Reportaje de Elcuara.com sobre la cadena humana por los delfines

Arrancando desde las 5 pm en plena Ave. Balboa, exactamente en el Parque Urracá, se procedió con una gran protesta, todos vestidos de Azul con cánticos rechazando y repudiando los Delfinarios que está pensando en construir la Cía Ocean Embassy, por otro lado dentro de los cánticos se decían «Martín donde estás? Ruben Blades donde estás? Panamá no se vende!, los Delfines no se venden! no queremos Delfinarios en Panamá!» Y entre los distintos carteles habían algunos que decian: Anam Recapacita, No al Cautiverio, Fuera asesinos de Delfines, Alto a la captura y sufrimiento de Delfines, entre otros.

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Martín, Martín no vendas al delfín

Los lugareños de la Bahía de los Delfines de Bocas del Toro, están en pie de lucha y no permitirán que sus delfines sean capturados vilmente por Ocean Embassy, empresa de oscuro pasado materno, quien pretende, con la complicidad de personeros corruptos del gobierno nacional, capturar delfines de Bocas del Toro para llevarlos al cautiverio para actividades de circo.

La consigna que gritaron en la manifestación realizada este 14 de marzo fue:  Martín, Martín no vendas al delfín.

No a la Ley No. 2 de 2006 que vende nuestras islas y costas al mejor postor

Marzo 14, 2007.  El pueblo Gnobe del Archipiélago de Bocas del Toro, dice no a la venta del país y sus islas.

El aristocrático delfín

El aristocrático delfín

Por: Fernando Prieto-Tapia
Ambientalista
ajc17pa@yahoo.com

No voy a tratar sobre la vida de algún delfín (príncipe heredero) al trono de Francia, que con sus vidas llenas de lujo, boato e intrigas palaciegas, llenan los libros de historia. Estas líneas son para destacar a un noble animal marino, que con su inteligencia y habilidad surca los mares del mundo. Desde que los primeros marinos se aventuraron a navegar, guiados por la sed de riquezas y aventuras, se encontraron con sorprendentes criaturas que nunca antes la gente de su tiempo habían conocido; por su costumbre de escoltar a los barcos, llamó la atención de estos «lobos de mar» por su vivacidad y simpatía, pronto se tejieron múltiples leyenda e historias sobre estos.

Lo cierto es que la relación entre los delfines y humanos es muy antigua, en los anales de la navegación, algunos náufragos aseguran que han sido auxiliados por los delfines en medio del mar, sirviendo de compañía, protegiéndolos de los depredadores y guiándolos a la costa más cercana. El caso que en lo personal más me impactó fue el de Elian González, al quedar a la deriva. En el estrecho entre Cuba  y Miami, este balsero se encontraba solo, ya que los otros compañeros de infortunio, incluyendo a su madre, se habían ahogado; él afirma que en las horas que permaneció en el agua unos delfines lo escoltaron hasta que fue rescatado.

La ciencia natural luego de muchos años de estudio, ha catalogado al delfín como un mamífero marino, incluyéndolo en el orden de los cetáceos, junto con las ballenas y las marsopas; todos tienen que salir a la superficie a tomar aire y amamantar a sus crías. Existen alrededor de 32 especies de delfines en los océanos del planeta. Viven en grupos grandes o pequeños, con una estructura organizativa compleja y se comunican con una serie de complicadas señales acústicas, estudios en cautiverio han demostrado que son capaces de aprender labores con cierto grado de dificultad y se plantea que su nivel de inteligencia es, por lo menos, igual que el de los primates.

A pesar de todas las bondades de este ser, por culpa de la pesca industrial, cientos de miles de estos cetáceos han muerto en las redes de atuneros, de la manera más cruel y vil. Incluso, en un reciente reportaje de la cadena Telemundo se observaba cómo en Japón se capturaba a decenas de estos, arrinconándolos en una bahía, para después matar a la gran mayoría a arponazos y unos pocos los dejaban con vida ¡para exportarlos a un acuario en República Dominicana!

Podemos proteger a estos pacíficos animales, ¿Cómo? sólo comprando tunas que tengan el sello de protección al delfín, también oponiéndonos a la construcción del acuario, para la recreación de una elite, que sólo benefician a un inversionista, encerrando a los delfines en una suerte de cárcel La Joya acuática. Resulta curioso y digno de estudio, la velocidad y las facilidades dadas a este proyecto y  si a alguien le queda dudas que es un simple negocio, solo hay que ver el dinero gastado en publicidad para defender lo indefendible, tratando en vano de manipular a la opinión publica, con la añeja excusa de la creación de empleos y que toda inversión que dé dinero, es buena, ética y moral.

