.

Residente en el distrito de Changuinola, provincia de Bocas del Toro. El señor Castillo manifestó que se encontraba atendiéndose el día jueves 8 de julio de 2010, en la Caja de Seguro Social de Changuinola por heridas de perdigones, luego fue trasladado al Hospital Santo Tomás en Panamá, donde fue detenido por participar en las protestas registradas en la provincia de Bocas del Toro. El mismo, presentaba lesión en el ojo izquierdo por perdigones. No se le ha permitido realizar ninguna llamada. Declaró ante la Fiscalía Auxiliar por las mismas causas que las personas entrevistadas anteriormente.

7.6. Roselso Salazar.

Residente en el distrito de Changuinola, provincia de Bocas del Toro. Fue detenido el viernes 9 de julio de 2010, en el Hospital Santo Tomás, por haber participado supuestamente en las protestas de la provincia de Bocas del Toro. No tuvo acceso a llamada telefónica, ni a la asistencia de un abogado que lo representara. Presentaba heridas por perdigones en el cuerpo y en general un estado de salud delicado (fiebre y temblores).

7.7. Rangel Abrego.

Residente en el distrito de Changuinola, provincia de Bocas del Toro. El señor Abrego fue atendido en el Hospital de Changuinola por herida en el ojo derecho producto de un perdigón y se le trasladó a Panamá, para ser atendido por un especialista. Fue detenido el día 8 de julio de 2010, cuando estaba en el Hospital Santo Tomás recibiendo atención médica. No tuvo comunicación con su familia y fue conducido y la Fiscalía Auxiliar le formuló cargos por el delito contra la Seguridad Colectiva.

7.8. Eduardo Santos Jiménez.

Residente en el distrito de Changuinola, provincia de Bocas del Toro. El señor Jiménez fue atendido en el Hospital de Changuinola por herida en el ojo izquierdo producto de un perdigón y se le trasladó a Panamá, para ser atendido por un especialista. Fue detenido el día 8 de julio de 2010, cuando estaba en el Hospital Santo Tomas recibiendo atención médica. No ha tenido comunicación con su familia y fue conducido a la Fiscalía Auxiliar donde se le formularon cargos por delito contra la Seguridad Colectiva. No declaró, toda vez que se acogió al artículo 25 de la Constitución Política.

7.9. Arcenio Castillo Beker.

Residente en el distrito de Changuinola, provincia de Bocas del Toro. El señor Castillo fue atendido en el Hospital de Changuinola por herida leve en el ojo derecho producto de un perdigón y se le trasladó a Panamá, para ser atendido por un especialista. Fue detenido el día 8 de julio de 2010, cuando estaba en el Hospital Santo Tomas recibiendo atención médica. No tuvo comunicación con su familia y fue conducido a la Fiscalía Auxiliar donde se le formularon cargos por Delito contra la Seguridad Colectiva.

7.10. Andrés Garay Guerra.

Residente en el distrito de Changuinola, provincia de Bocas del Toro. Indica que no participó en las protesta y que sólo estaba mirando los acontecimientos cuando fue impactado por un perdigón. El señor Garay fue atendido en el Hospital de Changuinola por herida en el ojo derecho producto de un perdigón y cuando se le trasladó a Panamá, para ser atendido por un especialista, fue detenido el día 8 de julio de 2010, en el Hospital Santo Tomás. Precisó que recibió atención médica, pero que no se le permitió comunicación con su familia y fue conducido a la Fiscalía Auxiliar donde le formularon cargos por delito contra la Seguridad Colectiva.

8 Otros hechos relacionados:

8.1 Caso de la Profesora Dalia Morales – Universidad Autónoma de Chiriquí:

Nuestra Oficina Regional de Chiriquí, se trasladó a la Universidad Autónoma de Chiriquí, para entrevistar a la profesora Morales, quien indicó que es dirigente magisterial y forma parte del grupo que lidera el Profesor Andrés Rodríguez y denunció que está siendo perseguida por unidades de la Dirección de Información e Investigación Policial (DIIP). Señaló que el sábado 10 de julio del presente, se encontraba reunida en el Hotel Soloy, junto con asociaciones de profesores a nivel nacional y aproximadamente a la 1:00 p.m., llegó un contingente de unidades de la Policía y la detuvieron junto con otros 4 dirigentes. Manifiesta la Profesora Morales, que fue conducida sin una orden legítima, fue esposada y maltratada física y psicológicamente por las unidades de la policía y fue liberada posteriormente como a las 5:00 p.m., por presión de altas autoridades como la Iglesia, Comisión de Justicia y Paz y la Defensoría del Pueblo. Ella viajó el día domingo a la provincia de Chiriquí y como todos los días se dirigió al Colegio Victoriano Lorenzo a cumplir con sus labores y durante la jornada se presentaron al plantel unidades de la DIIP, quienes le indicaron al Director Regional de Educación y al Director del Plantel que la profesora sería conducida con orden de detención o sin ella.

Agrega la Profesora que al verse en esta situación conversó con el Rector de la Universidad Autónoma de Chiriquí, para que se le permitiera ingresar a este centro educativo y permanecer allí, dada la autonomía con que cuenta. Por lo tanto, la educadora comunicó que se mantendría en las instalaciones de la Universidad hasta que se le garantice su seguridad.

8.2-Caso del Profesor Juan Jované – Universidad de Panamá:

El día 12 de julio de 2010, una Comisión Defensorial realizó una visita a la Universidad de Panamá, a fin de conocer la situación difundida en los medios de comunicación sobre el caso del Profesor Juan Jované. El Profesor Jované, manifestó a nuestra Comisión que el día 11 de julio del presente año, 3 miembros de la Policía Nacional, se presentaron a su residencia expresándole que debía acompañarlos a la Fiscalía Auxiliar, toda vez que el Fiscal lo requería. Es importante indicar, que según lo informado, el vehículo que transportaba a los miembros de la Policía Nacional no tenía identificación que lo visualizara como un vehículo propiedad del Estado, y éstos se identificaron mostrando una placa, sin dar sus nombres ni su identificación personal. Seguidamente, procedió a llamar a sus abogados, quienes le indicaron que se debía presentar una orden escrita; sin embargo, los funcionarios de la Policía Nacional no la tenían, por lo cual se negó a ser conducido a la Fiscalía Auxiliar.

