«Ley Langosta» ya tiene tres demandas en la Corte

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

La ‘ley langosta’ y sus 3 demandas

La Ley 30 (conocida como Ley Chorizo o Ley Langosta) ha sido demandada por inconstitucional ante la máxima corporación de justicia. El magistrado Alejandro Moncada Luna es el ponente. Hay una huelga programada para presionar por la anulación
DEIVIS ELIECER CERRUD
dcerrud@laestrella.com.pa

PANAMÁ. La batalla contra la repudiada Ley 30 de 16 de junio de 2010, conocida como ‘ley langosta’, y que provocó la unión de sectores sociales históricamente opuestos que amenazan con una huelga general para que se derogue, se ha trasladado al alto tribunal de justicia panameño.

Hasta el momento se han presentado tres demandas de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Justicia para que la norma sea anulada.

La ‘ley langosta’, que modifica los códigos de Trabajo, Judicial y Penal, además de seis leyes diferentes, en medio de legislación de aviación, mantiene una disputa entre grupos ambientalistas, sindicales, opositores y el gobierno.

Un punto recurrente en las bases de demandas es que la Asamblea Nacional fue convocada por el Ejecutivo para tratar materia de aviación nacional, pero no otros temas.

Incluso, se expone como fundamento que no se cumplió con la obligación de llevar las materias a las respectivas comisiones.

UNIÓN DE GRUPOS

Tal como lo habían anunciado, ayer una treintena de organizaciones sindicales, ambientales, médicas y sociales presentaron ante la Corte una demanda de inconstitucionalidad contra la ‘ley langosta’. Diez abogados, encabezados por los ex procuradores generales de la Nación Rogelio Cruz y Rafael Rodríguez, así como los ex fiscales Rolando Rodríguez y Carlos Herrera Morán, llevaron la demanda grupal.

‘Esta es solo la primera de tres demandas que se presentarán esta semana, porque se violó el procedimiento de la Asamblea’, afirmó Saúl Méndez, del Suntracs.

La demanda es sustenta en 9 hechos que, según los demandantes, la viciaron.

Se plantea presentar otra demanda el próximo viernes 25 de junio, pero tocando temas específicos de los sectores laborales y del ambiente.

No todo acaba allí. En horas de la tarde, el Movimiento de Abogados Gremialistas, cuyo presidente es el ex procurador Cruz, presentó otra demanda de inconstitucionalidad en nombre del gremio de abogados.

PRIMERA DEMANDA

La primera demanda por inconstitucionalidad la presentó el pasado jueves 17 el abogado Ernesto Cedeño, doctor en Derecho.

Cedeño explicó que se violó el bloque de la constitucionalidad cuando se presentan sesiones extraordinarias.

‘El Estado no honra políticas serias’, denunció, al tiempo que advirtió que se violó el Reglamento Interno de la Asamblea y el procedimiento de discusión de proyectos.

En medio de críticas y una Asamblea sitiada por antimotines, los diputados aprobaron en tercer debate el proyecto 177 el pasado sábado 12 de junio.

El Palacio Gil Ponce informó que todas las demandas presentadas contra la Ley 30 serán tratadas por el magistrado Alejandro Moncada Luna.

Panameños siguen demandando derogar Ley 9 en 1

Marcha pacífica llega a la Presidencia

Miles demandan derogar ley 9 en 1

El rechazo a la polémica Ley 30 ha unido a sindicalistas, empresarios, estudiantes, profesores, ambientalistas y profesionales diversos.

repudio. Miles de personas pertenecientes a más de 60 gremios marcharon por la capital para exigir la inmediata derogatoria de la nueva legislación. LA PRENSA/Carlos Lemos

Isidro Rodríguez
irodriguez@prensa.com

A pocos días de cumplir su primer año en el poder, el mandatario Ricardo Martinelli enfrentó su primera marcha multitudinaria de rechazo a su gestión, convocada por más de 60 organizaciones sindicales y sociales para demandar la derogatoria de la polémica Ley 30 (conocida como 9 en 1).

Bajo una pertinaz lluvia, miembros de sindicatos, ambientalistas, médicos, docentes, servidores públicos, estudiantes y grupos de la sociedad civil, marcharon para exigir la derogatoria de la ley que reformó tres códigos y seis leyes nacionales.

La ley, la más polémica aprobada por la actual administración, establece –entre otras cosas– la posibilidad de eliminar la evaluación ambiental oficial, y limita el derecho a huelga.

Con pancartas con mensajes como “Panamá no se vende” y gritando consignas contra el gobierno y los diputados, los manifestantes recorrieron pacíficamente la ruta que los condujo desde el parque Porras hasta la Plaza de la Independencia, cerca del Palacio Presidencial.

Al llegar a las inmediaciones del Palacio de las Garzas, los manifestantes entregaron una carta al mandatario en la que demandan la derogatoria de la ley. También convocaron para otra manifestación el 29 de junio.

Gremios como el Consejo Nacional de Trabajadores Organizados analizarán la posibilidad de llamar a una huelga general.

En David, Chiriquí, y en otras comunidades del interior del país también se realizaron manifestaciones de protesta.

En la mañana de ayer, el presidente, Ricardo Martinelli, calificó la polémica ley como “necesaria”, y aseguró que no la derogará.

polémica legislación que reformó tres códigos y seis leyes nacionales

Miles repudian la ley 9 en 1

A pocos días de cumplir un año en el poder, el gobierno de Martinelli enfrenta la primera protesta multitudinaria por polémica legislación.

manifestantes. Con pancartas contra ministros de Estado y gritando consignas, los participantes exigieron la derogatoria de la Ley 30 y amenazaron con realizar una huelga general si no se deroga. LA PRENSA/Eduardo Grimaldo

Isidro Rodríguez
irodriguez@ prensa.com

Bajo una pertinaz lluvia, miles de personas pertenecientes a grupos ambientalistas, sindicatos obreros, educadores, médicos, estudiantes y servidores públicos, marcharon ayer de forma pacífica para demostrar su repudio a la recién sancionada Ley 30, que reformó los códigos de Trabajo, Penal y Judicial, así como otras seis leyes.

Los primeros en llegar al lugar del inicio de la manifestación –el parque Porras– fueron los miembros del Sindicato Único Nacional de Trabajadores de la Construcción (Suntracs).

A las 4:30 p.m., tras esperar que la lluvia amainara, partió la marcha.

A pesar de que la mayoría de los manifestantes eran miembros del Suntracs, fue también notoria la participación de jóvenes miembros de distintas organizaciones que luchan por el ambiente. “El Gobierno quiere vender a Panamá”, denunciaban.

