Panamá: gobierno confronta con violencia a manifestantes indígenas, campesinos y obreros

Gobierno de Panamá, hace uso de fuerza para imponer ley que concede territorios indígenas para hidroeléctricas y minería.

Enlazamos nuestra fuente al portal OTRAMERICA, que como medio internacional, no corporativa, cubre paso a paso los eventos que ocurren en Panamá.

Por favor acceda al sitio:

http://otramerica.com/

A nivel nacional recomendamos la cobertura de La Estrella de Panamá (noticias frescas muy rápido en línea) y la Prensa (un poco lento en su cobertura, pero aceptable). En todo caso Burica Press recomienda leer con cautela todas las fuentes.

La noticia ha sido recogida por los medios internacionales, pero aún sigue siendo débil la cobertura internacional y muy sesgada la cobertura nacional. Los canales de televisión panameña, si bien cubren, mientras lo hacen, llenan con argumentos de opinión los hechos reales. El televidente incauto puede fácilmente ser manipulado.

Cuando un hecho ocurre, el medio simplemente debe cubrirlo. No le corresponde al periodista dar su opinión a favor o en contra. Eso lo debe hacer otro actor y de ambos lados de la moneda.

El periodismo panameño sigue cojo, y seguirá cojo, mientras la misma gente que detenta el  poder, es la gente que informa.

Lamentable que los periodistas hayan decidido que los comunicados de la  Policía Nacional son verdad incuestionable y la verdad del campo esté detrás. Un sólo par de horas han demostrado que los comunicados han estado llenos de mucha falsedad y manipulación.

Gracias a Otramérica por cubrir minuto a minuto estos eventos.

Burica Press

La Policía Nacional de Panamá ha reprimido con fuerza a los manifestantes indígenas. Parecen felices de su actos.

Panamá: Panel de Inspección del Banco Mundial encuentra violación a derechos territoriales indígenas Ngäbe y Nasos

Panamá – Proyecto de Administración Territorial

Banco Mundial aprueba Plan de Acción luego de discutir informe del Panel de Inspección sobre violación a derechos territoriales indígenas

WASHINGTON, 4 de febrero de 2011 – El Directorio Ejecutivo del Banco Mundial abordo en la víspera el informe de la investigación independiente del Panel de Inspección relativo al Proyecto de Administración Territorial en Panamá,  conocido en Panamá como PRONAT, aprobando el Plan de Acción de la Gerencia contenido en la Respuesta de la Gerencia del Banco a las conclusiones del Panel.

Casa de la Familia Séptimo; Alto del Valle, Pa...

Vivienda Ngäbe en Comarca Ngäbe Bügle (Caribe) Fuente: Lon&Queta via Flickr

La investigación del Panel respondió a dos peticiones relacionadas al reconocimiento legal de las tierras habitadas por dos grupos indígenas, los Naso y los Ngäbe. La investigación del Panel se centró en determinar si se cumplió con la política del Banco en materia de la defensa de Grupos Indígenas, en particular respecto al respaldo del Proyecto a la creación de territorios indígenas y de consultas adecuadas con las comunidades afectadas, y si se cumplió con el papel del Banco de supervisar la correcta implementación por parte del gobierno de las actividades del proyecto.

Aprobado en enero de 2001 y finalizado en junio de 2010, la inversión total del proyecto llegó a US$58,6 millones, financiados parcialmente por un préstamo del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) de US$47,9 millones. El objetivo del proyecto era modernizar la administración territorial en Panamá mediante el establecimiento de procedimientos más simples para el otorgamiento de títulos de propiedad y el mejoramiento de la capacidad de las instituciones locales para mapear casi la mitad del país, estableciendo un sistema integrado de registro y catastro para certificar la propiedad y la correcta titulación, consolidando las áreas protegidas y los territorios de los Pueblos Indígenas.

