Biocombustible, hambre y ambiente

Biocombustible, hambre y ambiente

Nadie pone en duda que el etanol puede ser una alternativa. La pregunta que debemos hacernos, ¿para  quién es buena esta alternativa?

Mientras haya hambre en el mundo, los productos alimenticios no deben ser utilizados para producir combustible.

Nunca un estómago vacío de una persona será segunda prioridad frente a un tanque vacío de combustible de un automóvil.

 

La única opción válida en su uso sería que un buen porcentaje de la producción se destinara a saciar el hambre en el mundo, suficiente para lograr detener esta crisis de falta acceso a alimentos en el mundo. Algunos dicen que en el mundo hay suficiente alimento para saciar a todos. Si esto es así, entonces que se concrete.

Con tristeza vemos que empresarios especuladores, y no humanistas, se frotan las manos con el negocio y ni siquiera se percatan que es un tema más de medio ambiente que de negocio. Son seres que sólo piensan en seguir acumulando riquezas sin importarles el balance del mundo, la vida humana y el ambiente que nos soporta a todos.

Señores empresarios, la especulación con el biocombustible, especialmente el maíz, y otros cereales, es un crimen de lesa humanidad si no se erradica la distribución de los alimentos.
La única energía alternativa prioritaria de las productos vegetales como la caña de azúcar y el maíz, entre otros, es la necesaria para saciar el hambre en nuestro continente y el mundo.

¡Ojo con este nuevo mercado especulativo alternativo!

Ariel Rodríguez Vargas
Biólogo y Ecologista

El mundo a favor de la ballenas

Ballenas avanzan en Anchorage 2007

Tras la 59ª reunión del Comité Ballenero Internacional (CBI)  en Anchorage, Alaska, se respira un ambiente de liberación para los cetáceos.  El persistente cabildeo de la sociedad civil ambiental, medios y aliados diplomáticos que consolidaron el Bloque  de Países Conservacionistas de América,  logró inclinar la balanza a favor de las ballenas. Las votaciones marcaron a favor del conservacionismo ballenero por márgenes de 40 a 42 votos a favor, contra  27 ó 29 a favor de los cazadores con algunas abstenciones de uno o dos países.  Marcó  una clara  diferencia y se observó el peso del Grupo de Buenos Aires (Argentina, Brasil, Chile, Costa Rica, Ecuador, Méjico,  Panamá, Perú) y Belice.

La primera votación para la creación del Santuario Ballenero del Pacífico Sur, desde Ecuador hasta la Antártica, y del Santuario Ballenero del Atlántico Sur, desde Brasil al África hasta el Polo Sur, tuvo un apoyo de 39 países contra 29 con 3 abstenciones.  No se logró el 75% requerido para su aprobación, pero fue clara la mayoría de aceptación. Unos 42 países votaron a favor del Uso No Letal, dos en contra, dos abstenciones y 20 en boicot,  marcando una nueva estrategia  que beneficiará económicamente a numerosas poblaciones del globo,  constituyendo una ventajosa alternativa frente a la cacería. Se aprobó, por 40 a favor, dos en contra, cero abstención, y el boicot de 27 países,  una resolución que llama a Japón a suspender por tiempo indefinido los aspectos letales del Programa Científico JARPA en las aguas del Océano Austral.

El concepto central que orientó la decisión es que se puede aprender más de las ballenas vivas que de su cacería.  No más matanzas de ballenas en nombre de la ciencia. La moratoria a la cacería comercial de ballenas, se mantiene,  de forma  que las pretensiones de los cazadores por justificar la caza a través del comercio bajo la figura CITES queda eliminada.

Aunque fue clara y contundente la mayoría conservacionista, el abstencionismo y votaciones  del bloque de países aliados de los cazadores, se obliga a redoblar las gestiones diplomáticas, cabildeos, acciones públicas, conferencias y encuentros dirigidos a sumar a países como Uruguay, Venezuela, Colombia, Nicaragua y Guatemala.  Es obligante abordar a las pequeñas naciones del Caribe de manera que lleguemos a Chile 2008 para alcanzar el 75% necesario para definir a la CBI como una organización conservacionista que permita promover el uso y la investigación científica no letal. Panamá se mantuvo unida al Bloque Conservacionista de Ballenas de América y se postuló para celebrar la reunión del CBI del año 2009.