También marcharon dirigentes de gremios médicos y de docentes.

Los manifestantes tomaron por la Avenida Perú y luego por Calidonia. Desde los balcones, la gente aplaudía. “Si se unen los mirones no nos vencerán”, fue la respuesta de los manifestantes.

Al pasar por la Asamblea Nacional, los manifestantes se detuvieron y gritaron consignas contra los diputados: “ahí están, esos son, lo que venden la nación”.

La marcha continuó por la Peatonal y la Avenida B para entrar a San Felipe, llegando a los predios del parque Catedral a eso de las 6:00 de la tarde. Ahí encontraron a los antimotines, que resguardaban férreamente el área.

Jaime Cohen, secretario de asuntos comunitarios, salió a recibir a la comitiva designada por los manifestantes. “Me retiro porque aquí no hay nada que hacer” fue su comentario, tras recibir una carta dirigida al presidente, Ricardo Martinelli, que le entregó el dirigente magisterial Mario Almanza.

Luego, dirigentes de cada gremio participaron en un corto mitin, retirándose pacíficamente antes de las 7:00 de la noche.

CONTRADICCIONES

En la mañana de ayer, el presidente Martinelli aseguró que “es lo que más le conviene al país”, mientras que su vicepresidente, Juan Carlos Varela, habló de que “nada está escrito en piedra”.

En sus primeras declaraciones sobre el tema tras retornar al país, el Presidente aludió a los errores en la divulgación cometidos por el gobierno, pero que de haberse hecho en leyes separadas, las reformas hubieran tardado años en aprobarse.

Martinelli negó que la ley es “una licencia para que los policías maten”, como se ha denunciado, y calificó de “falso” el hecho de que no se exigirán los estudios de impacto ambiental.

Con respecto a las reformas al Código de Trabajo, Martinelli dijo lo mismo que se ha estado escuchando de boca de sus ministros: que se trata de recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

(Con información de Mary Trini Zea)

EL LUNES PRESENTAN ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD

El secretario de Derechos Humanos del Colegio Nacional de Abogados, Carlos Herrera Morán, y el presidente del Movimiento de Abogados Gremialistas, Rogelio Cruz, anunciaron que este lunes presentarán una demanda de inconstitucionalidad contra la recién sancionada Ley 30.

Herrera destacó que de esta acción legal participan todas las agrupaciones y gremios ambientales, sindicalistas, profesionales y ciudadanas que se oponen a la norma, por ser esta violatoria de los derechos humanos y la Constitución. Según Cruz, la nueva ley permitirá que miembros de la Fuerza Pública asesinen y no sean investigados. “Esto es impunidad”, expresó.

Félix Wing, del Centro de Incidencia Ambiental (Ciam), opinó que detrás de la aprobación de la Ley 30 hay intereses de empresas que licitan con el Estado. Saúl Méndez, del Suntracs, también aludió a intereses ocultos.

Eduardo Mendoza

Análisis a cambios introducidos a la Ley General de Ambiente por la Ley 30 de 2010 (9 en 1)

Análisis a cambios introducidos a la Ley General de Ambiente por la Ley 30 de 2010 (Ley 9 en 1)

Tania Arosemena Bodero

ARTÍCULO 31 (Ley 30 de 2010)

Con este se introduce en el glosario de términos de la Ley General de Ambiente, la definición de Guía de Buenas Prácticas Ambientales:

“Conjunto de políticas generales o específicas que complementan las regulaciones ambientales vigentes, referentes a acciones de prevención, corrección o compensación que los promotores de un proyecto, obra o actividad de desarrollo implementen, a fin de promover la protección y prevenir daños en los factores ambientales. Forman parte del sistema de gestión ambiental”

COMENTARIOS:

La definición anterior fue introducida por primera vez, en el Decreto Ejecutivo 209 del 5 de septiembre de 2006, que reglamentaba los Estudios de Impacto Ambiental.

“Guía de Buenas Prácticas Ambientales: Conjunto de políticas generales o específicas que complementan las regulaciones ambientales vigentes, referentes a acciones de prevención, corrección o compensación que los promotores de un proyecto, obra o actividad de desarrollo implementen, a fin de promover la protección y prevenir daños en los factores ambientales.”

Además, el Decreto Ejecutivo 209, establecía en su artículo 3 que los proyectos incluidos en la lista taxativa de actividades sometidas a los Estudios de Impacto Ambiental cuyo desarrollo no afecte los criterios de protección ambiental podían consultar a la Autoridad Nacional del Ambiente si para su desarrollo era factible acogerse a la Guía de las Buenas Prácticas Ambientales.

No obstante, al ser derogado el Decreto Ejecutivo 209 por el DE 123 del 14 de agosto de 2009, que regula actualmente los Estudios de Impacto Ambiental en nuestro país, se elimina la consideración de las Guías de Buenas Prácticas, salvo en materia de prevención de desastres naturales tal como señala el artículo 73:

“Articulo 73: Como parte de las gestiones preventivas a desarrollar por la ANAM ante las autoridades nacionales o locales de prevención y atención de desastres naturales, se promoverán y divulgarán manuales básicos de buenas prácticas ambientales a aplicar durante condiciones de emergencia, de forma tal que el personal técnico y operativo que labora durante las mismas pueda orientar sus acciones dentro de una línea de minimización y mitigación de riesgos e impactos ambientales, siempre que le sea posible.”

Pese a lo anterior, la noción de las Guías de Buenas Prácticas no es algo nuevo en nuestra legislación, en el año 2002, la Dirección General de Normas y Tecnología Industrial (DGNTI) del Ministerio de Comercio e Industrias como parte de las obligaciones que como Estado adquirimos bajo el Acuerdo de Marrakech, constitutivo de la Organización Mundial de Comercio (Ley 23 del 1997) adoptó la Resolución 418 de 11 de octubre de 2002, que contiene “la Norma Técnica DGNTI-COPANIT-ISO 15005-2002. Sistema de Gestión Ambiental. Guías y Principios Generales Sistemas y Técnicas de Soporte”, que incluye en su contenido la aplicación de Códigos de Buenas Prácticas en los Sistemas de Gestión Medioambiental:

“4.1.3. Revisión medioambiental inicial. La situación de una organización con respecto al medio ambiente se puede determinar mediante una revisión medioambiental inicial. Esta revisión inicial pude incluir:
− la identificación de las disposiciones legales y reglamentarias;
− la identificación de los aspectos medioambientales de sus actividades, productos o servicios para determinar los que tienen o pueden tener medioambientales significativos e implicar responsabilidades de la organización con respecto al exterior
− la evaluación del comportamiento con respecto a criterios aplicables externos o internos, reglamentos, códigos de buenas prácticas, principios y líneas directrices.
− las prácticas y los procedimientos existente en materia de gestión medioambiental…”