Roberto Lenton, Presidente del Panel de Inspección, subrayó “la importancia crítica de los temas abordados por los Naso y los Ngäbe en sus Peticiones de Inspección, y del objetivo del Proyecto de asistirles a resguardar sus derechos territoriales como pueblos indígenas.” Indicó que “en ciertos asuntos, la Gerencia cumplió con la política pertinente del Banco, elogiando a la gerencia por haber jugado un papel clave a la hora de involucrarse en los derechos territoriales de los pueblos indígenas. Sin embargo, el Panel también halló instancias importantes de no cumplimiento con la política del Banco, algo que contribuyó en parte a la falta de progreso en el resguardo de los derechos territoriales de los Naso y los Ngäbe.”

La investigación del Panel subrayó dos lecciones importantes respecto al cumplimiento de la política, a saber el requisito de preparar un Plan para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y la necesidad de supervisión adecuada para poder reaccionar inmediatamente ante cualquier problema emergente en el terreno. A nivel sistémico , el Informe corrobora la importancia crucial de la participación integral y el respeto por los derechos de los pueblos indígenas, cumpliendo con la política del Banco, en actividades que les afectan, incluyendo el mapeo y reconocimiento de sus tierras.

El Panel observó que una vez que los problemas fueron identificados, el personal del Banco se involucró de manera intensa y constructiva con las comunidades afectadas para comprender mejor y ayudar a resolver los problemas suscitados. Las personas afectadas le indicaron al Panel que si bien esperan la consolidación de sus derechos territoriales a estas tierras, valoran enormemente las acciones y el esfuerzo del Banco, esperando que éste siga involucrándose en este tema en el país.

Abordar asuntos no resueltos relacionados con el territorio de los Naso y las Áreas Anexadas de los Ngäbe en la provincia de Bocas del Toro requiere la atención inmediata de la recientemente creada Autoridad Territorial (ANATI) de Panamá.

Laura Frigenti, ex Directora del Banco Mundial para América Central

“Le damos la bienvenida a las conclusiones del Panel, esperando que el Plan de Acción aprobado hoy por el Directorio contribuya a resolver los asuntos pendientes de derecho territorial de los Pueblos Indígenas de Panamá.”

Más información:

http://www.inspectionpanel.org

Historia detrás de los intentos minería en territorios indígenas de Panamá

“Quien oprime al débil, ultraja a su Creador” (Prov 14:31)

Jorge Sarsaneda

CONAPI / 250111

Hace años…

En 1979 -¡hace casi 32 años!- Don Daniel Núñez, obispo de David dijo:

“Con caras sonrientes a pesar de las lombrices y de la desnutrición, los niños juegan fuera de la casa. La señora teje una chácara multicolor, mientras un niño desnudo, de meses, gatea junto a ella. La abuela trae agua y leña junto con dos niños; el señor y dos hijos han llegado de socolar y son recibidos con alegría. Corre el viento y la tranquilidad se siente. En medio de su pobreza, hay gran cariño entre ellos, hay amor. Unos son bautizados, otros no; pero el mensaje de liberación de Jesús empieza a despertar en sus corazones. Es una escena de una casa guaimí en cualquier lugar de la Comarca del Tabasará. No lo saben, pero están amenazados”.

Ha llovido mucho desde que se escribieron estas palabras[1]. Muchas cosas han cambiado, pero otras muchas, no.

Actualmente…

Ahora existe legalmente la Comarca llamada Ngäbe-Buglé, producto de una lucha larga y sangrienta. En ella habitan unos 110 mil indígenas de los pueblos ngäbe y buglé (como el 55% de una población 200 mil). Hay una Carta Orgánica, que recientemente cambiada por el gobierno sin el consenso de los afectados. Hay más escuelas, puestos de salud, algunas carreteras mal hechas, la presencia indígena se “siente” más en los medios, hay más indígenas en la universidad…

Sin embargo, el 95% de dicha población sigue en pobreza (un 75% en “pobreza extrema”), el 60% de ellos son llamados “analfabetas” del castellano y son tratados como parias por sus idiomas y el color de su piel. Anualmente tienen que migrar muchos de ellos para conseguir trabajos que les reditúen algo de dinero. Sin contar con los que migran a las ciudades de Panamá, David y Santiago a pasar más pobrezas y marginaciones[2].

