CIDH admite demanda de indígenas Ngobes ante proyecto hidroeléctrico Chan 75

CIDH admite demanda de indígenas Ngobes de Panamá

afectados por el proyecto hidroeléctrico Chan 75

Burica Press – Derechos Humanos. 9.9.2009

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha admitido la demanda presentada por las comunidades Ngobes afectadas por la concesión y toma forzada de sus tierras en la cuenca del Río Changuinola en Panamá, para la construcción de la represa hidroeléctrica Chan 75. Esta obra es parte de un proyecto de generación eléctrica de la empresa AES Changuinola y el gobierno panameño que es accionista del 49% de esta corporación empresarial.

La CIDH examinó la denuncia de los peticionarios y ha aprobado el informe sobre admisibilidad No. 75/09 de acuerdo al artículo 46 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Se constituye en el caso 12,717 de la CIDH.

Valle del Río Changuinola donde habitan aproximadamente 1000 indígenas ngobes.  Sus tierras fueron concesionadas por el estado panameño sin el consentimiento libre, previo e informado.  Los ecologistas tampoco apoyan el proyecto debido a que son proyectos de alto impacto en áreas protegidas con reconocimiento internacional.

Valle del Río Changuinola donde habitan aproximadamente 1000 indígenas ngobes. Sus tierras fueron concesionadas por el estado panameño sin el consentimiento libre, previo e informado para la construcción de una gran represa denominada Chan 75. Los ecologistas tampoco apoyan el proyecto debido al enorme alto impacto sobre áreas protegidas con reconocimiento internacional. Foto: Cortesía de ACD Panamá

En dos meses la CIDH debe dar su veredicto de fondo sobre esta denuncia de violación a los derechos humanos de comunidades indígenas Ngobes en Panamá y también ha indicado en su comunicación formal que pone a disposición de las partes involucradas una solución amistosa conforme al artículo 48 (1) (f) de la Convención Americana.

El 18 de junio de 2009 la CIDH otorgó medidas cautelares a favor de los miembros de las comunidades indígenas del pueblo Ngöbe, asentadas a lo largo del Río Changuinola en la provincia de Bocas del Toro, Panamá. En la solicitud de medidas cautelares se alega que en mayo de 2007 se aprobó una concesión por 20 años en un área de 6.215 hectáreas dentro del bosque protegido Palo Seco a favor de una empresa para la construcción de represas hidroeléctricas en el curso del río Teribe-Changuinola.

El informe de medidas cautelares indicó que una de las represas autorizadas para construir es Chan-75, en construcción desde enero de 2008, y que inundará el lugar donde se encuentran establecidas cuatro comunidades indígenas Ngöbes: Charco la Pava, Valle del Rey, Guayabal y Changuinola Arriba, con una población aproximada de 1.000 personas, y que otros 4.000 indígenas Ngöbes se verían asimismo afectados por su construcción. Los indígenas peticionarios alegan que las tierras afectadas por la represa forman parte de su territorio ancestral, utilizado para ejercer sus actividades tradicionales de caza y pesca.

La Comisión Interamericana consideró en junio de 2009 que correspondía otorgar medidas cautelares con el fin de evitar daños irreparables al derecho de propiedad y la seguridad del pueblo indígena Ngöbe asentado en la provincia de Bocas del Toro.

La CIDH solicitó al Estado de Panamá suspender las obras de construcción y demás actividades relacionadas con la concesión hasta tanto los órganos del sistema Interamericano de Derechos Humanos adopten una decisión definitiva sobre el asunto planteado en la Petición 286/08, en la cual se alega presuntas violaciones a los derechos consagrados en los artículos 5, 7, 8, 13, 19, 21, 23 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. El Estado panameño se negó a acatar las medidas cautelares alegando debido falta del debido proceso por parte de los comisionados de la CIDH.

Asimismo, la CIDH solicitó al Estado de Panamá adoptar las medidas necesarias para garantizar la libre circulación y la vida e integridad personal de los miembros de la comunidad Ngöbe con el fin de evitar actos de violencia o medidas intimidatorias.