El Panamá América, 5 de junio de 2007

Vale la oportunidad para mirar hacia lo interno de nuestro país que ha enviado claros mensajes al mundo con la creación del Santuario Ballenero de Panamá, a través de la Ley 13 del 5 de mayo del 2005 sobre el Corredor Marino de Panamá para la Protección de los Mamíferos Marinos, las  posturas conservacionistas de ballenas en los foros internacionales de los últimos tres años y la  reciente declaración,  en el marco del CBI 2007, en el sentido de que mantendrá su postura contra las cacería y a favor del uso no letal  así como su oferta para celebrar el CBI 2009 en Panamá. Contrastan, sin embargo,  algunos sectores al promover la instalación de centros de exhibición de delfines y otros mamíferos marinos que no garantizan el uso no letal que impulsa el conservacionismo ballenero.  Nuestra propuesta es por el avistamiento a campo abierto,    en forma regulada y sin daños a las especies, que ya  inician  con éxito, comunidades  costeras en   Bocas del Toro, Pedasí,  Panamá-Taboga, Las Perlas, Montijo-Coiba y Paridas.

El nuevo escenario previsto es un mundo donde la humanidad logre la convivencia pacífica, armónica con los cetáceos permeando amplios beneficios económicos para una diversidad de sectores que hoy requieren de nuevas y seguras formas de ingresos que, además, dignifiquen los valores por la vida.  Vale más la naturaleza viva que muerta.

(Fuentes informativas desde Anchorage: Milko Schvartzman (Greenpeace), Roxana Schteinbarg (icb.org.ar), Aimee Leslie, Viviana Monge).

Gabriel Despaigne
Ambientalista
gabrieldespaigne@yahoo.com.mx

Aspectos sociales de un Estudio de Impacto Ambiental

La Sociología y los EIA

En Panamá, la Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM) es la encargada de proponer y desarrollar la política de conservación del ambiente panameño, y utiliza distintos instrumentos para el control y la medición de la situación ambiental.

Uno de los instrumentos más utilizados son los Estudios de Impacto Ambiental(EIA) reglamentados en el Decreto Ejecutivo No. 209 de la Ley Nacional de Ambiente. Los conocidos EIA se realizan con la intención de determinar el impacto que un proyecto puede provocar en las condiciones medioambientales de la zona donde se pretenda construir o realizar cualquier nuevo proyecto.

Generalmente, estos estudios son realizados por equipos interdisciplinarios que desde cada una de sus disciplinas verifican el posible impacto y las medidas de mitigación a la que es sometida la naturaleza. Entre los profesionales más cotizados para realizarlos se encuentran los biólogos, geólogos, economistas, arqueólogos, antropólogos y sociólogos.

En el caso de los sociólogos, la participación fundamental se basa en la identificación de variables sociológicas que midan el comportamiento de los grupos sociales en relación con los recursos naturales. El Decreto No. 209, sugiere un conjunto de variables para ser medidas, pero éstas sólo cobran significado por el análisis de especialistas de los grupos sociales. Ello se logra utilizando marcos teóricos que analizan la internalización (importancia), uso, significados y relación en la vida cotidiana que la población le da a la naturaleza, partiendo de dos supuestos: que la situación ambiental de una zona es el resultado de la relación de los grupos sociales con la naturaleza y que la introducción de cualquier nueva actividad producirá cambios en esa relación.

En los EIA, los sociólogos tienen la responsabilidad de proyectar cambios significativos a través de la identificación y medición de variables sociológicas. Es decir, el sociólogo debe identificar en cada fase del proyecto (desde el diseño, la ejecución y funcionamiento), las actividades que pueden modificar la realidad de la relación de los grupos sociales con la naturaleza.
La identificación de las variables va a depender de factores como el investigador, la complejidad y la zona donde se desarrollará el proyecto. Existen variables que no deben faltar en ningún EIA: El conflicto, la percepción ambiental, la percepción del proyecto, manejo de desechos, relaciones sociales y los instrumentos utilizados en la actividad económica que implica la utilización de recursos naturales.