El Profesor Jované informó que los miembros de la DIJ le manifestaron que: “si él no quería ir por las buenas iba por las malas, y que sino, iban a buscar una orden de allanamiento…” Asimismo, el afectado expresó que se presentaron los medios de comunicación al lugar, motivo por el cual los miembros de la Policía Nacional decidieron retirarse. Posteriormente, sus abogados se apersonaron a la Fiscalía Auxiliar, a fin que se le mostrara el expediente y conocer las razones para su conducción; sin embargo, esto no fue posible, por el contrario se les informó que al día siguiente podrían verlo. Según el Profesor Jované, por todas las violaciones a sus derechos, decidió iniciar un ayuno en las instalaciones de la Universidad de Panamá. Igualmente, nos hizo entrega de algunas vistas fotográficas de lo sucedido el domingo, 11 de julio de 2010, con los agentes de la Policía Nacional.

IV Conclusiones

Luego de las investigaciones realizadas, hemos arribado a los siguientes resultados:

1. Los hechos acontecidos en el Distrito de Changuinola, provincia de Bocas del Toro, evidenciaron un estado de cosas inconstitucionales, en las que se advirtió la conculcación de derechos, como lo son: el derecho a la vida,

a la integridad personal, a la libertad personal, a la protección judicial, entre otros, a la luz de lo que dispone la Constitución Política, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto Internacional de derechos civiles y políticos.

2. Las actuaciones iniciales de las autoridades correspondientes evidenciaron falta de prioridad al diálogo y tolerancia ante legítimas reclamaciones y derechos que le asistían al sector trabajador y en todo caso resultaron inefectivas.

3. Las demostraciones efectuadas por los trabajadores que iniciaron con la marcha del martes 29 de junio de 2010 y otras acciones pacíficas, y que culminaron con el paro laboral, ocasionando el enfrentamiento con los representantes de la autoridad del orden público, tuvieron como resultado el fallecimiento de varios manifestantes y colateralmente la afectación de derechos de terceros, así como una alta cifra de heridos aún por precisar y lesionados en la población civil, e incluso miembros de la Policía Nacional, al igual que un número importante de personas ilegalmente privadas de libertad.

4. Estas circunstancias incidieron sensiblemente en el resquebrajamiento del orden público, en la falta de seguridad de la población que producto de estas refriegas vivieron momentos de temor e inseguridad, e impidieron el goce de derechos fundamentales, entre estos, el respeto a la vida e integridad física de las personas, el libre tránsito, el acceso a alimentos, atención oportuna y eficaz de quienes requerían servicios de salud, entre otros.

5. Los daños a la propiedad privada y bienes del estado, que rodearon las protestas, evidenciaron el nivel de intolerancia y descontrol de algunos de los manifestantes, quienes exteriorizaron de forma equivocada su frustración ante la falta de respuestas concretas a sus legitimas reclamaciones.

6. Un número plural de personas, aún por determinarse, que resultaron heridas por estos acontecimientos muestran afectaciones en uno o ambos ojos, cuya gravedad y secuelas están siendo evaluadas por los facultativos, pero que evidencian un claro y abusivo exceso de la fuerza que requieren la explicación, investigación, análisis y revisión por parte del Ministerio de Seguridad y la Policía Nacional.

7. La utilización de armas de fuego, específicamente cartuchos de perdigones y las lesiones producidas a los manifestantes de Changuinola, comprueban la falta de utilización de protocolos y de una correcta aplicación de la reglamentación para la contención de protestas o manifestaciones públicas, que lamentablemente en algunos casos; además, de discapacidades parciales o permanentes, tuvieron como consecuencia la pérdida de vidas humanas. La Defensoría del Pueblo continuará la investigación en esta materia.

8. En el caso de las provincias de Panamá y Chiriquí, la detención y conducción de ciudadanos a las instalaciones de la Policía Nacional, aduciendo supuestos errores, al presumir la eventual comisión de faltas administrativas o delitos constituyen hechos graves que limitan y violan el ejercicio de los derechos fundamentales, sin más restricciones que las establecidas en la ley.

9. En virtud de nuestras investigaciones, se hace evidente que se produjeron violaciones del derecho al debido proceso, tomando en consideración que se efectuaron privaciones de libertad sin el debido sustento jurídico, atentando de esta forma contra el Derecho de libertad personal, establecido en tanto en diversos instrumentos internacionales relativos a los Derechos Humanos y ratificados por el Estado panameño, al igual que en nuestro derecho positivo. 10. La plausible iniciativa del gobierno central, de trasladar funcionarios de alta jerarquía al lugar del conflicto, de haberse efectuado en tiempo oportuno, es decir, antes de suscitarse los hechos violentos, probablemente hubiese podido evitar las lamentables situaciones ocurridas.

V Recomendaciones Preliminares

En virtud de lo anterior, el Defensor del Pueblo recomienda al Estado las siguientes acciones prioritarias:

1. Instar al fiel cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley 18 de 1997, Ley Orgánica de la Policía Nacional, relacionado con el uso limitado de la fuerza, y aplicar ante situaciones de esta naturaleza, los principios de Necesidad, Proporcionalidad, Racionalidad e Identificación del agresor, los cuales están consagrados y explicados en instrumentos internacionales de Derechos Humanos. En el mismo sentido, recomendamos tomar en consideración “los Principios Básicos sobre el empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley, adoptados por el Octavo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del delincuente” que en su parte pertinente, establece lo siguiente: “…

5.Cuando el empleo de las armas de fuego sea inevitable, los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley:

a. Ejercerán con moderación y actuarán en proporción a la gravedad del delito y al objetivo legítimo que se persiga;

b. Reducirán al mínimo los daños y lesiones y respetarán y protegerán la vida humana;

c. Procederán de modo que se presten lo antes posible asistencia y servicios médicos a las personas heridas o afectadas;

d. Procurarán notificar lo sucedido, a la menor brevedad posible, a los parientes o amigos íntimos de las personas heridas o afectadas.

6. Cuando al emplear la fuerza o armas de fuego los funcionarios encargados de hacer cumplir la Ley, ocasione lesiones o muerte, comunicarán el hecho a sus superiores de conformidad con el Principio 22.