Proyectos y más proyectos…

Por si fueran pocos problemas a los que se tienen que enfrentar estos pueblos, ahora se plantean proyectos y más proyectos “para el desarrollo del país”. Pero todo esto tiene una historia “detrás”, como siempre.  Y, como el que olvida, se condena a repetir errores, mejor recordar:

En 1977…

Hace 33 años, el proyecto de explotación de Cerro Colorado se cernía sobre la Comarca como un águila dispuesta a agarrar su presa. Hay estudios profundos y muy claros[3] que analizan objetivamente y denuncian el peligro de muerte en el que se encontraban y se encuentran los indígenas de toda la Comarca y las consecuencias, incluso para el país.

En ese momento se vio claro que una mina “a cielo abierto” en Cerro Colorado significaba la muerte real, ecológica y étnica de muchas comunidades. Hubo mucha solidaridad internacional y se logró que muchos se unieran para enfrentar al “monstruo”. Esto fue denunciado por múltiples grupos, especialmente el obispo Núñez (David) y luego por todos los obispos católicos del país.

¿Se logró detener esta muerte anunciada? No. Las compañías involucradas, Codemin (vuelve a la carga) y Río Tinto Zinc (de nefasta memoria) decidieron –luego de llevarse equis cantidad de oro- que no iban a explotar la mina… ¡porque el precio del cobre no era suficientemente alto! No importaron los efectos sociales, ecológicos, culturales, ni siquiera los políticos, lo que decidió fue el valor económico. Nos dieron un “respiro”, pero ahora vuelven a la carga.

Le toca a Veraguas…

“Dormido” Cerro Colorado, volvieron la vista a Veraguas, a la mina de oro en Cañazas. Ahí estuvieron diez años sacando oro y contaminando ríos, suelos y, sobre todo, personas. Se fueron y sólo nos quedó un paisaje lunar y muchos enfermos. El que quiera saber más, que se dé una vuelta por Cañazas.

¿Y los ríos?

Pero como todos estos proyectos necesitan energía posaron esta vez sus ojos “económicos” sobre los bellos, abundantes y caudalosos ríos que bañan nuestro pequeño país: el Cobre, el San Pablo, el Tabasará, el Viguí, el San Félix, el Changuinola, el Teribe y varios otros. Ya se habían aprovechado del Bayano y los hermanos kunas seguían y siguen esperando beneficios e indemnizaciones.

Los hermanos campesinos e indígenas del río Cobre llevan once años luchando para que no los desalojen. En Valle Riscó, los hermanos ngäbe han sufrido desalojos, despojos, pérdida de tierras y siembros, arrinconamiento de comunidades, destrucción de la ecología y del bosque Protector de Palo Seco. ¿Y el gobierno? Bien, gracias. Se le concedió tierra (reservada por ley) a la AES, pero a los indígenas no se les quiso reconocer sus tierras “porque era Parque Nacional” (????). Ya hay estudios sobre los caudales y posibilidades de los ríos Tabasará, Fonseca, Teribe y otros. Por esa razón no se les concede a los Naso su territorio…

Cerro Chorcha…

Con gran sigilo, como para que mucha gente no se enterara, en 2006 le fueron concedidas (¡sin estudio de impacto ambiental!) más de 24 mil hectáreas a una compañía minera para explotar un yacimiento de cobre, oro, plata y molibdeno, que está –léase bien- en medio de la Comarca Ngäbe-Buglé, la Reserva Forestal Fortuna y el Bosque Protector Palo Seco.