En este punto, considero relevante destacar como se ha abordado la aplicación de las Guías de Buenas Prácticas en otros países, como por ejemplo, en Costa Rica, que posee un “Reglamento para la elaboración, revisión y oficialización de las Guías Ambientales de buenas prácticas productivas y desempeño ecoeficiente” (Nº 34522) definen las Guías Ambientales como:

“Documento orientador que incluye un conjunto de lineamientos y medidas ambientales de índole genérico, organizadas según los componentes del ciclo de desarrollo temporal o espacial de una actividad u obra, según el sector o subsector a que pertenezca, en el que se incluyen todas sus fases de ejecución. Su finalidad es facilitar la operación, mantenimiento y dado el caso, la ampliación de la respectiva actividad u obra en operación, de forma tal que incorpore la dimensión ambiental en todas y cada una de sus fases. Es un instrumento orientador, no vinculante, ni obligatorio, salvo que el ejecutor responsable de la actividad, obra o proyecto, de forma voluntaria, desee suscribirse, total o parcialmente a la misma como forma de agilizar y facilitar su trámite ambiental ante el Estado y/o como parte de su compromiso de responsabilidad ambiental y social.” (Artículo 2)

Inclusive, esta regulación costarricense destaca la función de las Guías de Buenas Prácticas como complemento a los Estudios de Impacto Ambiental sin suprimirlos, y el papel preponderante que desempeña la Secretaria Técnica Nacional Ambiental (SETENA).

“…estas guías ambientales se constituyen en la base técnica para la agilización y mejora del proceso de evaluación y control del impacto ambiental, ya que le permiten al desarrollador reducir la categoría de riesgo de su actividad, obra o proyecto y sustituir la aplicación de un instrumento de Evaluación de Impacto Ambiental más complejo por otro mas simple que complemente dicha guía, con lo cual la aplicación de esta guía se torna obligatoria y deberá en forma expresa el desarrollador, señalar su compromiso de adherirse a ella, durante la ejecución y operación del proyecto, obra u actividad, y convertirse entonces en parte de sus compromisos ambientales dentro de dicho proceso de evaluación, y a la vez ser la herramienta técnica para la auditoría y control ambiental por parte de la SETENA” (Artículo 3)

Otro ejemplo, se produce en Ecuador con la Dirección Metropolitana de Ambiente que mediante la Resolución No. 0002 adoptó la “Guía de Buenas Prácticas Ambientales para los Sectores de Industrias de Bajo Impacto, Comercios y Servicios SZ2, Servicios Especializados A y B, y Centros de Diversión, definiéndolas como:

“Las Guías de Buenas Prácticas Sectoriales y Generales son lineamientos básicos dirigidos para las actividades productivas, ya sean estas actividades de pequeña y mediana empresa e instalaciones que generen ámbitos, bienes y servicios que posibiliten la recreación, cultura, educación, transporte, servicios públicos o privados. Salvo el caso de actividades, obras o proyectos que ocasionen un impacto ambiental significativo y entrañen un riesgo ambiental, por lo tanto, precisen de la presentación de Estudios de Impacto Ambiental…”

Estos ejemplos nos dan una idea de cómo esta herramienta es utilizada en otras latitudes, que pese a las diferencias no dejan de destacar el tecnicismo de este instrumento, su complementariedad a los Estudios de Impacto Ambiental y la hegemonía que tienen las autoridades ambientales en su aplicación y evaluación.

ARTÍCULO 32 (Ley 30 de 2010)

El artículo 23 de la Ley 41 de. 1998 queda así:

Artículo 23. Las actividades, obras o proyectos que por su naturaleza, características, efectos, ubicación o recursos pueden generar riesgo ambiental requerirán de un estudio de impacto ambiental previo al inicio de su ejecución, de acuerdo con la reglamentación de la presente Ley. Estas actividades, obras o proyectos deberán someterse a un proceso de evaluación de impacto ambiental, incluso aquellos que se realicen en la cuenca del Canal y comarcas indígenas.

COMENTARIOS

Este artículo elimina la distinción de los proyectos públicos o privados contenida previamente, lo que genera suspicacias al generalizar se podrá aplicar distintamente la nueva adición contenida en el artículo 32-A que introduce el tema de la Guía de Buenas Prácticas como una herramienta alterna a los Estudios de Impacto Ambiental, con la agravante que no es la Autoridad Nacional del Ambiente, la que emite el concepto técnico en base a la viabilidad ambiental del proyecto y la no alteración de los criterios de protección ambiental previamente establecidos.

Además, la actual redacción del artículo 23 no es acorde con la reglamentación vigente (Decreto 123 del 14 de agosto de 2009) que destaca esta clasificación a lo largo de su contenido, tal como se aprecia a continuación:

“Artículo 3. Los proyectos de inversión, públicos y privados, obras o actividades, de carácter nacional, regional o local, y sus modificaciones, que estén incluidas en la lista taxativa contenida en el Artículo 16 de este Reglamento, deberán someterse al Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental antes de iniciar la realización del respectivo Proyecto.”

Artículo 29. Los Promotores de actividades, obras o proyectos, públicos y privados, harán efectiva la participación ciudadana en el Proceso de elaboración y evaluación del Estudio de Impacto Ambiental…

ARTICULO 75. Los planes, programas y políticas de desarrollo, públicos y privados, de ámbito nacional o regional, serán objeto de una evaluación ambiental, por medio de una Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) de acuerdo al procedimiento que se norma mediante este reglamento…”

ARTICULO 33 (LEY 30 DE 2010)

Se adiciona el artículo 23-A a la Ley 41 de 1998, así:

Artículo 23-A. Las actividades, obras o proyectos que deban someterse a un proceso de evaluación de impacto ambiental podrán acogerse a las Guías de Buenas Prácticas Ambientales que les sean aplicables, siempre que estas hayan sido aprobadas por el Órgano Ejecutivo.

Previa a su aprobación, las Guías de Buenas Prácticas Ambientales deberán ser sometidas al proceso de participación, mediante la modalidad de consulta pública, que consiste en el acto mediante el cual la entidad pone a disposición del público en general información base sobre un tema específico y solicita opiniones, propuestas o sugerencias de los ciudadanos u organizaciones sociales.

