Declaran nulo contrato de teleférico
La Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia declaró ilegal el contrato entre la antigua ARI y la sociedad Inversiones Guararé Teleférico.
JOSÉ ARCIA
jarcia@prensa.com
El contrato de concesión para la construcción de un teleférico en el cerro Ancón es ilegal. Así lo declararon de forma unánime los magistrados de Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia en un fallo emitido el pasado 30 de junio.
El 19 de marzo de 2004, la desaparecida Autoridad de la Región Interoceánica (ARI) firmó un contrato de concesión con la sociedad Inversiones Guararé Teleférico para construir el proyecto.
Los magistrados –Víctor Benavides (ponente), Jacinto Cárdenas y Adán Arnulfo Arjona– consideraron que el contrato violaba el artículo 66 de la Ley 41 de 1998, que crea el Sistema Nacional de Áreas Protegidas y da la potestad a la Autoridad Nacional del Ambiente (Anam) de otorgar concesiones dentro de esas zonas.
El Cerro Ancón fue declarado área protegida por el Municipio de Panamá en 2001.
El fallo de los magistrados responde a una demanda de nulidad que presentó el abogado José Santos, a título personal, en contra del contrato. La demanda se sustentaba en que la ARI no podía otorgar concesión en área protegida porque es potestad de la Anam.
Los magistrados no solo emitieron el fallo, sino que hicieron pública su decisión. En un anuncio publicado ayer en medios impresos, la Sala Tercera señala que el “fallo representa un avance en materia ecológica, pues se respetan las modernas corrientes de protección ambiental”. La decisión, señala el comunicado, preserva la riqueza forestal del histórico cerro Ancón.
Se intentó, sin éxito, localizar a un representante de la empresa. Los vecinos del Cerro Ancón celebraron el fallo de la Corte.
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