7. Los gobiernos adoptarán las medidas necesarias para que en la legislación se castigue como delito el empleo arbitrario o abusivo de la fuerza o de armas de fuego por parte de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley 8. No se podrán invocar circunstancias excepcionales tales como la inestabilidad política interna o cualquier otra situación de emergencia para justificar el quebrantamiento de estos principios básicos.”

2. Exhortar a las autoridades a tomar todas las medidas necesarias con el fin de garantizar el orden público y el libre tránsito, respetando las normas de procedimiento policial establecidas y consagradas en la Ley.

3. Recordar a las autoridades su ineludible obligación de respeto a la vida e integridad de todas las personas en el país, en fiel cumplimiento de la Constitución Política y de los instrumentos internacionales de derechos humanos de los que es suscriptor nuestro país;

4. Reiterar que deben cumplirse los presupuestos contemplados en nuestro ordenamiento positivo y disposiciones internacionales que prohíben las detenciones arbitrarias o ilegales; evitando que se produzcan privaciones de libertad o capturas momentáneas de personas sin fundamento legal.

5. Insistir en la vigencia y fiel acatamiento del principio del debido proceso, así como el derecho a la asistencia de un abogado desde el momento que se produzca una privación de libertad; además, de exhortar a las autoridades judiciales a que resuelvan dentro de los plazos establecidos los recursos interpuestos, especialmente las Acciones de Hábeas Corpus;

6. Suprimir inmediatamente el uso de perdigones o similares, así como armas de fuerza letal como instrumentos tendientes a disuadir o controlar manifestaciones o protestas públicas, por el riesgo que entrañan contra la vida de las personas, debiendo hacerse las modificaciones pertinentes en la Ley y reglamentos de la Policía Nacional y desarrollar protocolos de manejo de crisis;

7. Respetar el honor de los activistas de derechos humanos, sindicalistas, estudiantes, periodistas, académicos, religiosos, grupos indígenas y servidores públicos, entre otros, que como consecuencia de sus actividades puedan encontrar limitaciones o restricciones al ejercicio de derechos y libertades fundamentales;

8. Solicitar la atención prioritaria y especializada para las víctimas de los hechos acaecidos, con las ayudas hospitalarias, médicas y psicológicas, brindando la protección del derecho a la salud, entre otros, así como la asistencia económica y moral que cada caso requiera.

9. Requerir al Estado, a través de sus dependencias, inicie de inmediato una investigación de los hechos acontecidos, principalmente de los casos en los que se ha visto comprometido el derecho a la vida e integridad personal; contra la libertad y se establezcan las responsabilidades penales o administrativas a que haya lugar.

10. Instar a que, conforme a derecho, dentro del marco de los Acuerdos suscritos entre el gobierno y las partes, se amplíe el dialogo, a todos los sectores que han venido reclamando y planteando ser escuchados y que puedan aportar a la revisión de la Ley No.30 de 2010. 11. Exhortar a la dirigencia sindical y de grupos organizados, a tomar las medidas preventivas necesarias con el fin de evitar en sus manifestaciones de protesta, la afectación de derechos a terceros y el resquebrajamiento del orden publico. Panamá, 16 de julio de 2010 Ricardo Julio Vargas Defensor del Pueblo

VI. Anexos

Actuaciones de la Defensoría del Pueblo en las provincias de Panamá y Bocas del Toro

Inspección al patio de la Policía Nacional de Ancón tras detención de personas que participaban en una marcha pacífica y dirigentes que efectuaban una reunión en el Hotel Soloy, 10/07/2010.

Visita a miembros de la Policía Nacional que resultaron heridos producto de los enfrentamientos, 10/07/2010.

Visita a personas heridas durante los enfrentamientos que fueron trasladadas desde Changuinola hacia el Hospital Santo Tomás, 12/07/2010. Reunión con el Profesor Juan Jované, quien se mantenía en ayuno en la Universidad de Panamá, por temor de ser detenido, 12/07/2010.

Recorrido por el Hospital de Changuinola, a fin de tener contacto directo con las personas afectadas producto de los disturbios, 12/07/2010.

Reunión con miembros de la Policía Nacional en Bocas del Toro, 12/07/2010

Ambientalistas denuncian violación de la Constitución y de los DDHH

De la crisis ambiental a la crisis democrática

Las organizaciones ambientalistas y los ciudadanos preocupados por el desarrollo de Panamá, agrupados en la RED DE AMBIENTALISTAS POR LA DEMOCRACIA quieren hacer saber al país:

  • La crisis que vive Panamá ha superado los límites del debate sobre la LEY 30 o sobre las modificaciones a la Ley Ambiental y afecta a las bases del Estado de Derecho
  • Estamos escandalizados y preocupados por la violación de los Derechos Humanos y Constitucionales en la provincia de Bocas del Toro y en otras zonas del país
  • Pedimos transparencia sobre el estado de los heridos en Bocas del Toro, sobre los fallecidos y sobre las víctimas reales de este conflicto, así como atención, justicia y reparación.
  • Queremos denunciar la violación de los derechos civiles y políticos básicos (como el derecho a reunión, manifestación, a la libre expresión, al debido proceso legal, etcétera) de los panameños y panameñas
  • Señalamos la “militarización” de la Policía Nacional y los poderes extraordinarios y vulneradores de las garantías constitucionales que se les ha dado con la Ley 30 y que se han traducido en un uso excesivo de la fuerza que va a quedar impune.
  • Exigimos el cese del uso de armas de fuego contra la ciudadanía y pedimos a los agentes que no repriman a su propio pueblo
  • Repudiamos la persecución arbitraria de líderes sindicales, educadores, indígenas y ambientales, así como de periodistas. Queremos destacar el hostigamiento contra la ambientalista de Chiriquí Yaritza Espinosa y de los periodistas que han sido defensores del ambiente en Panamá como Carlos Núñez y Paco Gómez Nadal.
  • Señalamos que funcionarios del Estado han faltado al respeto a la población originaria de Bocas del Toro en una clara muestra de racismo institucional
  • Nos preocupa el limitado acceso de la ciudadanía panameña a información independiente y balanceada sobre lo que está aconteciendo en el territorio nacional. Pedimos al Gobierno que no mienta al país y que permita a los medios de comunicación cubrir de forma libre la información
  • Consideramos que es hora de que organismos internacionales que velan por los Derechos Humanos y por la Democracia en el Hemisferio intervengan como mediadores ante la poca apertura al diálogo que ha mostrado el Ejecutivo de Panamá
  • Exigimos al gobierno la derogación inmediata de la Ley 30 y de la Ley del Carcelazo y el respeto de los procesos democráticos de presentación y discusión de las leyes con una amplia participación ciudadana

Red de Ambientalistas por la Democracia

Informe de Derechos Humanos incrimina al gobierno de Panamá

RESUMEN URGENTE

DE LOS ACONTECIMIENTOS EN PANAMÁ

VIOLACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS, GRAVE CRISIS DEL SISTEMA DEMOCRÁTICO EN EL PAÍS

Un detenido con una herida grave en su ojo en los incidentes de Bocas del Toro. Decenas han perdido una o las dos vistas. Hubo muertos y centenares de heridos.

