Aclaran datos de reportaje
25 DE ENERO.
Por este medio me permito aclarar que la ley que creó el Parque Nacional Camino de Cruces es la Ley 30 de 1992, la que redefinió sus límites es la Ley 29 de junio de 1995 y la Ley 21 de 1997, que ordena la incorporación como parte del parque de los bosques de rica biodiversidad de lo que fue la antigua base militar de Clayton. La Ley 29 definió los límites del Parque Camino de Cruces utilizando coordenadas geográficas y puntos referenciales en campo, que permite con nuevas tecnologías ubicar los límites de una manera más certera.

Gallinazos en el Parque Nacional Camino de Cruces. Foto: A. Rodríguez
La información contenida en el reportaje del domingo 25 de enero de 2009 titulado: “Se pierden bosques urbanos”, indicó erróneamente que los límites mostrados en la infografía fueron definidos con la Ley 30 de 1992. Igualmente, indica que nosotros [Alianza para la Conservación y el Desarrollo] interpusimos una denuncia por delito ambiental ante el Ministerio Público, cuando lo que pedimos es una investigación que deslinde las responsabilidades del porqué estas tierras, que tienen bosques del Parque Camino de Cruces, pueden ser utilizadas para hacer urbanizaciones, cuando el área es forestal y debe estar protegida con la Ley Forestal, y bajo qué figuras estas tierras han quedado en manos privadas.
Con la noticia se aclara un poco quién detenta la titularidad de la tierra en disputa, mas eso no exime a la Caja de Ahorros o a sus “fideicomitantes” de la responsabilidad de proteger el estatus jurídico y ecológico del área, dado que esta parte del parque y la zona contigua es de amortiguamiento, donde una urbanización que desnaturaliza el área es contraria a estos fines supremos de conservación.
El Gobierno y sus funcionarios están obligados a cumplir el régimen ecológico de la Constitución Nacional, la Ley Forestal, las leyes que configuran el Parque Nacional Camino de Cruces, el Código Penal, de lo contrario se atienen a ser demandados administrativa y penalmente. La seguridad jurídica debe ser para la defensa del patrimonio nacional como lo son estos bosques urbanos y los que están dentro de los linderos del parque. Debe buscarse a todos los funcionarios responsables que han incumplido u omitido las leyes para permitir la enajenación y mal uso de estas tierras en los últimos 13 años.
Ariel Rodríguez Vargas Alianza para la Conservación y el Desarrollo
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