El Estado panameño ha alegado que se declare inadmisible la petición por cuanto no observan configuración alguna de violación a los derechos humanos y según ellos no se han agotado los recursos internos. Sin embargo, la CIDH luego de los análisis jurídicos pertinentes de las versiones de ambas partes ha decidido admitir esta demanda, ya que los argumentos del Estado panameño fueron ambiguos y no respondieron de manera directa de cómo se le ha garantizado el respeto a los derechos humanos de las poblaciones indígenas afectadas por el proyecto hidroeléctrico.

Igualmente la CIDH observa que el recurso de amparo de garantías constitucionales ante la Corte Suprema de Justicia, a favor de los Ngobes en razón de la concesión de más de 6 mil hectáreas de áreas con poblaciones indígenas no ha sido resuelto a pesar que fue interpuesto el 22 de diciembre de 2007. Esto se considera una falla denominada retardo injustificado de un proceso donde se alegan violaciones a los derechos humanos.

La CIDH incluirá el informe de admisibilidad en el Informe Anual de la Comisión a la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos.

Vea además:

CARTA INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS

ADMISIÓN DE DEMANDA DE LOS NGOBES EN LA CIDH

DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS

CIDH ordena suspender hidroeléctrica Chan 75

CIDH ordena suspender hidroeléctrica

El proyecto Chan 75, que construye la empresa Aes Changuinola, en Bocas del Toro, enfrenta escollos legales debido a los desalojos hechos por la compañía en comunidades indígenas.

JOSÉ ARCIA
jarcia@prensa.com

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) pidió al Gobierno panameño suspender la construcción de la hidroeléctrica Chan 75, que efectúa la empresa Aes Changuinola sobre el río Changuinola, en Bocas del Toro.

Además, la CIDH pidió que se suspendan las actividades relacionadas con la concesión que el Estado le otorgó a la empresa a lo largo del río Changuinola, hasta que el Sistema Interamericano de Derechos Humanos adopte una decisión definitiva sobre las supuestas violaciones a los derechos de los indígenas.

La medida de la CIDH obedece a una denuncia que presentaron la Alianza para la Conservación y el Desarrollo (ACD), de Panamá, y Cultural Survival, de Estados Unidos, en representación de las comunidades indígenas afectadas por las obras.

La denuncia se basa en que Aes Changuinola y el Gobierno panameño “violaron” los derechos de los indígenas al desalojarlos de sus comunidades de manera “forzosa” y, además, no se les permitió el libre consentimiento para decidir sobre la construcción del proyecto hidroeléctrico.

La CIDH también pidió al Gobierno panameño adoptar medidas para garantizar la libre circulación, la vida y la integridad personal de los indígenas Ngäbe, con el fin de evitar actos de violencia. Esto, luego que en enero de 2008, la Policía Nacional arrestó a unos 40 indígenas que protestaban en contra del proyecto.

Plazo de 20 días para informar sobre proyecto Chan 75

JOSÉ ARCIA
jarcia@prensa.com

El Gobierno panameño tiene 20 días para presentar un informe a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), sobre el cumplimiento de una medida cautelar que pidió el organismo internacional a favor de las comunidades indígenas ngäbe, afectadas por la construcción del proyecto hidroeléctrico Chan 75 en Changuinola, provincia de Bocas del Toro.

El organismo internacional decidió, el pasado miércoles 17 de junio, adoptar una medida cautelar a favor de los indígenas, a “fin de evitar daños irreparables al derecho de propiedad y a la seguridad del pueblo ngäbe asentado en la provincia de Bocas del Toro”.

En este sentido, la CIDH pidió al Gobierno suspender las obras de construcción del proyecto hidroeléctrico Chan 75, que desarrolla la empresa Aes Changuinola, subsidiaria de Aes Panamá.

El informe sobre el cumplimiento de esa acción debe ser actualizado periódicamente y, luego, la Comisión decidirá si levanta la medida o la prolonga. La CIDH adoptó la medida en respuesta a una demanda –por violación de derechos humanos– que presentaron Alianza para la Conservación y el Desarrollo (ACD) y Cultural Survival en nombre de las comunidades indígenas.