Elaborado por Human Rights Everywhere (HREV) / Panamá

14 de julio de 2010

- ANTECEDENTES / CONTEXTO POLÍTICO

- LA CRISIS DE BOCAS DEL TORO

- CONTEXTO LEGAL

- PERSECUCIÓN A LÍDERES

- ATAQUES A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN

ANTECEDENTES / CONTEXTO

  • El 3 de mayo Ricardo Martinelli gana las elecciones presidenciales de Panamá con algo más del 60% de los votos emitidos.

  • En el mes de julio toma posesión con un proyecto centrado en la Mano Dura contra el crimen, la promesa de ir de frente contra los corruptos y de atender las necesidades del pueblo

  • En los primeros meses de gestión oficial, el Gobierno contrata más del 70% de las obras por contratación directa saltándose el proceso de licitación

  • Comienzan los dos programas estrella del Gobierno con irregularidades: el que entrega un bono de 100 dólares a los mayores de 70 años que no tengan jubilación y l entrega de mochilas a los escolares de todo el país

  • El Gobierno da el permiso de operaciones a la Minera Petaquilla Gold después de renegociar el contrato con el Estado. Esta Minera afecta al Corredor Biológico Mesoamericano y a cientos de habitantes de comunidades campesinas e indígenas

  • El Gobierno comienza a abrir las 11 bases aeronavales después de firmar un convenio con asesoría de Estados Unidos. La excusa oficial es la lucha contra el narcotráfico, organizaciones sociales denuncian la “militarización” del país. Panamá no tiene Ejército desde 1990, cuando meses después de la invasión estadounidense fue abolido. Sin embargo, hay cuerpos policiales, como el de Fronteras, que utilizan armamento militar y los actuales mandos de la Policía Nacional, incluido el director, son ex militares del régimen de Manuel Antonio Noriega.
  • En enero de 2010 el Gobierno nombra a dos magistrados de la Corte Suprema de Justicia que formaron parte de su campaña electoral incumpliendo la promesa de fomentar la independencia del poder judicial.

  • Un mes de después, en febrero, la Corte Suprema separa de su cargo a Ana Matilde Gómez, Procuradora General (Fiscal General), en medio de una fuerte polémica sobre la constitucionalidad de la medida. El Gobierno nombra de inmediato a un abogado cercano al presidente como Procurador Suplente, Giussepe Bonissi. La Corte tardé 5 meses en determinar si había razones para juzgar a la Procuradora por unas escuchas telefónicas ordenadas por ella en el caso de un juez corrupto. El juicio comienza en agosto.

  • El Ejecutivo controla la Asamblea Nacional y las leyes se aprueban de manera expedita.

  • La Comisión Interamercana de Derechos Humanos realiza en abril una sesión temática sobre justicia en Panamá. Comparecen por la sociedad civil Magaly Castillo, de la Alianza Ciudadana Pro Justicia, y Miguel Antonio Bernal, abogado constitucionalista. El presidente reacciona de forma violenta a las denuncias de estos dos activistas y denomina a la sociedad civil como “cuatro gatos” que quieren “cogobernar”. Comienza acoso fiscal a Magaly Castillo y ataques mediáticos de la Ministra de Trabajo, Alma Cortés.

  • Noviembre de 2009. El Ministro de Gobierno y Justicia ordena el desalojo de los indígenas Naso de sus tierras ancestrales, reclamadas por un ganadero. El Gobierno hace caso omiso a las medidas cautelares a favor de estas comunidades dictaminadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y asegura, por medio de su ministro, “que en Panamá no hay problemas entre indígenas y empresarios”.
  • La Comisión para la Erradicación de Todas las Formas de Discriminación de la ONU emite un duro informe contra Panamá en marzo de 2010 señalando que se están dando desplazamientos forzados de comunidades indígenas y que hay una pauta de discriminación institucional.
  • El Presidente de la República anuncia que va a cambiar el Código Minero para que el Gobierno de Corea del Sur pueda explotar la Mina de Cerro Colorao (la legislación panameña impedía que un Estado extranjero tuviera acciones en una explotación minero), la segunda reserva mundial de cobre ubicada en plena comarca indígena Ngäbe-Buglé a pesar de la oposición de los indígenas. En junio de 2010, un Decreto Ejecutivo del Consejo de Gabinete cambia la Ley Orgánica de la Comarca Ngäbe-Buglé para reducir la autonomía política de los indígenas y permitir la explotación minera y la construcción de hidroeléctricas.
  • En la provincia de Darién se instala un estado de sitio no declarado oficialmente. Los habitantes de Jaqué denuncian presiones por parte de la Policía de Fronteras, imposibilidad de salir a pescar y desplazamiento masivo de la comunidad de Guabito, miembros de la etnia emberá. La excusa es la lucha contra el narcotráfico pero hay una limitación real de los derechos constitucionales. Según un Decreto firmado por la anterior Administración, el Servicio Nacional de Fronteras (Policía) ejerce funciones policiales, de migración, de autoridad del ambiente, entre otras, en Darién.
  • Además, el Ministerio de Seguridad firmó un convenio con la Autoridad Nacional del Ambiente que permite a la Policía Nacional utilizar como bases los puestos de guardabosques en los Parques Nacionales, incluido el Parque Nacional Darién, donde hay presencia de las guerrillas colombianas.

