Un precedente funesto para el medio ambiente
15 DE ABRIL. El juez segundo del Tercer Circuito Judicial de La Chorrera, Ricardo Mazza, confirmo lo que muchos habían previsto desde el año pasado: dictó un «sobreseimiento provisional» en el proceso que se le sigue a Rodolfo Charro Espino por la devastación de 38 hectáreas de manglar en Chame.Dice, sobre este fallo, el editorial de La Prensa del 15 de abril pasado: «El sistema de justicia fue puesto a prueba y una vez más falló», Y es que el fallo no es tanto absurdo como ilógico. No digo que «inexplicable» porque todos saben la «explicación» de tal fallo.
El que los hermanos Fontane retiraran la demanda por delito ecológico, debido a un acuerdo «extrajudicial» con el Sr. Espino es aceptable en nuestro sistema, pero de ninguna manera disminuye o anula el delito.Aceptar esto sería aceptar que la violación de las leyes y los fallos se compensa con dinero, o con influencias, lo que es totalmente inmoral (aunque no infrecuente en Panamá).Según el juez Mazza, este fallo se debió a que «no se logro demostrar que Espino cometió delito contra el medio ambiente, debido a que no se probó, de manera fehaciente, que hubiera daño irreversible al ecosistema» (sic).Lo que es un argumento no solo vago sino incorrecto, propio de un desconocedor de este tema tan especializado.
El juez ante todo, se debe basar en el principio «Pro Natura», obligatorio en estos procesos ambientales.Pero además tenemos que el juez aparentemente ignora los peritajes técnicos hechos por consultores independientes y de la Universidad Tecnológica, en los que no queda duda del daño irreversible al ecosistema.También interpreta, en la parte que le favorece al fallo, el detallado y excelente peritaje de la Autoridad Nacional del Ambiente (Anam), en el que se determina la violación de las normas, por no presentar el estudio de impacto ambiental y por el daño a los manglares de la desembocadura del río Chame.
Por esto, la Anam (Resolución AG-0407-2007), multa al Sr. Espino con poco más de 85 mil dólares. Y lo obliga a la recuperación del área afectada (no de otra área diferente). El fallo del juez Mazza contradice técnicamente al de la Anam.La mencionada resolución de la Arap se basa en una inspección dudosa que se hizo anteriormente, y que determinó que se habían devastado poco mas de 1.0 hectárea de manglar, por lo que, según la Arap, esto se compensó con una reforestación de mangle por parte del Sr. Espino, en un área determinada.Según un curioso informe de la Arap, esta reforestación se cumplió, pero cuando se fue a hacer la inspección la mayoría de los arbolitos no estaba y se atribuyó esto a que los cangrejos se los habían llevado. (sic).La realidad es que en Chame, 38 hectáreas de manglar fueron taladas, arrasadas con tractores, quemadas y en parte rellenadas con arena extraída de la playa.
La mayoría de la fauna del manglar fue exterminada, como constan los innumerables restos de crustáceos y moluscos que se observan en las áreas no rellenadas con arena.Este daño es irreversible e irrecuperable, no solo por razones técnicas, sino por razones prácticas, ya que hoy día estas tierras están costando más de 100 dólares el metro cuadrado.Y nadie va a reforestar con mangle en ellas, por más resoluciones de la Anam que salgan.
Eduardo A. Esquivel R.
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