AMBIENTE.
Petaquilla pierde demanda en la Corte
LA PRENSA/Archivo |
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La concesión para la mina es de 13 mil hectáreas. |
José Arcia
jarcia@prensa.com
La empresa Minera Petaquilla sufrió un revés en la Corte Suprema de Justicia. La Sala Tercera de la Corte, con la ponencia de Adán Arnulfo Arjona, y secundada por Víctor Benavides y Jacinto Cárdenas, declaró legales los artículos 3, 4, 5 y 6 del Decreto No. 209 del 5 de septiembre de 2006, que habían sido demandados por la empresa por considerarlos ilegales dentro del proceso administrativo que le sigue la Autoridad Nacional del Ambiente (Anam).
El decreto establece sanciones para las empresas que empiezan actividades o proyectos sin tener aprobado un estudio de impacto ambiental.
José Gabriel Carrizo, abogado de la empresa, dijo que desconoce el fallo.
PROCESO.FALLO DE LA CORTE DECLARA LEGAL DECRETO DE LA ANAM.
Petaquilla sufre revés legal
La Anam continuará el proceso administrativo contra Minera Petaquilla, por incumplir normas.
Empresa había demandado por ilegal el Decreto 209 que regula procesos de evaluación ambiental.
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CAMINO. La Anam empezó un proceso de investigación en contra de Minera Petaquilla, por haber comenzado la construcción de una carretera sin tener un estudio de impacto ambiental. |
José Arcia
jarcia@prensa.com
La Autoridad Nacional del Ambiente (Anam) seguirá el proceso administrativo contra la empresa Minera Petaquilla, por haber empezado su actividad minera sin tener el estudio de impacto ambiental.
Así reaccionó ayer el director de asesoría legal de la Anam, Harley Mitchell, al conocer la decisión de la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia que declaró legales los artículos 3, 4, 5 y 6 del Decreto Ejecutivo No. 209 del 5 de septiembre de 2006, que habían sido demandados por la empresa, por ilegales, dentro del proceso administrativo que la Anam le sigue por empezar actividades sin tener el estudio de impacto ambiental.
El decreto, que regula los procesos de evaluación ambiental contenidos en la Ley General del Ambiente, establece sanciones para las empresas que comiencen actividades, obras o proyectos sin contar con los respectivos estudios de impacto ambiental.
En 2005, la Anam le abrió un proceso a la empresa Minera Petaquilla por haber comenzado una obra sin los estudios requeridos. El proceso fue ampliado en 2006, cuando la Anam descubrió la realización de otras actividades sin la evaluación ambiental.
La compañía presentó la demanda de ilegalidad en contra del Decreto 209 alegando, entre otros aspectos, que la norma violaba el contrato de concesión entre Minera Petaquilla y el Estado, aprobado por la Ley número 9 del 26 de febrero de 1997.
José Gabriel Carrizo, uno de los abogados de la empresa, dijo desconocer el fallo, pero argumentó que a la compañía no se le pueden aplicar esos artículos porque está amparada en un contrato de ley.
A juicio de la empresa, el contrato, al ser aprobado por ley, “ocupa una posición jerárquica superior al decreto”.
Mitchell dijo no entender la demanda, porque a la empresa se le abrió un proceso de acuerdo con lo que establece la Ley 41, mejor conocida como Ley General del Ambiente.
Los magistrados de la Sala Tercera de la Corte concluyeron en su dictamen “que es preciso destacar que el contrato administrativo no tiene jerarquía de ley”.
Mitchell dijo que la empresa aún no cuenta con los estudios de impacto ambiental aprobados para el proyecto de explotación de los minerales metálicos (oro y plata).
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