LA CRISIS DE BOCAS DEL TORO

Enfrentamientos en Bocas del Toro. Represión policial

El 2 de julio dio comiendo una huelga de 48 horas en las bananeras de Bocas del Toro que finalmente se prolongó hasta el domingo 11 de julio y acabó con duros enfrentamientos entre la policía y los trabajadores en huelga, cerca de 4.000 en su mayoría Ngäbe-Bugle, y sus familias. El saldo se cerró con cerca de 700 detenidos, tres muertos oficialmente reconocidos y una docena según las organizaciones sindicales, y en torno a 150 heridos atendidos en centros médicos en su mayoría por las lesiones provocadas por los perdigones de la policía, aunque los movimientos sociales cifran los heridos hasta en 1.000. Buena parte de esas lesiones son en el rostro y varios indígenas han perdido uno o dos ojos. Debido al uso de armamento de fuego real por parte de la Policía Nacional.

En el caso de las muertes la contaminación informativa ha sido total, HREV ha podido comprobar los nombres de dos de los fallecidos, indígenas ngäbe trabajadores de las bananeras (Antonio Smith y Fernando Ábrego). Sin embargo, se está tratando de identificar los otros cuerpos, aunque el acceso a la zona y a la morgue ha sido restringido por las autoridades.

A lo largo de los días de huelga se sumaron a los paros la Asociación de Educadores Veragüenses (AEVE), Conusi y Conato, estas ultimas las dos principales centrales sindicales de país.

La huelga terminó con un acuerdo entre el Gobierno y el representante del Sindicato de Trabajadores de la Industria del Banano y Afines (Sitraibano) de la Bocas Fruit Company que suspende durante 90 días algunos de los artículos de la Ley 30 de 2010 que desencadenó la huelga para negociarlos de forma nacional. El acuerdo no es aceptado por todos los movimientos que participaron en el levantamiento de Bocas, por lo que en estos momentos se respira una tensa calma que solo oculta aparentemente el conflicto real.

La huelga iniciada el 2 de julio, convocada por Sitraibano y cuatro sindicatos independientes, exigía la derogación de las reformas introducidas en diversa normativa penal, laboral, ambiental y policial, a través de la Ley de Aviación Comercial (Ley 30, conocida tambien como Ley Chorizo o Ley 9 en 1, porque reforma seis leyes y tres códigos).

Los trabajadores están en contra de la modificación al Código de Trabajo que plantea que las empresas no tienen la obligación de descontarle la cuota sindical a los trabajadores, lo que prácticamente elimina a los sindicatos. También rechazan la posibilidad de que las empresas contraten nuevo personal cuando se registra un paro de esta naturaleza, pues esto podría traer enfrentamientos “del pueblo contra el pueblo” y limita de forma sustancial el derecho a huelga.

Durante los dos primeros días de huelga se produjeron algunos cortes de calles y los ánimos se caldearon el sábado, 3 de julio, cuando los directivos de la empresa bananera no procedieron a pagarles la planilla correspondiente de la semana a los operarios, razón por la cual procedieron a cerrar la salida de los directivos de la compañía Bocas Fruit Company de las oficinas de Finca 13.

El día 4 se declaró la huelga como indefinida y el día 5 empezaron los cortes de los accesos a Changuinola, afectando ya al comercio y las clases en los colegios. El 6 de julio la ministra de Trabajo, Alma Cortes, se desplazó a Changuinola pero la reunión con los trabajadores terminó sin acuerdo. Entonces empezaron los primeros enfrentamientos con la Policía Nacional, que utilizó una fuerte represión, que se saldaron con los primeros 120 heridos.

El Gobierno reconoció el envió a la ciudad 300 efectivos antidisturbios y trasladó al lugar al ministro de Presidencia, Jimmy Papadimitriu, y posteriormente al ministro de Exteriores y vicepresidente, Juan Carlos Varela, y el ministro de Seguridad, Raul Mulino.

A partir del día 8 los enfrentamientos se recrudecieron, con una violenta respuesta de la policia, y empezaron las primeras detenciones de trabajadores y de líderes sindicales. Incluso se sacó al profesor Roberto Castillo encañonado de una reunión sin que se sepa aún cuál ha sido su destino. Esa misma fecha falleció el primer trabajador, Antonio Smith. Finalmente fueron tres los muertos reconocidos oficialmente, aunque las organizaciones sindicales hablan de una docena. Los heridos antendidos en centros sanitarios superaron los 150 y las detenciones rondan las 700.

Perdigones en el rostro

La policía respondió durante los cuatro días de enfrentamientos con gases lacrimógenos y perdigones (munición real). El propio Defensor del Pueblo de Panamá, Ricardo Vargas, ha denunciado que los disparos se produjeron por encima de la cintura. De hecho, la mayoría de las heridas son en el rostro y en los ojos. El Ministro de Seguridad, José Raúl Mulino, insiste en que se disparó al suelo y que los heridos recibieron impactos en la cara por el “rebote” de los perdigones en las piedras.

Carmen Rosa Villa, representante para Centroamérica del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos indica en un comunicado público el sábado 10 de julio Villa que “de conformidad con los estándares internacionales, el empleo de la fuerza y las armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley debe ser restringido y excepcional”.

Desprecio del Gobierno

La huelga y los enfrentamientos de Bocas se han producido en medio de continuas manifestaciones de desprecio por parte de los dirigentes del Gobierno, que mientras ofrecía diálogo multiplicaba las fuerzas y la represión en Changuinola. El presidente Ricardo Martinelli trató incluso de viajar a Sudáfrica a ver la final del mundial, cuando ya se habían producido los primeros muertos. Ha estado desaparecido del ‘conflicto’ hasta que éste ha concluido y solo entonces ha aparecido en los hospitales para ver a los heridos y regalar teléfonos celulares para que hablen con sus familias. Inicialmente se trató de responsabilizar al partido de la oposición PRD (Partido Revolucionario Democrático) y al sindiciato de la Construcción, Suntrac (minoritario en la zona), de los disturbios. Papadimitriu llegó a decir que los “malhechores” trataban de tomar ventaja de la situación y Mulino afirmó que se trataba de “cientos de indígenas borrachos manipulados por los sindicalistas”.

Bocas del Toro es un pulmón verde vegetal, uno de los principales destinos turísticos de Panamá. Pero también una de las provincias más hermosas, ricas y abandonadas del país que desde hace 110 años ha manejado la empresa bananera. Presenta graves deficiencias de infraestructuras públicas y graves casos de abusos laborales y corrupción.

