Excluyen a municipios en cambios urbanos
JOSÉ ARCIA
jarcia@prensa.com
El Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial suspendió, mediante Decreto Ejecutivo número 179 del 26 de febrero de 2010, la potestad de los municipios de conocer y resolver las solicitudes de cambio de zonificación.
La Alianza Prociudad calificó la decisión como un “retroceso” a lo alcanzado en la Ley de Urbanismo. “Es una clara intención de cerrar espacios de participación”, centralizando la toma de decisiones para dejar a los ciudadanos como meros espectadores, dijeron.
Ejecutivo decidirá cambios urbanos
El cambio de uso de suelo no será tema de análisis en los municipios, sino en el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (Miviot).
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Miviot monopolizará cambios de uso de suelo. LA PRENSA/ Archivo |
JOSÉ ARCIA
jarcia@prensa.com
Los municipios dejarán de tener el papel protagónico en los cambios de zonificación y los planes de ordenamiento territorial que le otorgó la Ley 6 de 2006, mejor conocida como Ley de Urbanismo.
Mediante el Decreto Ejecutivo 179 del 26 de febrero de 2010, el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (Miviot) eliminó la participación de las oficinas de Planificación Municipal en el proceso de cambio de zonificación.
El Decreto Ejecutivo 23 del 16 de mayo de 2007 que reglamenta la Ley de Urbanismo, establecía en los numerales 1, 2 y 3 del artículo 11 que las solicitudes de cambio de zonificación o de uso de suelo deberían presentarse ante las oficinas de Planificación Municipal, que debería esperar la opinión técnica de la Junta de Planificación correspondiente antes de emitir una resolución para aprobar o negar el cambio solicitado. Estas resoluciones debían ser firmadas por los alcaldes.
A partir del pasado martes –cuando se publicó el nuevo decreto en Gaceta Oficial–, la decisión final relativa a los cambios de zonificación queda en manos de la Dirección de Desarrollo Urbano del Miviot.
Para Felipe Rodríguez, ex integrante de la Junta de Planificación del Municipio de Panamá, la medida contradice el espíritu de la Ley de Urbanismo que buscaba darle potestad a los municipios en cuanto a planificación. Es “un retroceso” en la descentralización, dijo.
Se intentó conocer la versión del Miviot, pero no fue posible. Sin embargo, de acuerdo con el citado Decreto Ejecutivo 179, la medida se fundamenta en dos aspectos: en que el proceso de descentralización regulado por la Ley 37 de 2009 quedó suspendida hasta el 30 de junio de 2014, y en la creación del nuevo Viceministerio de Ordenamiento Territorial.
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CONSULTE LAS SIGUIENTES LEYES Y NORMAS
Gaceta No. 26428 -B; Publicada el: miércoles, 16 de diciembre de 2009
MINISTERIO DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL
Decreto Ejecutivo Nº 371
«POR EL CUAL SE ADICIONA EL DECRETO EJECUTIVO No. 23 DE 16 DE MAYO DE 2007, QUE REGLAMENTA EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL PARA EL DESARROLLO URBANO Y DICTA OTRAS DISPOSICIONES».
Gaceta No. 26463 -B; Publicada el: miércoles, 3 de febrero de 2010
MINISTERIO DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL
Resolución Nº 43-2010
«POR LA CUAL SE DISPONE LA OCUPACIÓN FÍSICA Y MATERIAL, POR MOTIVOS DE INTERÉS SOCIAL URGENTE, LAS ÁREAS E INMUEBLES QUE SE ENCUENTREN UBICADAS DENTRO DEL POLÍGONO DEL ÁREA DONDE SE DESARROLLARÁ EL PROYECTO CURUNDÚ, DOCUMENTO ADJUNTO A LA PRESENTE RESOLUCIÓN, POR PARTE DEL MINISTERIO DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL».
Gaceta No. 26468 -B; Publicada el: miércoles, 10 de febrero de 2010
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA
Decreto Nº 155
«POR EL CUAL SE NOMBRA A LA VICEMINISTRA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL MINISTERIO DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL».
Gaceta No. 26485 -A; Publicada el: martes, 9 de marzo de 2010
MINISTERIO DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL
Resolución Nº 104-2010
«POR LA CUAL SE ESTABLECE MIVIOT COMO LAS SIGLAS CON LAS QUE SE IDENTIFICARÁ AL MINISTERIO DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL». MINISTERIO DE VIVIENDA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL
Decreto Ejecutivo Nº 179
«POR EL CUAL SE SUSPENDE LA VIGENCIA DEL CAPÍTULO QUINTO DEL DECRETO EJECUTIVO No. 23 DE 16 DE MAYO DE 2007, QUE REGLAMENTA EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL PARA EL DESARROLLO URBANO Y DICTA OTRAS DISPOSICIONES».
Gaceta No. 26314; Publicada el: martes, 30 de junio de 2009
ASAMBLEA NACIONAL
Ley Nº 37
«QUE DESCENTRALIZA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA»
Gaceta No. 26421 -A; Publicada el: viernes, 4 de diciembre de 2009
ASAMBLEA NACIONAL
Ley Nº 77
«QUE SUSPENDE LA VIGENCIA DE LA LEY 37 DE 2009, QUE DESCENTRALIZA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, Y RESTABLECE LA VIGENCIA DE DISPOSICIONES LEGALES».
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A la Autoridad Nacional del Ambiente también la están dejando por fuera y que son parte de sus funciones legales.
Este decretos y todos esos movimientos legales son ilegales porque no se han sometido a la discusión que amerita según la ley de transparencia. Igualmente infringe el Decreto Ejecutivo que regula la Evaluación de Impacto Ambiental que ordena que las políticas como esta de ordenamiento territorial sea sometida a una Evaluación Ambiental Estratégica para la toma de decisiones informado y no por decreto de hecho como pretenden.
Burica Press
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