¿Dónde está la Anam, de qué sirven las leyes sobre Reservas y Comarcas?, más importante aún, ¿por qué no se les pregunta a los dueños de las tierras? Sí, dueños, no como dice una “doctora”: que los indios no son los dueños porque no han comprado las tierras (!!!!!!). En abril 2009, la Corte Suprema suspendió temporalmente las acciones de Dominion Minerals.  Por tanto, el “machete afilado” sigue colgando sobre las cabezas de los de Chorcha y de todos nosotros.

Minería “limpia”

Es el lema “bandera” de la explotación de entonces y de la actual en Coclé-Colón (con Petaquilla Gold y Minera Panamá). Sin embargo, hay que decirlo bien claro: NO hay –entiéndase-, NO HAY minería limpia, no existe tal cosa, es una contradicción en los términos. La Cámara minera dijo hace poco que “si no fuera buena la minería, no existirían tantas minas en Chile, Perú y Brasil”.

En los países mencionados es exactamente donde hay minería sucia y envenenadora. Lo único que se puede concluir del “argumento” de la Cámara Minera es que el daño de la minería es mayor en Chile, Perú y Brasil. Sólo tenemos que vernos en el “espejo envenenado” de la mina de Cañazas, de la mina de Cerro de Pasco (Perú), de la mina de Ixtahuacán (Guatemala), de la destrucción amazónica por causa de la minería de oro, por señalar sólo unos casos.

Las últimas “jugadas”

En vista de que los precios internacionales del cobre y del oro han aumentado, nuevamente se quiere explotar Cerro Colorado y otras minas. Para esto, el gobierno actual ha dado varios pasos: Uno ha sido plantear una reforma al Código Minero (de 1963) que ha suscitado la oposición de todos los grupos ambientalistas del país. ¡Por algo será!  El otro fue reformar (sin consulta y sin consenso) la Carta Orgánica de la Comarca Ngäbe-Buglé, de manera que se pueda tener más adelante la “autorización” de los congresos para las explotaciones pretendidas.

¿Qué hacer?

Ante todo, organización. Como dice un columnista: organizar la rabia. La rabia que produce el que se quiera explotar una riqueza pasando por encima de la gente, incluso matándola si es necesario. La rabia que produce que se quiera destruir el país por darle riqueza a unos pocos. La rabia que produce el que gente inocente como los niños indígenas, tengan que ver su futuro envenenado a causa de la riqueza sobre la cual viven. Esta organización se debe reflejar en grupos comunitarios, en autoridades tradicionales, en grupos solidarios, en la sociedad civil, en apoyos internacionales, en grupos pastorales…

En segundo lugar, concientización. Falta mucho todavía que decir a todo el país. Es increíble que todavía haya profesionales supuestamente bien formados (médicos, ingenieros, etc) que piensan que cultura es igual a atraso, que la tierra solo se posee por compra, que toda inversión es progreso. Nos sorprenden a cada rato las manifestaciones y justificaciones racistas de muchos panameños, que proceden de la ignorancia. Hay que trabajar por cambiar esto.

En tercer lugar, compromiso. La iglesia católica panameña ha hablado claramente: “No toda inversión es deseable. Es el caso de la minería. Ella se ha convertido, junto con la deforestación, en la mayor amenaza para la sostenibilidad ambiental en la región. En general, los países tienen leyes débiles ante la inversión extranjera y una laxa reglamentación que no garantiza que sustancias contaminantes como el cianuro, se manejen con seguridad para la salud de la población. Tampoco se han desarrollado mecanismos de consulta legítimamente reconocidos que permitan a las comunidades afectadas informarse verazmente y hacer valer sus demandas[4].