La variable conflicto es fundamental, en la medida que permite prever las complicaciones que pueda tener la ejecución del proyecto por la diferencia de intereses en los actores sociales. Curiosamente, muchos promotores prefieren que se eviten estas preguntas por considerar que pueden hacer daño al proyecto, sin darse cuenta que permiten tomar acciones preventivas de conflicto.

En el caso de la zona del proyecto, el sociólogo debe identificar las zonas de impacto directo.
Muchas veces la zona de impacto directo para el sociólogo no es coincidente con la zona de impacto directo de los otros especialistas. El sociólogo debe tener en cuenta la relación que una comunidad tiene con la zona donde se desarrollará el proyecto y con las otras comunidades, para decidir cuáles serán más influidas por el proyecto. Algunas veces la zona de impacto directo del proyecto puede localizarse a muchos kilómetros de distancia de la zona de construcción, o también puede estar ubicada en un lugar muy cercano.

Después de recolectar la información necesaria, con distintos instrumentos de recolección de datos, que son creados sobre la base de indicadores desprendidos de las variables identificadas; el sociólogo deberá identificar los impactos positivos y negativos, y establecer las medidas de mitigación. Por otra parte, el Decreto No. 209 ordena la participación de la población en el proyecto, que puede darse de distintas formas a través de: Entrega de folletos, encuestas, entrevistas a actores claves, talleres informativos y foros públicos.

Los promotores y las consultoras ambientales buscan más a los sociólogos para estas actividades que para la medición propia de variables, cuando tanto la medición de variables como la información a la población son sumamente importantes para la realización del proyecto. Realizar la parte social de cualquier categoría de EIA es una investigación científica compleja que requiere seriedad, recursos y la idoneidad respectiva para lograrlo. La realidad está indicando que los EIA se han convertido en un negocio lucrativo y un simple requisito para la ejecución de cualquier proyecto, dado que todos los impactos al final resultan mitigables y la realidad está indicando que prácticamente ningún proyecto se detiene con los resultados de un EIA negativo.

En esta racionalidad acumulativa, la calidad de la parte social de los EIA está dejando mucho que desear, dado que un estudio no es poner preguntas en un papel y pensar que ya se cumplió con lo solicitado al menor costo posible. Es necesario contar con las competencias necesarias para esta labor y más aún si la actividad de sociólogo está regulada por la ley 1 del 3 de enero de 1996, dónde se prohíbe el ejercicio de la profesión a quien no posea certificado de idoneidad.

Se requiere de personal idóneo para realizar estos estudios, porque pueden traer consecuencias como las ya conocidas en proyectos que han generado conflicto. Es importante reconocer el esfuerzo de la ANAM en capacitar a los consultores y penalizar aquellas actitudes irresponsables, pero es necesario construir un equipo interdisciplinario que evalúe seria y de manera profunda los EIA realizados. Este será sólo el comienzo de mejorar una actividad que no puede encontrarse por debajo del interés económico.

José Lasso
Sociólogo especialista en Gestión Ambiental

Fuente: El Panamá América, 5 de junio de 2007.

Día mundial del Ambiente 2007

CELEBRACIÓN. UN CLIMA POCO HALAGÜEÑO.

¿Festejo ambiental?

Este año se celebra la versión 35 del Día Mundial del Medio Ambiente, establecido por la ONU.

LA PRENSA/Archivo

Las máquinas de Tropical Marina Inc. y los muros han llegado al borde del mar en Playa Blanca, María Chiquita

José Arcia
jarcia@prensa.com

Como marchan las cosas, llegará el día en que no habrá ambiente para celebrar.

Hoy, 5 de junio, se festeja el Día Mundial del medio ambiente con un clima poco halagüeño: malas noticias sobre el calentamiento global, reticencias de grandes potencias como China y Estados Unidos de comprometerse a hacer más por la Tierra y una pobreza física y mental que empuja a la mayor parte de los seis mil millones de habitantes del planeta a hacerle más daño.

El tema escogido como lema este año por el Programa de las Naciones Unidas para el Ambiente (PNUMA) compete a Panamá: el deshielo en el ártico y el calentamiento global. Ello es así por dos razones: el cambio climático puede ocasionar que se eleve el nivel del mar, lo que haría que algunas áreas como Bocas del Toro y la Avenida Balboa sean un recuerdo; y el hecho de que se derritan los hielos del Ártico permitiría la apertura de rutas marítimas como «atajos», que competirían con el Canal.