Para los efectos del párrafo anterior, la autoridad ambiental deberá publicar, con suficiente antelación, por una sola vez, en un medio escrito de circulación nacional y en su página web, un aviso que contendrá lo siguiente:

1. Identificación de la actividad que será sujeta a la Guía de Buenas Prácticas Ambientales.
2. Oficina y horario para retirar la información base correspondiente.
3. Plazo para que los ciudadanos y la sociedad civil presenten sus opiniones, propuestas o sugerencias y lugar en que se recibirán.

En mi opinión, con este artículo se crea un nuevo instrumento de gestión ambiental con características únicas (sui generis) y cuya instrumentación dista de la celeridad que le impusieron a la aprobación de este Ley (30/2010), basados en los siguientes hechos.

Al adoptar el Consejo de Gabinete las Guías de Buenas se desconoce la institucionalidad ambiental creada por la Ley 41 del 1 de julio de 1998, violando el artículo 5 el cual dispone que la Autoridad Nacional del Ambiente es la entidad autónoma rectora del Estado en materia de recursos naturales y del ambiente, para asegurar el cumplimiento y aplicación de las leyes, los reglamentos y la política nacional del ambiente.

Con esto además se contradice al propio Reglamento de Estudios de Impacto Ambiental aprobado durante esta Administración (Decreto Ejecutivo 123 del 14 de agosto de 2009), aplicable a esta adición ya que se trata de “actividades, obras o proyectos” que deban someterse a un “proceso de evaluación de impacto ambiental” a las cuales se les da la opción de acogerse a las Guías de Buenas Prácticas, es la ANAM quien evalúa estos temas y hay disposiciones especificas que les son aplicables como el artículo 5 del Decreto Ejecutivo 123:

“Los permisos y/o autorizaciones relativas a proyectos, obras o actividades sujetas al proceso de evaluación de impacto ambiental, otorgados por otras autoridades competentes de conformidad con la normativa aplicable, no implican la viabilidad ambiental para dicho proyecto, obra o actividad, los cuales serán otorgados una vez se emita la correspondiente Resolución Ambiental o se apruebe la Declaración Jurada según corresponda.”

Se confunden las consultas, a fin de paliar el tema de la participación ciudadana desarrollado en detalle en el Reglamento de los Estudios de Impacto Ambiental, como esta redactada la norma pareciera que se dieran dos consultas generales, la primera antes que el Ejecutivo apruebe la Guía de Buenas Prácticas (documento genérico que divide en apartados, según el tipo de empresa o servicio, que reflejan las diferentes áreas de actividad y los diferentes procesos) con el acto administrativo de autorizar que una obra específica pueda acogerse a las mismas, ya que para que se dé la consulta pública requerida para darse el aval del Consejo de Gabinete la “Autoridad Ambiental” debe publicitar la actividad específica que será sometida la Guía de Buenas Prácticas Con esta redacción cantinflesca, parece que la Guía de Buenas Prácticas se constituye en un EIA que aprobará el Consejo de Gabinete en cada caso en particular.
Se debe ser consciente que las Guías de Buenas Prácticas son documentos técnicos, aprobados por expertos en las materias que regulan, que requieren de personal con experiencia y conocimientos específicos darle seguimiento a su cumplimiento. “En ellas se ofrecen ejemplos de impactos ambientales positivos, cuando las acciones son correctas, y de impactos negativos, cuando las acciones son incorrectas. Además se indican cuáles son las mejores prácticas a aplicar en cada área de actividad o proceso.”

Hubiese sido sabio, emular el ejemplo de nuestro hermano país en la forma como regulan las Guías Ambientales con relación al marco jurídico ambiental vigente destacando que:

“La Guía Ambiental representa un instrumento técnico complementario del marco jurídico ambiental vigente en el país. Bajo ninguna circunstancia los lineamientos de la guía ambiental deberán contradecir o generar confusión respecto al cumplimiento de lo establecido en el marco jurídico ambiental vigente, ya sea por la Constitución Política, convenios internacionales, leyes generales o específicas o en su defecto, reglamentos generales o específicos, o bien normas técnicas debidamente oficializadas por las autoridades.” (Anexo del Decreto 34522)

Finalmente, pese a la celeridad con que se promovió la adopción de Ley 30 de 2010, para “desburocratizar” los proyectos que el Consejo de Gabinete considere que puedan eximirse de la presentación de los Estudios de Impacto Ambiental, es relevante acotar que en Panamá hasta la fecha solo se ha aprobado la GUIA DE BUENAS PRACTICAS AMBIENTALES PARA LA CONSTRUCCION Y ENSANCHE DE CARRETERAS Y LA REHABILITACION DE CAMINOS RURALES (adoptada por la Autoridad Nacional del Ambiente mediante Resolución AG-0153-2007 del 23 de marzo de 2007), basadas en las especificaciones ambientales del Ministerio de Obras Públicas y está solo es aplicable a los promotores de aquellos proyectos de construcción de carreteras de menos de 1 Km. de longitud, de los ensanches de carreteras que no involucren la construcción de un carril adicional y las rehabilitaciones de caminos rurales que no estén localizadas y/o atraviesen áreas protegidas.

ARTICULO 34 DE LA LEY 30 DE 2010

Se deroga el artículo 115 de la Ley 41 de 1998.

Este fue el “gol de oro”, que no estaba contemplado en el primer debate de la Asamblea Nacional, entro casi desapercibido en el segundo debate. Con esta disposición se elimina del todo cualquier incentivo para promover la denuncia ambiental.

El artículo 115 establecía que: “Los ciudadanos, individualmente o asociados legalmente, que denuncien un delito o infracción ambiental, recibirán los mismos incentivos contemplados en la legislación fiscal para los casos de contrabando y los demás que determinen los reglamentos de la presente Ley.”

En este sentido, la Ley 30 del 8 de noviembre de 1984, “por la cual se dictan medidas sobre el contrabando y la defraudación aduanera y se adoptan otras disposiciones”, dispone en su artículo 55 que “los denunciantes y aprehensores de mercancía objeto de un delito aduanero tendrán derecho como recompensa al 50% de la multa interpuesta por el juzgador.”

Hubiese sido preferible que en vez de eliminar del todo cualquier incentivo a la denuncia ambiental, se cambiasen los porcentajes de la recompensa por denunciar el contrabando, o simplemente modificar su redacción para disminuir el porcentaje en caso que considerasen muy oneroso para el Estado perder recaudaciones en concepto de infracciones ambientales, las cuales aún entran al Tesoro Nacional directamente sin poder ser empleadas en proyectos de restauración y mitigación de los daños ambientales, pudo haber sido una oportunidad para regular esta carencia.