También paros y detenciones en las obras del Canal de Panamá

Mientras también se han producidos paros en los trabajos de ampliación del Canal Interoceánico de Panamá por las protestas de los obreros del consorcio ítalo-español Grupos Unidos, que demandaban mejores condiciones laborales. Los obreros realizaron varias acciones de protesta y enfrentamientos con los antimotines, y se llegó a detener a 28 trabajadores y líderes sindicales que fueron posteriormente puestos en libertad.

Grupos Unidos por el Canal está integrado por la firma española Sacyr Vallehermoso e integrado por la italiana Impregilo, la belga Juan de Nul y la panameña Constructora Urbana, S. A. Unos 700 trabajadores laboran en la costa del Atlántico y 500 en la del Pacífico.

COMISIÓN HUMANITARIA

Principales conclusiones de la comisión humanitaria (Dfensoría del Pueblo y CEASPA) que visitó la zona del conflicto el lunes 12 y martes 13 de Julio.

· La aprobación de la ley 30 y su aplicación con alevosía por parte de la compañía bananera, fue la gota que derramó el vaso de los abusos y exclusiones sufridas por el pueblo Ngäbe Buglé y sus trabajadores.

· Esto se agrava con las reformas a la carta orgánica de la comarca, durante el día de ayer se estaban dando movilizaciones indígenas en San Félix y Veraguas. Este hecho ha logrado avanzar en la articulación de las acciones entre las tres regiones y en la vinculación de las distintas causas que les afecta como pueblo.

· Desde sus inicios no existió voluntad política del gobierno para evitar el derramamiento de sangre, la política gubernamental subestimó la capacidad de reacción de la población y sus organizaciones.

· En este sentido, la dirigencia sindical regional no se sintió acompañada por sus dirigentes nacionales, consideran que se pudo contribuir a negociar antes y evitar el derramamiento de sangre y los cientos de lisiados de forma permanente.

· ”Todos subestimaron a Bocas del Toro y sus guerreros indígenas”.

· Siempre existió un cerco informativo sobre los acontecimientos, los corresponsales son hoy mal vistos por las organizaciones, pues cubrían todos los hechos, se les daba acceso a las informaciones por parte de los líderes y casi no salían las noticias en los medios nacionales, pues en Panamá se les censuraba, evidenciando la ausencia de información libre y veraz y los conflictos de intereses entre dueños de medios y sus vínculos con el gobierno.

· La mayor parte de las víctimas son hombres jóvenes que tienen heridas de la cintura para arriba con énfasis en la cara.

· Los entrevistados de sociedad civil concuerdan que se dio un uso “exagerado de la fuerza”, “se volvieron brutos”, los policías dispararon hasta que se les acababan las municiones. Las cifras sobre víctimas son imprecisas, pues muchos heridos se fueron a sus comunidades indígenas a ocultarse pues se estaba encarcelando a los indígenas y en especial a los heridos. En el día de ayer encontramos a varios que acababan de regresar de sus casas, uno de ellos me dijo con su cara llena de perdigones: ” yo me fui para mi casa pues andaban metiendo preso a la gente, y pensé que esto no era grave y que yo me los podía quitar, pero me empezaron las

molestias y por eso vine hoy al hospital” hay muchos así? le pregunté, y me respondió: “sí muchos”.

· Detuvieron a manifestantes heridos y no les permitieron atención médica hasta el día de ayer que fueron liberados y ellos por su cuenta llegaron al hospital lo que vulnera sus derecho a la protección de su salud. Una de estas personas se nos acercó y se identificó como una de ellas, estaba golpeado y con un ojo totalmente morado.

· La experiencia muestra la poca flexibilidad del gobierno en las negociaciones y la incredibilidad de la población hacia el cumplimiento de los acuerdos, por esto se requiere un acompañamiento solidario a los compañeros en el Diálogo nacional.

El informe completo puede ser descargado acá

EL CONTEXTO LEGAL

Estas son algunas de las leyes aprobadas en los últimos meses y que suponen un retroceso democrático en el país:

  • Agosto 2009. Ley sobre espionaje telefónico y correos electrónicos. La ley obliga a las telefónicas y prestadoras de servicios de internet a conservar los registros de datos de sus clientes, su identificación, inclusive a quién llamó y cuánto tiempo habló. La intención inicial es rastrar comunicaciones privadas pero limitan la intimidad de los contratantes de los servicios de comunicación.

  • Marzo 2010 / La ley sobre el Régimen Especial de la Responsabilidad Penal para la Adolescencia. Disminuye la edad penal a 12 años. Ya en Julio de 2009, nada más subir al poder, el Gobierno introdujo modificaciones al código penal elevando la condena maxima en prisión a 50 años y estableció un toque de queda para menores de edad a partir de las 9 p.m.
  • Abril 2010/ Ley 14, denominada “Carcelazo”. Penaliza con cárcel el cierre de calles por parte de manifestantes. El Defensor del Pueblo, Ricardo Vargas, señaló que las legislaciones como la recientemente aprobada ley del “Carcelazo“, que penaliza los cierres de calles con 6 meses a 2 años de cárcel, requieren de un mayor proceso de reflexión y maduración y no de “actuar con emoción y pasión” por parte del Gobierno.
  • Junio 2010/ Decreto Ejecutivo 537 que modifica la Carta Orgánica de la Comarca Ngäbe Buglé. El decreto inconsulto, elimina buena parte de la autonomía política de la Comarca y pone en manos del poder central las decisiones sobre las autoridades Ngäbe.
  • Junio 2010 / Ley 30, denominada Ley 9 en 1 o Ley Chorizo. Aprovechando el periodo especial de sesiones en la Asamblea Nacional el Gobierno introduce un proyecto de ley sobre Aviación Comercial. Después del articulado sobre dicho tema introduce modificaciones a 6 leyes y tres códigos que nada tienen que ver con aviación. Los temas que generan más polémica son los que limitan el derecho a huelga y modifica el régimen sindical: los que eliminan el estudio de impacto ambiental para aquellas obras públicas o privadas que el Gobierno determine, y los artículos que indican que un agente de policía no será retirado de su puesto cuando haya cometido un delito en el horario de sus funciones. La Ley 30 se aprueba en la Asamblea Nacional con las puertas bloqueadas con candados y la policía antidisturbios rodeando el edificio para impedir la participación de la sociedad civil organizada.