En numerosos encuentros zonales y nacionales de la Iglesia Católica, obispos y agentes de pastoral (sacerdotes, religiosas, laicos comprometidos) que trabajan en las zonas comarcales del país, hemos mostrado nuestra preocupación ante lo que se plantea aquí, puesto que a la secular situación de marginación y extrema pobreza se añade ahora la amenaza creciente de despojo y expolio de sus territorios ancestrales por concesiones mineras y proyectos hidroeléctricos, en nombre del “progreso nacional”.

Muchos relatos indígenas[5] apoyan esta lucha. Como iglesia tenemos que continuar al lado de estos pueblos aunque tengamos que pagar un alto precio. No es otra cosa la que nos exige el Evangelio de Jesucristo.


[1] Ver Núñez Núñez, Daniel, El Indígena Guaymí y Cerro Colorado, Carta Pastoral, 190479. Inicio de dicha carta.

[2] Hay ingente cantidad de estudios que denuncian y especifican esta situación. Sólo cito algunos:

Behmel, Ch. (1996). La Migración Ngöbe. Proyecto PAN-GTZ, Panamá. Jenkins, A. y Valderrama M., G. (2002) Estudio diagnóstico de la dimensión, naturaleza y entorno socioeconómico del trabajo infantil y de la adolescencia trabajadora en el sector del café en la provincia de Chiriquí. CIPSU, Universidad Santa María La Antigua , Panamá.

Loría B., R.; Alvarez, B; Alvarado, R.; Sáenz, R.; Partanen, T. Córdoba, L. (2008) Alcances de la gestión integral de la salud y el trabajo de recolectores de café, inmigrantes en la zona de Los Santos, Costa Rica. Periodo 2003-2008, Congreso Latinoamericano de Extensión Universitaria.

Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo –PNUD- (2008) Informe Nacional de Desarrollo Humano 2007-2008.

Quintero S., B. y Hughes O., W. (2005) Migración Indígena en Panamá. Investigación, CoNaPI, Panamá.

Sarsaneda, J. (2010) La ruta de la desolación, Consultoría sobre migración ngäbe-buglé a Costa Rica.

[3] Gjording, sj, C. (1982) “Cerro Colorado: Conflictos y contradicciones entre Panamá, corporaciones transnacionales y el indígena guaymí”, Foro Guaymí y Ceaspa (eds), El pueblo Guaymí y su futuro, 225-300, Panamá.

Hughes, W. (1998) Minería ¿Desarrollo o destrucción? PS-Cáritas Panama.

Vakis, R. y Lindert, K. (1999) “Pobreza de la población indígena en Panamá: Estudio basado en la información de la ENV , 1997” , Anexo 6, Banco Mundial, Panamá. Estudio sobre pobreza. Prioridades y Estrategias para la reducción de la pobreza.

Young, P. (2009) “Witnessing change in a small-scale society: A personal account”, Newsletter. Society for Applied Anthropology, 20 (3): 7-12.

[4] Ver Comunicado de la Conferencia Episcopal Panameña, 130111.

[5] Ver CONAPI (1992) Tierra, Autonomía, Cultura, IV Encuentro Nacional de Pastoral Indígena, Panamá.

LEA ADEMÁS

Noticias sobre minería en Panamá

Martinelli sí explotara mina de cobre de Cerro Colorado

Obama se apresta a reconocer derechos básicos a los indígenas en EE.UU

Si bien no le tenemos mucha fé a los discursos de Obama, especialmente su política exterior, no es menos cierto que los presidentes de EE.UU cuando tienen buena fé hacia su propio pueblo, lo saben hacer muy bien.  Ojalá esto no quede en letra muerta.

En Panamá, como buen país ex-bananero, todavía sigue siendo una República Bananera, donde impera la ley del tráfico de influencia, la de la negación de derechos fundamentales a pueblos indígenas entre otras bellezas.  Sólo hay que ver las últimas noticias sobre el caso Naso y podemos ver el nivel de incivilidad gubernamental que nos gobierna de muy mala manera.