No hay que esperar mucho para ver el daño al ambiente. Un rápido vistazo, sin pretensiones científicas, de las últimas afectaciones en el país, así lo demuestra: devastación de manglares en Punta Chame, derrame de crudo en Chiriquí Grande, dudosa venta de áreas costeras en San Carlos, mortandad de peces en el puerto de Pedregal, derrame de gasolina en la quebrada La Verrugosa en Chiriquí Grande y muros que se levantan en las playas.

Panamá, tiene el 34% de los 75 mil 715 m2 de su territorio como áreas «protegidas». Sin embargo, la pobreza y los métodos de cultivo que conspiran contra las áreas boscosas; el auge turístico que empuja a construir casi en la playa; el boom inmobiliario; y la debilidad de las instituciones que tienen relación con el tema, hacen que esa protección sea una especie de témpano de hielo, a pleno mediodía, en la plaza central de Tonosí.

Archipiélago de Las Perlas, nueva área de manejo especial

Vía rápida

Archipiélago de las Perlas, zona especial

AMBIENTE. A partir de ahora, todo proyecto turístico, extracción de corales y pesca que se realice en el Archipiélago de las Perlas deberán regirse por la Ley 18 de 31 de mayo de 2007, que declara esta área como zona especial de manejo marino-costera, publicada ayer en Gaceta Oficial.

La Dirección General de Ordenación y Manejo Integral, de la Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá, se encargará de establecer un programa de manejo integral de esa zona. Además, deberá crear la unidad de conservación y vigilancia del área especial de manejo.

José González Pinilla

La nueva Ley que trata de proteger el Archipiélago de Las Perlas de la depredación, tiene algunos planteamiento en su texto como los siguientes:

Artículo 1. Se declara Zona Especial de Manejo Marino-Costera al Archipiélago de Las Perlas, ubicado en el distrito de Balboa, provincia de Panamá, que se incorporará al Programa de Manejo Costero Integral según lo establecido en la Ley 44 de 2006, con el propósito de proteger los recursos marino-costeros, aumentar su productividad y mantener la biodiversidad de sus ecosistemas, a fin de mejorar la calidad de vida de las comunidades que dependen de dichos recursos.

Artículo 2. Para el cumplimiento de los objetivos de la presente Ley, las autoridades competentes establecerán las medidas de coordinación necesarias que aseguren un desarrollo social y económico de la Zona, mediante un Plan de Manejo Costero Integral que garantice la sostenibilidad de las actividades extractivas y pesqueras.

Artículo 4. Se establece el Programa de Manejo Costero Integral para el Archipiélago de Las Perlas, cuya función será diseñar el Plan de Manejo Costero Integral, a través de la Dirección General de Ordenación y Manejo Integral de la Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá, con el apoyo de los actores y usuarios involucrados en el tema. Este
Programa tendrá la función de ejecutar, fiscalizar, evaluar, monitorear y elaborar el plan de desarrollo y uso sostenible de los recursos marino-costeros, guardando concordancia con los lineamientos y planes de desarrollo turístico sostenible.

Artículo 5. Se establece la Unidad de Conservación y Vigilancia de la Zona Especial de Manejo Marino-Costera del Archipiélago de Las Perlas, cuyas funciones son las de coordinar y ejecutar las acciones de conservación y vigilancia acordadas en el Plan de Manejo Costero Integral, con todos los actores con injerencia en la zona.

Artículo 10. Dentro de la Zona Especial de Manejo Marino-Costera del Archipiélago de Las Perlas, está prohibido lo
siguiente:

1. La tala, el uso y la comercialización de los bosques de manglar, sus productos, partes y derivados. Se exceptúa la tala en proyectos de desarrollo turístico, previa aprobación del estudio de impacto ambiental y el cumplimiento de la legislación vigente.

2. La extracción de corales y peces de arrecifes coralinos.

3. El uso de trasmallos de cualquier tipo o denominación, de chuzos, así como de otras artes y prácticas de pesca prohibidas por la legislación vigente.

4. El uso de palangres horizontales superficiales y a fondo. Se permite el uso de palangre vertical hasta un máximo de quince tanques por embarcación y máximo de cinco anzuelos por tanque.

