Terrenos privados son un activo ambiental

Panamá, miércoles 5 de septiembre de 2007

ÁREAS PROTEGIDAS.

Terrenos privados, ¿un activo ambiental?

Claudia Martáns

Panamá cuenta con ecosistemas muy ricos en biodiversidad, muchos de los cuales son áreas protegidas que pertenecen al Estado y cuentan con alguna categoría de manejo como son: parques, refugios de vida silvestre, reservas hídricas, forestales, humedales de importancia internacional, monumentos naturales, entre otros. En contraste, a la riqueza biológica muchas de estas áreas son las más pobres de nuestro país, ejerciendo una gran presión sobre los recursos naturales.

Sin embargo, ha surgido una nueva figura que es: la conservación en terrenos privados, la cual involucra a los particulares dueños de terrenos, con el objeto de utilizar sus terrenos de una manera cónsona con el ambiente. En Estados Unidos de Norteamérica desde el año 2000, se ha estado aplicando este concepto en donde se involucra al sector privado, cooperativas, empresas, organizaciones no gubernamentales en la protección de los recursos naturales. En ese país, la conservación en terrenos privados ha sido todo un éxito, en el año 2006 se ha incrementado en un 54%, de 24 millones a 37 millones de acres. Obviamente esto está ligado a incentivos fiscales, técnicos, pago por servicios ambientales, fideicomisos (land trusts), servidumbres, ecológicas en los cuales los propietarios de terrenos privados dejan de utilizar sus tierras para agricultura o pastoreo a cambio de estos beneficios. De acuerdo con el Departamento de Agricultura de Estados Unidos, cada año hay más terrenos dedicados a la conservación que a la agricultura, y en consecuencia, esto ha llevado a la recuperación de ecosistemas frágiles, de especies en peligro de extinción, mejoramiento de la calidad del agua, paisajes, entre otros.

¿Pero qué es la conservación en terrenos privados? «Consiste en la realización de actividades de protección y uso apropiado de los recursos naturales con la participación voluntaria de actores privados» (C. Chacón).

La conservación en terrenos privados es de suma importancia, ya que la principal contribución al objetivo de conservación, más que ser áreas protegidas per se, es el de formar redes territoriales que permitan: proteger un conjunto de superficies significativas con ecosistemas prioritarios; formar parte de corredores biológicos que conecten áreas protegidas públicas o privadas entre sí, para el movimiento de las especies de fauna y flora; y formar parte de zonas de amortiguamiento en torno a las áreas protegidas públicas o privadas. Adicionalmente, con esta iniciativa se le quita la carga al Estado de proteger nuevas áreas protegidas sino que con la conservación en tierras privadas, se puede hacer énfasis en áreas de interés especial ambiental.

En países Latinoamericanos como: Chile, México, Paraguay, Colombia, Costa Rica, entre otros, ya se están aplicando herramientas de conservación mediante: fideicomisos, las servidumbres ecológicas, reservas privadas e incentivos para la conservación como es el pago por servicios ambientales. En el caso de Costa Rica el pago por servicios ambientales para la conservación en tierras privadas, ya está funcionando, en donde el Estado otorga 50 dólares por hectárea al año a los propietarios privados que tengan áreas de conservación, gracias a un impuesto arancelario a la gasolina que permite obtener los fondos para estos incentivos de conservación.

En Panamá, la Ley No.41 de 1998, la ley que crea la Anam, en el artículo 68 señala que: «el Estado estimulará la conservación de áreas protegidas en terrenos privados, a través de un sistema de incentivos fiscales y mecanismos de mercado, tales como los créditos canjeables por reforestación con especies nativas, los derechos de desarrollo sostenible y los pagos por servicios de conservación de beneficios nacionales y globales». Luego de este artículo, vemos que en nuestra legislación cabe la figura de conservación en tierras privadas y otorgando incentivos fiscales. Existe en discusión el anteproyecto de Ley del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (Sinap), que de aprobarse introduce las definiciones de servicios ambientales; servidumbres ecológicas, pago por servicios ambientales, entre otros y que serían de gran beneficio para la conservación en tierras privadas.

Incluso, ya en Panamá existe la Asociación Panameña de Red de Reservas Naturales Privadas, que es una organización sin fines de lucro, la cual agrupa a propietarios de terrenos con el fin de utilizar sus propiedades que son de alto valor ambiental de manera que sea cónsona con el ambiente.

Si usted tiene terrenos, los cuales considera que cuentan con algún valor ambiental, riqueza biológica, protección de fuentes hídricas, reserva forestal, refugio de vida silvestre, manglar, etc., piénselo dos veces antes de vender, urbanizar, talar o utilizarlo para la agricultura o de una manera incompatible con el ambiente, puede ser que en un futuro no muy lejano se hayan implementado los servicios ambientales y el Estado le pague a usted por conservarlo así.

 

La autora es abogada ambiental y miembro de la Comisión de Derecho Ambiental de UICN.

Vea además:  Red de Reservas Privadas de Panamá

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