Burica Press

——————————–

Obama emite memorandum para implementar el deber estatal de consulta previa a pueblos indígenas

ObamaEn un plazo de 90 todas las agencias federales de EUU deberán presentar plan de implementación de procesos de consulta previa, regular  y significativa a los pueblos indígenas.

Para el mandatario, la ausencia o mínima consulta del gobierno federal con los pueblos indígenas es la principal razón de los conflictos. «La historia ha demostrado que el fracaso en tomarse en cuenta los planteamientos de las autoridades indígenas para la formulación de políticas que interesen a sus comunidades ha producido resultados frecuentemente indeseables y, en ocasiones, devastadores y trágicos.«

«Nosotros sabemos la historia que compartimos. Es una historia de violencia, de enfermedades y privación. Tratados que fueron violados. Promesas rotas», dijo Obama al hablar ante la Conferencia de Naciones Originarias en la Casa Blanca.

 

Obama firmó un Memorandum para dar cumplimiento al deber de realizar  consultas regulares entre el  gobierno y los pueblos indígenas en el diseño de políticas que tienen efecto sobre los indígenas.

El mandatario dijo que la Orden Ejecutiva 13175, firmada por el ex presidente William Clinton, ha sido cumplida tan solo por un puñado de agencias de gobierno «y es tiempo de que eso cambie».

El presidente estadunidense Barack Obama se comprometió ante  representantes indígenas una nueva relación con el gobierno, que contribuya a superar siglos de trato negligente hacia sus comunidades.

La situación actual en estas comunidades habla de un desempleo de hasta 80 por ciento en algunas comunidades, falta de servicios como electricidad y agua potable.

«Sin una comunicación y consulta real, estamos entrampados año tras año con políticas que no funcionan para ustedes y sobre temas amplios que nos afectan a todos, y ustedes merecen tener una voz ahí», dijo.

Obama reconoció que forjar una mejor relación entre el gobierno y pueblos indígenas no será fácil dado el pasado, «pero quiero que sepan que estoy absolutamente comprometido en avanzar y forjar un nuevo y mejor futuro«.

El mandatario dijo a los líderes indígenas que él está de su lado, y refirió las acciones con las que su gobierno ha cumplido algunas de las promesas que ofreció como candidato. Entre éstas destacó el nombramiento de un representante de la nación Cherokee como consejera para la Oficina de Asuntos Indígenas de la Casa Blanca y otra miembro de la nación Sioux como directora de la Oficina de Servicios Médicos dentro del Departamento de Salud.

 


 

TEXTO DEL MEMORANDUM

Memorandum
Para los directivos y directivas de los organismos y agencias del poder ejecutivo

 

Los Estados Unidos mantienen una relación jurídica y política de carácter singular con los gobiernos comunitarios indígenas, relación establecida y confirmada por la Constitución de los Estados Unidos, así como por tratados, leyes, disposiciones reglamentarias y decisiones judiciales. En reconocimiento de esta relación especial, de conformidad con la Orden Ejecutiva 13.175 del 6 de noviembre de 2000, los organismos y agencias del poder ejecutivo deben asumir el compromiso de actuar mediante consultas regulares y significativas, en colaboración con las autoridades indígenas, para el desarrollo de políticas federales que afecten a sus pueblos, y deben cumplir con la responsabilidad del fortalecimiento de la relación de Gobierno a Gobierno entre los Estados Unidos y los pueblos indígenas.

La historia ha demostrado que el fracaso en tomarse en cuenta los planteamientos de las autoridades indígenas para la formulación de políticas que interesen a sus comunidades ha producido resultados frecuentemente indeseables y, en ocasiones, devastadores y trágicos. Por el contrario, un diálogo significativo entre representantes federales y autoridades indígenas ha conducido a sustanciales mejoras de la política federal hacia los pueblos indígenas. La consulta es un elemento crucial de una relación sana y productiva entre la Federación y los pueblos indígenas.