Susana Serracín, de la ACD, dijo que la medida “constituye un logro importante en la lucha del pueblo ngäbe, que se encuentra sumido en una situación de gravedad y urgencia por la construcción del proyecto”.

Al consultar a la empresa, esta consideró que es al Gobierno a quien le corresponde emitir comentarios sobre la decisión de la Comisión.

Se intentó, sin éxito, buscar una versión del Gobierno sobre este caso.

Lucha por medio ambiente cambia a la CIDH

conservación del medio ambiente

El nuevo reto de la CIDH

Santiago Cantón, secretario ejecutivo de la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos, habla sobre la necesidad de fortalecer la entidad para atender las denuncias relacionadas con el medio ambiente.

Santiago Cantón LA PRENSA/ Jorge Fernández1215658

JOSÉ ARCIA
jarcia@prensa.com

La lucha por la conservación del medio ambiente ha llevado a la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) a plantearse la reestructuración de la entidad.

Santiago Cantón, secretario ejecutivo de la Comisión, dijo que la entidad atiende muchos casos relacionados con el medio ambiente, pero desde la perspectiva del derecho a la vida.

El surgimiento del sistema de protección de los derechos humanos fue creado tomando en cuenta las “atrocidades” de la Segunda Guerra Mundial. Ahora existe una serie de preocupaciones, como el calentamiento global y la protección del medio ambiente, que no están concebidas como derechos humanos, pero que están encontrando su espacio en el sistema de protección a este tipo de derechos.

“Es importante contar con una estructura interna de la Comisión que nos permita ver el tema ambiental con más detalle”, dijo.

Añadió que lamentablemente no se cuenta con los recursos para realizar la reestructuración, pero que ojalá se pueda hacer más adelante. El tema es analizado a lo interno y a través de relatorías, como ocurrió con el derecho a la libertad de expresión. El camino

Indígenas de Panamá apelan por asistencia de protección a sus tierras

Grupos indígenas de Panamá apelaron por asistencia de protección a sus tierras

Miembros de grupos indígenas en peligro de Panamá dieron testimonio personal ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) considerando que el gobierno de Panamá le ha negado los derechos fundamentales de propiedad, igualdad y cultura garantizada por la Declaración de los Derechos y Deberes del Hombre de la Organización de los Estados Americanos (OEA). Panamá en virtud de tratados y obligaciones constitucionales está violando las leyes internacionales ya que el gobierno panameño no ha podido proteger los derechos de los pueblos indígenas a sus tierras comunales y ha favorecido actividades de desarrollo y turismo sin el consentimiento libre, previo e informado, que ponen en peligro gravemente las culturas indígenas asentadas en esos territorios con formas tradicionales de vida y tierras ecológicamente sensibles que deben ser protegidas.

ESCUCHE EL AUDIO DE LA SESIÓN DEL 28 DE OCTUBRE DE 2008: Audiencia sobre violación a los derechos territoriales indígenas en Panamá

Akin Gump Strauss Hauer & Feld LLP, junto a Holland & Hart LLP, representaron pro bono la última monarquía del Hemisferio Occidental, el grupo indígena Naso Teribe, que desean obtener la designación de sus tierras como una Comarca, o sea un área que les provea libre gestión y administración de los asuntos públicos y poner fin a más de 30 años de lucha con el Gobierno de Panamá y una empresa de Colombia que quieren desarrollar una presa hidroeléctrica en Panamá en una las últimas reservas tropicales intactas.

Akin Gump y Holland & Hart organizaron esta tan esperada «audiencia» en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en coordinación con otras organizaciones de Estados Unidos y Panamá  y cinco líderes indígenas en representación de las diversas comunidades indígenas de Panamá.