PERSECUCIÓN A LÍDERES

La persecución a líderes sindicales en Panamá no es nueva pero en los últimos días se ha incrementado y se ha ampliado a líderes ambientales sociales y periodistas.

  • Sábado 10 de julio. Después de una reunión de la dirigencia del Frente Nacional por los Derechos Económicos y Sociales, que aglutina a sindicatos, organizaciones populares y campesinas, en un céntrico hotel de la ciudad de Panamá, la Policía Nacional detiene a 300 sindicalistas y los conduce a instalaciones policiales liberándolos unas horas después.

  • Domingo 11 de julio. Agentes de la Dirección de Investigaciones Judiciales se apersonan en la casa del profesor Juan Jované, dirigente de la Unidad de Lucha Integral del Pueblo (ULIP), para detenerlo. La presencia de activistas impide el arresto. Jované se protege en las instalaciones de la Universidad de Panamá, inicia un ayuno de protesta. Inmediatamente después se conoce que hay orden de detención contra 17 dirigentes. La policía arresta al dirigente del sindicato Suntrac en la provincia de Chiriqui, Jaime Caballero, y al líder indígena kuna Ronaldo Ortiz. Ortiz fue liberado el martes 13 de julio y Caballero está encarcelado y mantiene una huelga de hambre. La líder ambientalista chiricana Yaritza Espinosa y el dirigente magisterial Juan Ramón herrera de Veragüas están en la clandestinidad y durante una concentración el martes 13, la Policía trata de arrestar a un dirigente sindical.

  • Martes 13 de julio. La fiscalía auxiliar informa que ha retirado la orden de captura pero que los procesos abiertos contra los líderes por apología del delito siguen en marcha. La información que recaban los abogados indica que hay procesos contra, al menos, las siguientes personas: Andrés Rodríguez, Mario Almanza, Marco Andrade, Gabriel Castillo, Dalia Morales, Yaritza Espinoza, Juan Saldaña, Ariel Rodríguez, Gloria Castillo, Juan Carlos Salas, Carlos Obaldía, Marco Andrade, David Niño, Eustaquio Méndez, Marco Guzmán, Maribel Gordón, Cristian Díaz, Cle Osvaldo Gómez, Juan Ramón Herrera, Juan Jované, David Niño

ATAQUES A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN

El hostigamiento a periodistas y a medios de comunicación ha sido constante y denunciada por las organizaciones internacionales como Reporteros Sin Fronteras o la Federación Internacional de Periodistas.

- 26 de junio 2010. La policía detiene al periodista Carlos Núñez, de 70 años en ese momento, al someterlo al “pele police”, un dispositivo inhalámbrico que contiene todas las infracciones y antecedentes de los ciudadanos. La detención se da por una condena por calumnias e injurias de la que no fue notificado el periodista y por un texto escrito hace 12 años en una publicación que ya no existe en el que denunciaba un delito ecológico de un empresario poderoso en la provincia de Chiriquí.

Núñez fue encerrado durante 13 días en la subestación del barrio El Chorrillo, conocida por sus condiciones infrahumanas y donde suelen estar retenidos sospechosos de pandillerismo. Miembros del Consejo Nacional de Periodismo y ambientalistas fueron a defender a Carlos Núñez y a pedir su traslado a otras instalaciones y la conmutación de su pena por casa por cárcel o días multa (como la ley panameña permite para penas de 1 año y con la edad de Núñez). No fue aceptado. Solo se consiguió que el 9 de julio se le trasladara al centro penitenciario de El Renacer. Hoy, 3 de julio, Núñez sigue en prisión y la junta disciplinaria del sistema penitenciario aún no ha decidido si le da casa por cárcel a pesar de las peticiones nacionales e internacionales.

- 4 de julio. Retención ilegal por 4 horas y media del periodista español residente en Panamá Paco Gómez Nadal. A partir del día siguiente comienza un hostigamiento sin cesar para tratar de expulsarlo del país revocándole su residencia definitiva. Gómez Nadal es autor de una columna semanal en el diario La Prensa muy crítica con el Ejecutivo y es un destacado activista de Derechos Humanos que da soporte a comunidades indígenas y campesinas que se oponen megaproyectos económicos en Panamá.

- 8 de julio 2010. Según la agencia de prensa DPA, El reportero gráfico panameño Mauricio Valenzuela, del diario local El Panamá América, denunció hoy que fue detenido, desnudado, esposado, amenazado y lanzado a una celda llena de excrementos por tomar fotografías a agentes en un área de acceso al Canal de Panamá donde se realiza una huelga. ESTA ES LA SEGUNDA VEZ QUE VALENZUELA ES INTIMIDADO POR AGENTES DE LA POLICÍA QUE EN MAYO LO GOLPEARON POR TOMAR FOTOS DEL PROCURADOR SUPLENTE EN UN ESPECTÁCULO BAILABLE.

- El 10 de julio de 2010. El presidente de la República llama a los directores de medios de comunicación a la sede de Gobierno y les pide “colaboración” en la crisis nacional iniciada en la provincia de Bocas del Toro. A esas alturas ya había tres muertos y cientos de heridos reconocidos oficialmente. Compañeros de medios televisivos nos confirman esa misma noche que los dueños de los medios han limitado el tiempo al aire de las noticias sobre Bocas del Toro.

- 11 de julio de 2010. La Policía detiene a Rolando Ortiz, comunicador que forma parte del medio alternativo Frenadeso Noticias que es propiedad de la plataforma de sindicatos y movimientos sociales Frente Nacional por  los Derechos Económicos y Sociales de Panamá. Lo retuvieron por 12 horas.

- 11 de Mayo 2010. El director de El Siglo, Jean Marcel Cherry, denunció internacionalmente  amenazas por parte del Secretario de Comunicación de Presidencia, Alfredo Prieto ante algunas informaciones críticas con el Ejecutivo aparecidas en el periódico. También se habló de presiones a la corporación Medcom para que retirara al periodista Fernando Correa como conductor del programa de alta audiencia DEBATE ABIERTO.

- Abril 2010. Sentencia de una juez que obliga al diario La Prensa a pagar 300 mil dólares a la fiscal Argentina Barrera por la publicación de un titular tras la destitución de la fiscal en 2005 que rezaba “Procuraduría a lacaza de corruptos”.