5. El uso de redes de arrastre y de cerco mecánico industrial en toda la Zona Especial de Manejo Marino-Costera del Archipiélago de Las Perlas.

6. La pesca con tanques para buceo o cualquier otro método que provea al buzo de aire.

7. El uso de arpones, con excepción de los arpones de liga en la pesca a pulmón para fines deportivos no comerciales.

8. La pesca de tiburones y de rayas (Elasmobranquios).

9. La captura y comercialización de carne y huevos de todas las especies de tortugas marinas.

10. La pesca de langosta desde el 1 de diciembre hasta el 15 de abril de cada año.

11. El asedio de las poblaciones de cetáceos que utilizan las aguas de la Zona, en contravención al Reglamento para el Avistamiento de Cetáceos en Aguas Territoriales Panameñas.

12. La extracción de cualquier especie que la Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá tenga a bien regular con el objetivo de mantener niveles racionales y sostenibles en la pesca comercial, con la cual podrá establecer sistemas de licencia, vedas y cuotas de extracción basadas en la mejor evidencia científica disponible.

13. Cualquier otra actividad que atente contra los objetivos de la presente Ley.

El polígono de la nueva área insular de manejo especial es el siguiente:

Artículo 8. El polígono que define la Zona Especial de Manejo Marino-Costera del Archipiélago de Las Perlas está situado dentro del Golfo de Panamá en el Océano Pacífico, y consta de un área total aproximada de 168,771 hectáreas que abarca sus dos zonas satélites, divididas en 33,153 hectáreas de área insular, que incluye la zona marino-costera de todas las islas e islotes, y 135,618 hectáreas de área marina parte de la Plataforma Continental, la cual conforma un perímetro de 163 kilómetros.

Archipielago de Las Perlas Panama

Imagen ilustrativa del Archipiélago de Las Perlas, Golfo de Panamá 

Todo el límite de la Zona Especial de Manejo Marino-Costera está en el mar. El polígono imaginario se inicia en el Punto 1, con latitud 8º40’48.29″ Norte y longitud 79º06’05.59″ Oeste. Se sigue una línea imaginaria con rumbo Este 89º una distancia de 3.45 millas náuticas hasta el Punto 2. Desde este punto, con latitud 8º40’49.82″ Norte y longitud 79º02’37.46″ Oeste, se continúa con rumbo Sur 138º Este una distancia de 22.82 millas náuticas hasta el Punto 3. Desde este punto, con latitud 8º23’44.54″ Norte y longitud 78º47’14.04″ Oeste, se prosigue con rumbo Sur 180º una distancia de 6.83 millas náuticas hasta el Punto 4. Desde este punto, con latitud 8º16’53.01″ Norte y longitud 78º47’16.35″ Oeste, se continúa con rumbo Sur 226º Oeste una distancia de 7.97 millas náuticas hasta el Punto 5. Desde este punto, con latitud 8º11’17.79″ Norte y longitud 78º53’00.85″ Oeste, se continúa con rumbo Oeste 271º una distancia de 17.31 millas náuticas hasta llegar al Punto 6. Desde este punto, con latitud 8º11’23.33″ Norte y longitud 79º10’28.32″ Oeste, se continúa con rumbo Norte 9º Este una distancia de 29.66 millas náuticas hasta encontrar nuevamente el Punto 1.

Artículo 9. Se establecen dos zonas satélites de protección, que estarán localizadas fuera del polígono principal de la Zona Especial de Manejo Marino-Costera, pero vinculadas a esta, con las siguientes coordenadas:

1. Zona Satélite Roca Trollope, localizada en coordenada con latitud 08°06’53.95″ Norte y longitud 078°38’51.23″ Oeste, con un área de 4,316 hectáreas, formando un círculo imaginario con distancia de dos millas náuticas alrededor desde la roca.

2. Zona Satélite Isla Galera, localizada en coordenada con latitud 08°11’41.10″ Norte y longitud 078°46’32.71″ Oeste, con un área de 4,288 hectáreas, formando un círculo imaginario con distancia de dos millas náuticas alrededor desde la costa de la isla.

El texto completo de esta ley en el el link aquí en formato pdf.