Fuentes Bibliográficas:

Resolución 418 de 11 de octubre de 2002. “Adoptar la Norma Técnica DGNTI-COPANIT-ISO 15005-2002. Sistema de Gestión Ambiental. Guías y Principios Generales Sistemas y Técnicas de Soporte”. (G.O. 24,672 de 31 de octubre de 2002).

Decreto Ejecutivo 209 del 5 de septiembre de 2006. “Por el cual se reglamenta el Capítulo II del Título IV de la Ley 41 del 1 de Julio de 1998, General de Ambiente de la República de PANAMÁ y se deroga el Decreto Ejecutivo 59 de 2000 (G.O. 25,625 del 6 de septiembre de 2006)

Decreto Ejecutivo 123 del 14 de agosto de 2009. “Por el cual se reglamenta el Capítulo II del Título IV de la Ley 41 del 1 de Julio de 1998, General de Ambiente de la República de PANAMÁ y se deroga el Decreto Ejecutivo 209 de 5 de septiembre 2006.” (G.O. 26,352-A del 24 de agosto de 2009)

Ley 23 del 15 de julio de 1997. “Por la cual se aprueba el Acuerdo de Marrakech, Constitutivo de la Organización Mundial de Comercio; el Protocolo de Adhesión de Panamá a dicho acuerdo junto con sus anexos y lista de compromisos; se adecua la legislación interna a la normativa internacional y se adoptan otras disposiciones” (G.O. 23,340 del 26 de julio de 1997).

Ley 30 del 16 de junio de 2010. “Que dicta medidas para promover el Desarrollo Sostenible de la Aviación Comercial, reforma normas laborales y penales y adopta disposiciones para posibilitar la ejecución de proyectos de interés nacional (G.O. 26556-A del 16 de junio de 2010)

Guía de Buenas Prácticas Quito
http://www.ecuadorambiental.com/doc/buenas_practicas.pdf

Decreto Ejecutivo 34522 Costa Rica
http://www.pgr.go.cr/scij/scripts/TextoCompleto.dll?Texto&nNorma=63348&nVersion=72737&nTamanoLetra=10&strWebNormativa=http://www.pgr.go.cr/scij/&str

ODBC=DSN=SCIJ_NRM;UID=sa;PWD=scij;DATABASE=SCIJ_NRM;&strServidor=\\pgr04&strUnidad=D:&strJavaScript=NO

Guía de Buenas Prácticas Ambientales
http://www.cma.gva.es/areas/educacion/educacion_ambiental/educ/ed_amb_empresa/guias.htm

Gobierno panameno desmonta Estudios de Impacto Ambiental, Derechos humanos y laborales

BANCADA OFICIALISTA IGNORA REPUDIO NACIONAL

Proyecto 9 en 1, a punto de ser ley

Ni los discursos de los diputados opositores ni los llamados de atención de los grupos civiles impidieron la aprobación de la polémica propuesta.

APROBADO. Oficialistas celebran el ‘sí’ dado al proyecto del Ejecutivo. LA PRENSA/Jorge Fernández

OHIGGINIS ARCIA JARAMILLO
oarcia@prensa.com

A puertas cerradas y con policías dentro del edificio de la Asamblea Nacional –por orden del presidente, José Luis Varela–, la mayoritaria bancada oficialista aprobó ayer, en tercer debate, el proyecto de ley sobre aviación comercial que además reforma los códigos de Trabajo, Penal y Judicial, y otras seis leyes.

42 votos a favor y 17 en contra fue el resultado de la votación, que deja el proyecto a un paso de convertirse en ley, a pesar del rechazo de los diputados de oposición y de decenas de grupos de la sociedad civil organizada que durante toda la semana acudieron a la Asamblea para exigir que se eliminaran de la propuesta de ley los temas de ambiente, derechos humanos y sindicalismo.

Miembros de grupos como MarViva, la Asociación Nacional para la Conservación de la Naturaleza, el Centro de Incidencia Ambiental, la Unión de Aviadores Comerciales y el Sindicato Único de Trabajadores de la Construcción no ingresaron al hemiciclo legislativo ayer, porque el presidente de la Asamblea así lo ordenó.

Tras conocer que el proyecto había sido aprobado, los grupos convocaron a una reunión en la Universidad de Panamá, mañana lunes, a las 5:00 p.m., para analizar las medidas que tomarán para que el presidente, Ricardo Martinelli, quien estuvo fuera del país los últimos cinco días, lo vete.

PROPUESTA ENVIADA POR EL EJECUTIVO PASA EL TERCER DEBATE

Diputados le dan otro ‘sí’ al polémico proyecto 9 en 1

Por segundo día consecutivo, la Asamblea sesionó a puertas cerradas. Esta vez lo hizo, además, rodeado de policías.

AMBIENTE. Mientras en la parte exterior del Palacio Justo Arosemena la policía impedía la entrada a los opositores del proyecto, dentro los diputados votaban a favor de esta iniciativa del Ejecutivo. LA PRENSA/Jorge Fernández

OHIGGINS ARCIA JARAMILLO
oarcia@prensa.com

El rechazo de los trabajadores, ambientalistas y aviadores comerciales al proyecto 9 en 1 fue ignorado por los 42 diputados oficialistas que participaron ayer del debate en la Asamblea Nacional.

Tras cuatro horas de discusión (a la 1:00 p.m.), la bancada oficialista aprobó en tercer debate el proyecto de ley presentado por el Ejecutivo que promueve la aviación civil, reformando de paso el Código Penal, el Código Judicial y el de Trabajo, además de seis leyes.

Si el presidente, Ricardo Martinelli, le da el visto bueno a esta propuesta, los policías no serán detenidos por la comisión de un delito en sus horas laborales. Además, las obras que el Gobierno declare como de “interés social” no deberán someterse al estudio de impacto ambiental; y cuando los trabajadores declaren una huelga, no podrán cerrar la empresa.

Los anteriores aspectos son los que más preocupan a grupos como el Sindicato Único de Trabajadores de la Construcción y Similares (Suntracs), la Asociación Nacional para la Conservación de la Naturaleza (ANCON), MarViva y la Alianza Ciudadana pro Justicia.

Miembros de estos grupos –como Raisa Banfield, Gabriela Etchelecu, Alida Spadafora y Saúl Méndez– trataron de entrar a la Asamblea para repudiar la ley.

Sin embargo, todas las puertas de acceso estaban cerradas. No les quedó otra opción que gritar consignas desde la Plaza 5 de Mayo.

En tanto, en el hemiciclo, los diputados oficialistas y los opositores seguían enfrentados. Los primeros buscaban que la ley fuera aprobada lo antes posible, mientras que el otro bando quería dilatar el debate.