Criterios sobre la reglamentación de la ley del corredor marino de Panamá

Muchos de estos criterios fueron ignorados

1. ANAM TIENE COMPETENCIA PARA SER CONSULTADA EN MATERIA DE VIDA SILVESTRE MARINA

La Ley Nº 24 de 1995, regula todo lo relativo a la vida silvestre panameña, incluida la vida silvestre marina. En este aspecto, la ANAM debe ser consultada sobre su explotación por la AMP o su equivalente, según el artículo 4.4 de esta norma que es complementaria de la Ley General de Ambiente.

En el caso específico de los delfines nariz de botella, al estos encontrarse en la lista anexo relativa a la Convención Internacional sobre el Tráfico de Especies de Flora y Fauna Amenazadas (CITES) y de la Convención de Especies Migratorias (CME), siendo la ANAM el punto focal de ambas convenciones, su concepto es necesario en cuanto al estado de estas especies, las cuales se determinan como vulnerables.

2. LA RESOLUCIÓN QUE APRUEBA EL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL CORRESPONDIENTE, NO APRUEBA LA ACTIVIDAD DE EXHIBICIÓN DE DELFINES

La Resolución Administrativa correspondiente no está aprobada, puesto que en la misma se mencionan los peces pelágicos, más no los mamíferos marinos que serían la mayor atracción de la actividad.

3. LA LEY Nº 5 DE 2005 CASTIGA LA MUERTE DE ESPECIES AMENAZADAS

De resultar exacta la afirmación de la incidencia de mortandad de estos delfines en cautiverio, el responsable podría enfrentar las disposiciones administrativas y penales del caso, dado que si se expiden permisos para su captura por parte de las autoridades competentes, éstos difícilmente podrían incluir la muerte de los especimenes.

En materia penal, la Ley Nº 5 de 2005 castiga la muerte de especies acuáticas amenazadas, al privar la responsabilidad objetiva en esta norma, no importaría si el causante de la muerte hubiere tenido intención o no de causar el daño ambiental, sólo comprobando el nexo causal es suficiente como para responsabilizarle del hecho punible.

4. LA PROPUESTA DE REGLAMENTO PARECE DEJAR SIN UTILIDAD LA LEY DE CORREDOR MARINO

La idea de la creación del corredor marino de Panamá era precisamente la protección de los cetáceos de la captura con fines lucrativos, independientemente de la naturaleza de la industria, con el compás abierto en el reglamento, sólo aquellas industrias consuntivas serían las privadas de capturar a los mismos.

Las excepciones de “caza científica” y de “recreación”, recuerdan a la justificación japonesa para sortear las disposiciones de la CBI, como a la posible transformación de las aguas panameñas en una alternativa para la importación de especies amenazadas con criterios económicos. Todo esto, en aguas de un “corredor” creado para la seguridad de estos mamíferos.

La descrita certificación de la Oficina de Asesoría Legal de AMP, debería ser consultada con las instancias correspondientes del MEF, dado que éstas no son funciones de los asesores legales de ninguna Institución Pública.

La AMP debe tomar en cuenta en este reglamento, todas las instancias de cooperación entre esta entidad y la ANAM, establecidas desde la Ley Nº 24 de 1995 (artículo 4.4), el Decreto Ley Nº 8 de 1998 (artículos 4 y 32), la Ley Nº 41 de 1998 (artículos 85 y 86) y, sobre todo, la misma Ley Nº 13 de 2005.

5.  ES POTESTAD DEL ÓRGANO EJECUTIVO LA REGLAMENTACIÓN DE LA LEY

Debe ser un sólo reglamento que incluya todos los aspectos a regular en esta ley, que luego de terminados y discutidos con transparencia por el comité directivo y con las debidas consultas ciudadanas, debe salir un documento único, que debe ser remitido al Ejecutivo para que sea finalmente reglamentado.  La Ley de Transparencia obliga que todos las leyes y reglamentos sea discutida o consultada en el seno de la sociedad panameña.  Este reglamento no es la excepción.

Ante tanto abuso y corrupción los panameños comienza a despertar y exigir responsabilidades y buenos procedimientos: cadena humana del 15 marzo 2007