Los participantes como peticionarios fueron los siguientes:

• Hugo Sanchez and Felix Sanchez, Grupo indígena Naso
• Feliciano Santos and Ernesto Lopez, Grupo Indígena Ngobe
• Leonides Quiroz, Grupo Indígena Wounaan
• C. Keanin Loomis, Akin Gump Strauss Hauer & Feld
• Emily Schilling, Holland & Hart, LLP
• Ellen Lutz, Cultural Survival
• Osvaldo Jordan, Alianza para la Conservacion y Desarrollo
• Tyler McNish, Native Future

Por parte del Gobierno de Panamá estuvieron:

Aristides Royo, Embajador de Panamá ante la OEA
Edgardo Sandoval, Ministerio de Relaciones Exteriores
Lorena Aparicio, Ministerio de Relaciones Exteriores

CIDH insta a respetar los derechos de indígenas

Relatoría de la CIDH insta a respetar los derechos de indígenas

Washington, D.C., 8 Ago (Erbol).- La Relatoría sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) instó hoy a los Estados miembros de la OEA a velar por el respeto y garantía de los derechos humanos de los pueblos indígenas, en especial sus derechos sobre la tierra, territorio, recursos naturales, la participación y consulta.

La CIDH, a través de Relator, el comisionado Víctor Abramovich, ve con preocupación la frecuencia de los conflictos sociales y hechos de violencia asociados con disputas sobre las tierras, territorios y recursos naturales de los pueblos indígenas. Estas situaciones de conflicto, normalmente surgen porque los Estados no garantizan en forma debida la protección de los territorios indígenas ni les garantizan el derecho a participar en las decisiones sobre las actividades que afectan sus derechos.

Dada la situación que enfrentan los pueblos indígenas en las Américas, la CIDH a través de la Relatoría sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, está preparando un estudio temático sobre el alcance del derecho a la consulta y su vinculación con el derecho sobre la tierra, el territorio y el acceso a los recursos naturales. La CIDH hace una invitación a representantes de pueblos indígenas, de la sociedad civil, los Estados e instituciones académicas a que presenten solicitudes de audiencias temáticas y otros aportes para contribuir al estudio de la Relatoría.

La CIDH recuerda a los Estados que el derecho internacional de los derechos humanos reconoce específicamente los derechos de los pueblos indígenas a sus tierras, territorio, y recursos naturales. La jurisprudencia del sistema interamericano ha reafirmado además el deber de los Estados de consultar a los pueblos indígenas con respecto a cualquier actividad o proyecto económico que afecte sus tierras y recursos naturales, incluyendo los casos en que el Estado busca explotar recursos del subsuelo. El derecho a la consulta comprende el deber positivo de los Estados de disponer mecanismos idóneos y eficaces a fin de obtener el consentimiento previo, libre e informado de acuerdo a las costumbres y tradiciones de los pueblos indígenas, antes de emprender actividades que impacten sus intereses o puedan afectar sus derechos sobre sus tierras, territorio o recursos naturales.

En el mismo sentido, la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas reconoce la “urgente necesidad de respetar y promover los derechos intrínsecos de los pueblos indígenas, que derivan de sus estructuras políticas, económicas y sociales y de sus culturas, de sus tradiciones espirituales, de su historia y de su concepción de la vida, especialmente los derechos a sus tierras, territorios y recursos”. Asimismo dispone que los Estados “celebrarán consultas y cooperarán de buena fe con los pueblos indígenas interesados por conducto de sus propias instituciones representativas a fin de obtener su consentimiento libre e informado antes de aprobar cualquier proyecto que afecte a sus tierras o territorios y otros recursos, particularmente en relación con el desarrollo, la utilización o la explotación de recursos minerales, hídricos o de otro tipo”.

La Comisión Interamericana considera urgente que los Estados miembros realicen los esfuerzos necesarios para cumplir con las recomendaciones de la CIDH y las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que tratan sobre los pueblos indígenas y su especial relación con la tierra y recursos naturales y sobre todo el derecho a ser consultados sobre cualquier medida o actividad que afecten dichos derechos.

La CIDH creó la Relatoría sobre Derechos de los Pueblos Indígenas en 1990 con el objetivo de brindar atención a los pueblos indígenas de América que se encuentran especialmente expuestos a violaciones de derechos humanos, así como también fortalecer, impulsar y sistematizar el trabajo de la propia Comisión Interamericana en el área.

La Relatoría anunció que en nombre de la CIDH, continuará monitoreando de cerca los avances en el respeto de los derechos de los pueblos indígenas en el continente americano.