De la bancada de oposición hicieron uso de la palabra 10 diputados, entre ellos Juan Carlos Arosemena, Raúl Pineda, Leandro Ávila y Benicio Robinson.

De los oficialistas, pocos pidieron la palabra. Pero hubo quienes –como Miguel Fanovich y el presidente de la Asamblea, José Luis Varela– defendieron con elocuencia la propuesta del Ejecutivo. Finalmente, recibió 42 votos a favor y 17 en contra.

Las reacciones de la sociedad civil no se hicieron esperar. Banfield dijo que, si el Ejecutivo sanciona el documento, lo demandarán.

Saúl Méndez también advirtió que no se quedarán de brazos cruzados. “Llamamos al pueblo a una resistencia social”, anunció.

El vicepresidente de la República, Juan Carlos Varela, aceptó que “faltó divulgación y una mejor exposición del contenido de la ley”. Sin embargo, no explicó por qué razón se incluyeron nueve temas tan variados en una sola propuesta de ley.

¿Qué poder tienen los obreros?

El movimiento sindical está en alerta. La reciente reforma parcial al Código de Trabajo incluyó cambios a las convocatorias a huelga, y a la formación de nuevos gremios de trabajadores. Estas nuevas disposiciones no fueron del agrado del sector obrero, uno de los más beligerantes del país. Por ello, dicen, no descartan convocar a una huelga general en rechazo a estos y otros cambios que ha anunciado el Gobierno para julio próximo. Pero, ¿qué poder tienen los obreros?, sector que en los últimos años ha mostrado tantas divisiones.

EL PANORAMA

El Consejo Nacional de Trabajadores Organizados (Conato) es el gremio que aglutina la mayor parte de los sindicatos del país.

En la actualidad está integrado por 10 grupos de todo el país, con un total de 180 mil trabajadores. Están en el Conato, la Confederación de Trabajadores de la república de Panamá (CTRP), la Central Nacional de Trabajadores de Panamá (CNTP), la Confederación Gremial de Trabajadores de la República de Panamá (CGTRP), la Federación Nacional de Servidores Públicos de Panamá (Fenasep), la Federación Sindical de los Trabajadores de Panamá, la Confederación Gremial de Trabajadores, la Confederación Gremial, Convergencia Sindical, la Unión General de Trabajadores y la Casa Sindical.

La Confederación Nacional de Unidad Sindical (Conusi), una de las más fuertes, formaba parte de Conato, pero fue expulsada justo cuando se discutían las polémicas reformas a la Ley Orgánica de la Caja de Seguro Social (CSS), en 2005.

Conusi es el grupo más poderoso, porque tiene en sus filas al Sindicato Único de Trabajadores de la Construcción y Similares (Suntracs). Además, cuenta con ocho federaciones, tres sindicatos regionales y cuatro sindicatos nacionales.

“Fuimos expulsados de Conato porque en ese momento el gobierno del Partido Revolucionario Democrático (PRD) así lo quiso”, aseguró Gabriel Castillo, secretario general de la Conusi.

Conusi está formada, en su mayoría, por trabajadores del comercio, de la agricultura, de la industria del papel y de la telefonía. En total, son unos 52 mil empleados, calculó Castillo.

SUS RECURSOS

En 2005, cuando se discutieron las reformas a la ley de la CSS, el movimiento sindical se fue a huelga general, en medio de la pelea interna entre los dirigentes.

A pesar de las divisiones, lograron su objetivo: presionar al Gobierno mediante la paralización laboral, para que estableciera una mesa de diálogo por el Seguro Social. A ellos se les unió el sector de los médicos, el de los educadores y el de los profesionales del país. La huelga duró un mes.

Según Castillo, en estos momentos están preparados para resistir nuevamente un mes de huelga, para enfrentar lo que ellos califican como las “nefastas” reformas laborales que impulsa el gobierno del presidente, Ricardo Martinelli.

La Conusi maneja su propio presupuesto. Cada trabajador le aporta 10 centésimos mensuales (lo que suma 62 mil 400 dólares cada año), explicó Castillo. Además, Suntracs, recauda una cuota de dos dólares por cada obrero de la construcción. “Lógicamente, el sindicato más fuerte económicamente es Suntracs”, reconoció Castillo.

Rafael Chavarría, dirigente de Conato, aseguró que esta agrupación también está preparada para resistir un mes de huelga, aunque sostuvo que cuentan con una mejor estrategia para no llegar a ese extremo. Se trata, explicó, de lograr el apoyo de todos los sectores del país para que la huelga solo dure un día. “Así la presión es más fuerte para el Gobierno”, adujo.

LA LUCHA VA

Los líderes sindicales aún tienen diferencias. Sin embargo, han lanzado puentes para lograr una unidad, con el objetivo de crear un frente común en contra de las anunciadas reformas laborales. Genaro López, secretario general del Suntracs, indicó que aún desconfían de la cúpula del Conato –luego de que aprobaran la expulsión de Conusi en 2005–, aunque anunció que están dispuestos a dialogar con dirigentes intermedios.

Por su lado, Castillo informó que esa posibilidad está sobre el tapete y la analizarán. “La división no es un secreto, pero el movimiento sabe dejar aparte esas diferencias para luchar unidos”.

Rafael Chavarría, por su lado, dijo que esperan la respuesta de Conusi.

José González Pinilla

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ASAMBLEA NACIONAL

Aprueban proyecto 177

Un grupo de defensores del ambiente se manifiestan afuera del Palacio Legislativo, mientras se discutía a puerta cerrada el polémico proyecto de aviación número 177.

PANAMÁ. El proyecto de ley de aviación número 177 llegó a la Asamblea Nacional con la pretensión de regular la actividad aérea y comercial de Panamá. El pasado lunes 7 de junio fue presentado por el ministro de Gobierno y Justicia, José Raúl Mulino.

Para sorpresa de muchos, el proyecto estaba cargado de otras reformas. Modificaciones a tres códigos y seis leyes que nada tenían que ver con la aviación comercial fueron aprobadas a puerta cerrada, el sábado 12 de junio a las 12:57 del mediodía en tercer debate con 42 votos a favor y 17 en contra.

En su trayecto, la ley de aviación perdió su identidad y hoy es conocida como: ‘ley langosta’, ‘ley chorizo’, ‘ley 9 en 1’ y hasta ‘ley golazo’, en alusión a que por estos días se inauguró el Mundial de Fútbol Sudáfrica 2010.

Desde las nueve de la mañana del sábado, a la Asamblea Nacional llegaron defensores del medio ambiente y trabajadores de la construcción.