- Enero de 2010. EL presidente de la República dice que en Panamá hay “noticieros de pacotilla” que solo quieren “dañar la imagen del país”. Se refería a las noticias sobre hechos policiales. Después de esas declaraciones y de una reunión con los propietarios de cadenas televisivas se redujo ostensiblemente la cobertura policial en los informativos televisivos.

- Noviembre de 2009.  La periodista peruana Kela León revela que el Ministro de Gobierno y Justicia, José Raúl Mulino, le dijo que entre los periodistas panameños lo que impera es la ética del billete.  De acuerdo a la versión, el 15 de octubre, en un restaurante en el Casco Viejo de la Ciudad, el Ministro Mulino se acercó a la mesa donde ella y otros periodistas se disponían a cenar, y luego de saludarlos y de ser presentado con algunos miembros del Comité de Ética, el Ministro señaló “¿ética?, aquí en Panamá lo que impera es la ética del billete; existe una lista de periodistas emplanillados (asalariados) que les sorprendería”.

Ecologistas rechazan proyecto de ley que intenta eliminar EIA en proyectos del Estado

COMUNICADO CONJUNTO

ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL AMBIENTAL

SOBRE LA PRETENDIDA MODIFICACIÓN DE LA LEY GENERAL DE AMBIENTE

Ante la inclusión de “camarones legislativos anti-ambiente” por parte del Ejecutivo, en el Proyecto de Ley No. 177, “Que adopta medidas para promover el Desarrollo Sostenible de la Aviación Comercial, Actividades en Desarrollo y dicta otras disposiciones”, presentado anoche a la consideración de la Asamblea Nacional por el Ministro de Gobierno y Justicia en una sesión plenaria que sólo tuvo una duración de 20 minutos, las organizaciones firmantes señalamos lo siguiente:

Efectos iniciales del proyecto hidroeléctrico Chan 75 en Bocas del Toro que fue declarado de interés social por el gobierno, ya que es accionista de esta obra. Esta sería una de las tantas obras que no requerirán EIA o cumplir adecuadamente con la política ambiental, de hacerse efectiva la pretendida ley de aviación. El Metro unidireccional es otra obra que no ha realizado EIA y al parecer no lo quieren hacer.

1. Rechazamos categóricamente los artículos 26 y 27 del mencionado proyecto de Ley, que pretenden excluir del requisito de estudio de impacto ambiental a “aquellas actividades, obras o proyectos estatales que sean declarados de interés social por el Consejo de Gabinete”.

2. Denunciamos la desviación de poder en que ha incurrido el Ejecutivo, al incluir estos artículos en un proyecto de ley sobre materias ajenas a las ambientales, excediendo así sus facultades constitucionales.

3. Deploramos que la Asamblea Nacional, que debe representar los mejores intereses del pueblo panameño, pretenda darle primer debate a estos dos artículos en la Comisión de Transporte. Ninguna modificación a la Ley General de Ambiente debe siquiera proponerse sin un análisis profundo del tema y sin la consulta más amplia posible. Además, debe ser discutida en primer debate por la Comisión de Población, Ambiente y Desarrollo.

4. Advertimos que este proyecto de ley constituye un claro atentado contra los derechos humanos de la ciudadanía panameña, ya que, de aprobarse, colocaría a la población en un grave estado de indefensión frente a iniciativas potencialmente dañinas para la vida, la salud y el ambiente de las comunidades, cuando éstas sean promovidas por el Estado.

5. Advertimos también que este proyecto de ley constituye una violación de tratados internacionales suscritos y ratificados por Panamá, que exigen que nuestro país mantenga y no desmejore sus estándares ambientales.

6. Hacemos un llamado urgente a la ciudadanía a apersonarse a la Comisión de Comunicación y Transporte de la Asamblea Nacional, mañana miércoles a las 10:00 a.m., para manifestar de viva voz su rechazo a este proyecto de ley.

7. Finalmente, este Mes del Ambiente, nos declaramos en estado de alerta frente a este nuevo intento del Gobierno Nacional por poner en riesgo nuestro patrimonio natural y el bienestar de la población panameña.

¡PANAMÁ NO SE VENDE!

Panamá, 8 de junio de 2010

Proyecto de ley cuestionado: Proyecto de ley que elimina EIA en proyectos del gobierno y modifica el Código de Trabajo y el Código Penal, entre otros

ORGANIZACIONES FIRMANTES

Alianza para la Conservación y el Desarrollo (ACD)

Asociación Agroambientalista Macho de Monte, Chiriquí

Asociación Ambientalista de Chiriquí (ASAMCHI)

Asociación de Derecho Ambiental (ADA)

Asociación de Productores Agroecológicos La Amistad (ADPAELA), Chiriquí

Asociación Ecologista Panameña (AEP)

Asociación Nacional para la Conservación de la Naturaleza (ANCON)

Asociación Oceánica de Panamá (AOP)

Asociación para la Conservación de la Biósfera (ACB), Chiriquí

Centro de Incidencia Ambiental (CIAM)

Centro Misionero de La Concepción, Chiriquí

Colectivo Voces Ecológicas (COVEC)

Colibrí-Asociación Ecologista de Panamá, Chiriquí

Comité de Defensa y Protección de la Naturaleza en Gualaca (CODEPRONAGUA), Chiriquí

Comité Pro Defensa del Río Gariché, Chiriquí

Comunidad de Quebrada Caña, Chiriquí

Comunidad de Santa Marta, Chiriquí

Congreso General Ngöbe-Buglé

Conservation International (CI)

Fundación Albatros Media

Fundación Almanaque Azul

Fundación MarViva

Fundación NATURA

Fundación para el Desarrollo Integral del Corregimiento de Cerro Punta (FUNDICCEP), Chiriquí

Fundación para la Protección del Mar (PROMAR)

Grupo La Zapatilla Verde, Chiriquí

Human Rights Everywhere (HREV)/Comuna Sur

Junta Administradora del Acueducto Rural de Santa Rita, Chiriquí

Junta Administradora del Acueducto Rural de La Victoria, Chiriquí

Justicia, Paz e Integridad de la Creación” de los Misioneros Claretianos de Centroamérica

Movimiento Campesino en Defensa del Río Cobre (MOCAMDERCO), Veraguas

Red Nacional de Defensa de los Ríos, Tierras y Comunidades

Sociedad Audubon de Panamá (SAP)

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