Mientras dentro del Palacio los diputados —tanto de oposición como oficialistas— discutían el polémico proyecto, afuera un grupo de trabajadores protestaban jugando fútbol en medio de la calle y otro grupo de defensores del ambiente con pancartas en mano gritaban consignas como ‘allí están, esos son los que venden la nación’ y ‘sin lucha no hay victoria’.

Genaro López, del Suntracs, reaccionó a lo aprobado por los diputados señalando que no se quedarán cruzados de brazos y demandarán el proyecto por inconstitucional ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

Por su parte, el presidente de la Cámara de Comercio de Panamá, Fernando Arango, pidió al presidente de la República, Ricardo Martinelli, que considere vetar esta ley por considerar que debió ser más discutida y conversada por todas las partes. Arango también crítico que el proyecto de ley de aviación haya servido para aprobar otras leyes, como las normas penales, laborales y ambientales.

LO APROBADO

En el tema laboral, fue aprobado el artículo número 12, que contempla que el empleador no estará obligado a descontar a sus trabajadores cuotas sindicales y dispone que aquel trabajador que decida afiliarse a un sindicato deberá pagar las cuotas por voluntad propia.

Otro de los artículos que fue aprobado en el paquete del proyecto de aviación es el que establece que cuando un miembro de la Policía Nacional sea denunciado o querellado por la presunta comisión de un delito en el servicio o cumplimento de su deber, por motivo de uso de la fuerza excesiva, no se ordenará su detención preventiva ni se decretará la suspensión provisional de su cargo.

Del Código Penal se aprobaron disposiciones en materia de penas a quienes falsifiquen o alteren, total o parcialmente, un pasaporte panameño, cédula, licencia de conducir o visa, y se aplicará una pena de 5 a 10 años.

Uno de los temas más discutidos fueron las normas de impacto ambiental, se estableció en el artículo 32 que las actividades, obras o proyectos que por su naturaleza o características puedan generar riesgo ambiental requerirán de un estudio de impacto ambiental previo al inicio de su ejecución.

Estas actividades, obras o proyectos, deberán someterse a un proceso de evaluación de impacto ambiental, incluso aquellos que se realicen en la cuenca del Canal de Panamá y las comarcas indígenas.

EN PIE DE GUERRA

El proyecto 177, aprobado en tercer debate, ha servido para unir más a los panameños, así lo aseguró la defensora del medio ambiente Raisa Banfield, quien indicó que esperarán la decisión que tome Martinelli, sancionar o vetar la ley.

Banfield dijo que, de no vetarse esta ley, ellos acudirán a todas las instancias legales que tengan a su alcance, en la justicia, debido a que Panamá se perfila como un defensor de derechos ambientales y lo aprobado por los diputados es un retroceso a los logros alcanzados por ellos, explicó.

Los diputados de oposición se manifestaron en contra de la aprobación en tercer debate de la ley. Leandro Ávila, del PRD, afirmó que ‘la asamblea solamente trabaja sábado cuando se trata de aprobar leyes impopulares’.

RECURSO. Grupos que la adversan amenazan con demandarla

Aprueban “Ley Chorizo” bajo estricto cerco policial

Quienes se oponen al proyecto convocaron a una reunión mañana y a una marcha desde la Iglesia del Carmen el próximo martes.

Carlos Anel Cordero

PA-DIGITAL

Golazo. Mientras el dirigente obrero Saúl Méndez dominaba un balón, los diputados daban tercer debate a la “Ley Chorizo”.

Ambientalistas, sindicatos y organizaciones de la sociedad civil advirtieron que un grupo de asesores legales evaluarán el denominado proyecto de “Ley Chorizo”, aprobado ayer en tercer debate, a fin de determinar las posibilidades de demandarlo por “ilegal e inconstitucional”.

Al mismo tiempo, solicitaron al presidente de la República, Ricardo Martinelli, que no lo sancione y que haga uso de su facultad constitucional de vetarlo. Amenazaron con demandarlo en tribunales nacionales e internacionales.

Hay que reconocer que este Gobierno ha logrado que grupos de la sociedad civil, ambientalistas, empresarios y sindicatos se unan en contra de una iniciativa que los afecta a todos, dijo Raisa Bandfield, vocera de los grupos ecologistas.

El proyecto fue aprobado ayer en medio de extremas medidas de seguridad en el Palacio Justo Arosemena, sede de la Asamblea.

Leandro Ávila, de la bancada del opositor Partido Revolucionario Democrático (PRD), dijo que ni en la época de la dictadura, la Asamblea Nacional había sido “sitiada” por la Policía Nacional, al punto que hasta a los diputados y periodistas les dificultaron el acceso al recinto legislativo.

José Luis Varela, presidente de la Asamblea, justificó el hecho alegando que en los días anteriores, grupos sindicales y ambientalistas se negaron a abandonar el recinto y que al día siguiente, un grupo de activistas ambientalistas estuvo a punto de romper la lámina transparente que separa las gradas del Pleno.

Sectores opositores calificaron el proyecto como “Ley Chorizo”, por la diversidad de materias que incluye.

La iniciativa modifica los códigos de Trabajo, Penal y Judicial, las leyes Ambiental, de Contrataciones Públicas, Aeronáutica Civil, la de la Fiscalía de Cuentas y del Ente Regulador de los Servicios Públicos.

En esta última materia, la ley dispone que cuando se construya un proyecto y haya que remover postes de cableado de servicios públicos, las empresas prestadoras de servicios tendrán un plazo para removerlos y en el caso de que no lo hagan, se ordenará su remoción y luego se pasará la cuenta a la empresa propietaria.

OPINIONES

EDITORIAL DE EL PANAMÁ AMÉRICA
La falsa democracia

Con el proyecto de ley, llevado hace unos días a la Asamblea Nacional, el Gobierno ha creado tal confusión en la sociedad panameña, que hace dudar de las intenciones oficialistas. Es fácil creer que se trata de enmarañar el sistema normativo que nos rige con el objetivo de revolver el río y obtener las ganancias de pescadores tan famosas. El grupo en el poder debe (y puede) cambiar de métodos de gobierno, pues están destruyendo la democracia al simplemente ignorarla.

¿Quiénes deberían alertar sobre lo que está ocurriendo? Nada menos que los diputados. Pero éstos –sin ninguna preocupación ni autonomía de pensamiento- no hacen nada. O no se enteran. Quizá no les importa, lo cual es todavía peor. Hay más indiferentes y apáticos en la Asamblea que en las calles de Panamá, y por eso quizá no miden las consecuencias de sus actos.

Todo indica que la intención del Presidente Martinelli es seguir ignorando a la sociedad civil. Y ante la resistencia de los grupos de oposición, resulta triste el espectáculo de aquellos diputados que acusan a estos panameños organizados de violentar sus rejas, cuando ellos son quienes violentan de la peor manera el ambiente político del país donde a todos nos toca vivir.

EDITORIAL LA PRENSA

Hoy por Hoy

Un claro ejemplo de que la sociedad civil organizada y el Gobierno pueden trabajar juntos y lograr importantes avances en distintos temas de interés nacional, es la labor que se viene realizando desde hace casi un mes en materia de seguridad. En esta ocasión, los resultados de las reuniones efectuadas entre el Gobierno y las distintas organizaciones de la sociedad civil ya tienen resultados, al menos en lo teórico.

Lastimosamente, esta reflexión no puede más que dejar un sabor agridulce, pues la convivencia pacífica entre el Gobierno y los gobernados se ha visto, en repetidas ocasiones, alterada por las arbitrariedades cometidas por la administración del presidente Martinelli.

Tal vez otra hubiera sido la historia si la opinión de la sociedad civil hubiese sido tomada en cuenta al momento de elegir a los nuevos magistrados de la Corte, cuando se destituyó a la Procuradora de la Nación, o cuando se aprobaron los coloquialmente llamados “proyecto de los carcelazos” y recientemente el gran “golazo legislativo”. La administración Martinelli tiene que recapacitar y entender que las leyes hay que cumplirlas, que la opinión de quienes lo eligieron merece ser escuchada, y que la arbitrariedad no es la forma de gobierno que los panameños nos merecemos.

OPINIÓN DEL ÁTICO (ESTRELLA DE PANAMÁ)

LO QUE HACEN CON LAS MANOS. .. … lo destruyen a patadas. Definitivamente, los dirigentes del Gobierno no tienen una mano limpia de Pocker. Esconden en sus mangas todos los ases que les viene en gana. Señores, se están equivocando garrafalmente, están irrespetando al pueblo, a la vez que lo amenazan con leyes traídas de los cabellos y que atentan contra el aún débil Estado de Derecho. El voto no es una carta en blanco para que hagan y deshagan a su antojo, son apenas una junta directiva del Estado, no se confundan.

OPINIÓN DEL DIRIGENTE DEL SINDICATO MÁS GRANDE DE PANAMÁ

Otro exabrupto gubernamental

GENARO LÓPEZ*
rologe54@yahoo.com

Si las sesiones extraordinarias son convocadas para temas específicos, ¿cómo se explica que se reformen el Código Penal, Laboral y Judicial si esto no estaba en agenda, además de seis leyes adicionales: Ley General del Ambiente, Ley Orgánica de la Policía, la que crea el Tribunal de Cuentas, la Ley marco de Servicios Públicos, etc? ¿Cómo la Comisión de Transporte puede aprobar un anteproyecto de ley sin consultar al resto de las comisiones en temas que le compete? Tal como han señalado juristas del país, se entremezclan materias que debieran ser discutidas en forma separada por su especialidad.

No cabe duda de que esta actuación se suma a la larga lista de exabruptos del gobierno de Ricardo Martinelli, donde la Asamblea Nacional se convierte en cómplice del atropello contra el supuesto ‘Estado de Derecho’.

Lo actuado por la Asamblea, en la aprobación a tambor batiente del proyecto de Ley 177, que supuestamente promueve la aviación comercial, se convierte en una violación más a convenios internacionales y aspectos constitucionales en materia de derecho laboral, derechos humanos y ambientales. La forma en que se apresta a discutir y aprobar el proyecto es violatoria al reglamento de este órgano del Estado y a las normas constitucionales. De esta forma también se aprobó la denominada Ley Carcelazo, misma que ha sido demandada por inconstitucional.

Como en los mejores tiempos de la dictadura de Noriega, la Asamblea tiene que sesionar bajo el amparo de la llamada Policía Nacional, a la misma que le otorgan el derecho a la ‘Pena de Muerte’ al otorgarse impunidad a los policías asesinos y abusadores, quedará en las manos de estos el futuro de la vida de los ciudadanos panameños.

¿Cómo es posible que se le otorgue al Ejecutivo la potestad de prescindir de los estudios de impacto ambiental? En el mencionado proyecto, se pretende borrar gran parte del marco de protección que garantiza la Ley General de Ambiente, al excluir del requisito de estudio de impacto ambiental a ‘aquellas actividades, obras o proyectos estatales que sean declarados de interés social por el Consejo de Gabinete’. ¿Cuál será la actuación de estos mercaderes sobre la apertura del Tapón del Darién, la explotación minera, la venta de los ríos, playas y costas del país?

Ya la realidad ha demostrado que en ellos prevalecen sus intereses empresariales sobre el bienestar social de los panameños. Es decir, se pretende legalizar las catástrofes ecológicas, al colocar a la población en un estado de total indefensión, al atentarse contra el derecho a la vida.

El proyecto involucra reformas al Código de Trabajo, pretendiendo conculcar el derecho a huelga consagrado en la Constitución Política. Se elimina el derecho a arbitraje cuando los trabajadores salen en minoría en el conteo a favor de la huelga, la minoría que está en contra de la huelga podrá seguir laborando, afectando de esta forma el derecho a huelga.

Esta es la segunda oleada de reformas laborales bajo la conducción de Alma Cortés, pero ya está anunciada una tercera oleada.

Todo ello bajo el cinismo de Alberto Vallarino, quien ha señalado que en el debate a la reforma al Código de Trabajo nunca ha estado en la mente del Gobierno perjudicar a los trabajadores.

En un total irrespeto y menosprecio al pueblo, los diputados pretendía negar la participación de las diversa organizaciones, es a través de los esfuerzos de los obreros de la construcción, que se logra cinco minutos por grupo para plantear nuestras objeciones al proyecto de los mercaderes del gobierno.

Panameño, es hora de que expreses tu descontento ante la política del gobierno represor. El mismo se ha dedicado desde su arribo a imponer leyes antipopulares, como la del ITBMS, que desde julio incrementa en un 40% la carga impositiva al pasar de 5 a 7%, reduciendo el poder de compra de nuestros salarios.

No te dejes confundir, no se trata de actuaciones aisladas de ministros (Mulino, Molinar, Cortés, Vallarino, etc.), se trata de una política de gobierno, concebida bajo los intereses empresariales del grupo de poder económico que actualmente encabeza Martinelli, quien, al igual que lo hiciera Noriega, prefiere estar fuera del país (viaje 18 en 11 meses de gobierno) cuando se imponen leyes represivas, antipopulares y antidemocráticas.

*SECRETARIO GENERAL DEL SUNTRACS.