Mi Gobierno ha asumido el compromiso de consular a las autoridades indígenas y colaborar con ellas para la adopción de decisiones políticas que afecten a sus pueblos, incluyendo, como paso inicial, la aplicación completa y sistemática de la Orden Ejecutiva 13.175. En consecuencia, directamente ordeno a los directivos o directivas de todas y cada una de las agencias que presenten al Director de la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OMB), en el plazo de 90 días a partir de la fecha de este memorando, un plan detallado de acción que la agencia habrá de adoptar para la puesta en práctica de las políticas y las directrices de la Orden Ejecutiva 13.175. Este plan se elaborará previa consulta de la agencia con los pueblos indígenas y sus autoridades conforme se especifica en la misma Orden Ejecutiva 13.175. También ordeno a cada directivo o directiva de agencia que presenten al Director de la OMB en un plazo de 270 días a partir de la fecha de este memorando, y luego anualmente, un informe sobre el progreso y el estado de cada acción prevista por el respectivo plan junto con las propuestas que convengan para su actualización.
El plan y los subsiguientes informes de cada agencia designarán a un funcionario competente para coordinar la aplicación del plan y la preparación de los informes de evaluación previstos en el presente Memorandum. El Asistente del Presidente en Política Interior y el Director de la OMB deberán supervisar los planes de las agencias y los informes consecutivos a fin de verificar su coherencia con las políticas y directrices de la Orden Ejecutiva 13.175.

Además, el Director de la OMB, en coordinación con el Asistente del Presidente en Política Interior, deberá presentarme, en el plazo de un año a partir de la fecha de este Memorandum, un informe sobre la aplicación de la Orden Ejecutiva 13.175 por todas las dependencias del poder ejecutivo de la Federación, informe basado en la supervisión de los planes de las agencias y de los respectivos informes de evaluación. Recomendaciones, de haberlas, para mejorar los planes y conseguir un proceso más eficaz de consulta indígena habrán de incluirse en tal informe.

Los términos “pueblos indígenas” («Indian Tribe»), “autoridades indígenas” («tribal oficials”), y “políticas que afectan a los pueblos indígenas” (“policies that have tribal implications”) son utilizadas en el presente Memorandum tal como se definen en la Orden Ejecutiva 13.175.

El Director de la OMB queda investido de la autoridad y sujeto a la obligación de publicar este Memorandum en el Diario Federal.

Este memorándum no pretende crear ni crea derecho o beneficio alguno, sustantivo o procesal, exigible en derecho o en equidad, para parte alguna frente a los Estados Unidos, sus organismos, agencias, funcionarios o funcionarias, empleados o empleados, agentes o cualesquier otras personas. Las dependencias y las agencias del poder ejecutivo deberán llevar a la práctica las disposiciones de este Memorandum en la medida que lo permita el derecho y de conformidad con las respectivas competencias legales y reglamentarias y mediante los procedimientos de mecanismos de aplicación igualmente legales y reglamentarios.

 

President Barack Obama
Washington, D.C

 

(Traducción de Victor Toledo y  Bartolomé Clavero)


 

 

ANEXO

Executive Order 13175 – Consultation and Coordination With Indian Tribal Governments

 

[Federal Register: November 9, 2000 (Volume 65, Number 218)]
[Presidential Documents]
[Page 67249-67252]

By the authority vested in me as President by the Constitution and the laws of the United States of America, and in order to establish regular and meaningful consultation and collaboration with tribal officials in the development of Federal policies that have tribal implications, to strengthen the United States government-to-government relationships with Indian tribes, and to reduce the imposition of unfunded mandates upon Indian tribes; it is hereby ordered as follows:

Section 1. Definitions. For purposes of this order:

(a) «Policies that have tribal implications» refers to regulations, legislative comments or proposed legislation, and other policy statements or actions that have substantial direct effects on one or more Indian tribes, on the relationship between the Federal Government and Indian tribes, or on the distribution of power and responsibilities between the Federal Government and Indian tribes.
(b) «Indian tribe» means an Indian or Alaska Native tribe, band, nation, pueblo, village, or community that the Secretary of the Interior acknowledges to exist as an Indian tribe pursuant to the Federally Recognized Indian Tribe List Act of 1994,m25 U.S.C. 479a.
(c) «Agency» means any authority of the United States that is an «agency» under 44 U.S.C. 3502(1), other than those considered to be independent regulatory agencies, as defined in 44 U.S.C. 3502(5).
(d) «Tribal officials» means elected or duly appointed officials of Indian tribal governments or authorized intertribal organizations.

Sec. 2. Fundamental Principles. In formulating or implementing policies that have tribal implications, agencies shall be guided by the following fundamental principles:

(a) The United States has a unique legal relationship with Indian tribal governments as set forth in the Constitution of the United States, treaties, statutes, Executive Orders, and court decisions. Since the formation of the Union, the United States has recognized Indian tribes as domestic dependent nations under its protection. The Federal Government has enacted numerous statutes and promulgated numerous regulations that establish and define a trust relationship with Indian tribes.
(b) Our Nation, under the law of the United States, in accordance with treaties, statutes, Executive Orders, and judicial decisions, has recognized the right of Indian tribes to self-government. As domestic dependent nations, Indian tribes exercise inherent sovereign powers over their members and territory. The United States continues to work with Indian tribes on a government-to-government basis to address issues concerning Indian tribal self-government, tribal trust resources, and Indian tribal treaty and other rights.
(c) The United States recognizes the right of Indian tribes to self-government and supports tribal sovereignty and self-determination.

Sec. 3. Policymaking Criteria. In addition to adhering to the fundamental principles set forth in section 2, agencies shall adhere, to the extent permitted by law, to the following criteria when formulating and implementing policies that have tribal implications:

(a) Agencies shall respect Indian tribal self- government and sovereignty, honor tribal treaty and other rights, and strive to meet the responsibilities that arise from the unique legal relationship between the Federal Government and Indian tribal governments.
(b) With respect to Federal statutes and regulations administered by Indian tribal governments, the Federal Government shall grant Indian tribal governments the maximum administrative discretion possible.
(c) When undertaking to formulate and implement policies that have tribal implications, agencies shall:
(1) encourage Indian tribes to develop their own policies to achieve program objectives;
(2) where possible, defer to Indian tribes to establish standards; and
(3) in determining whether to establish Federal standards, consult with tribal officials as to the need for Federal standards and any alternatives that would limit the scope of Federal standards or otherwise preserve the prerogatives and authority of Indian
tribes.

Sec. 4. Special Requirements for Legislative Proposals.
Agencies shall not submit to the Congress legislation that would be inconsistent with the policymaking criteria in Section 3.

Sec. 5. Consultation.

(a) Each agency shall have an accountable process to ensure meaningful and timely input by tribal officials in the development of regulatory policies that have tribal implications.
Within 30 days after the effective date of this order, the head of each agency shall designate an official with principal responsibility for the agency’s implementation of this order. Within 60 days of the effective date of this order, the designated official shall submit to the Office of Management and Budget (OMB) a description of the agency’s consultation process.

(b) To the extent practicable and permitted by law, no agency shall promulgate any regulation that has tribal implications, that imposes substantial direct compliance costs on Indian tribal governments, and that is not required by statute, unless:

(1) funds necessary to pay the direct costs incurred by the Indian tribal government or the tribe in complying with the regulation are provided by the Federal Government; or
(2) the agency, prior to the formal promulgation of the regulation,

(A) consulted with tribal officials early in the process of developing the proposed regulation;

(B) in a separately identified portion of the preamble to the regulation as it is to be issued in the Federal Register, provides to the Director of OMB a tribal summary impact statement, which consists of a description of the extent of the agency’s prior consultation with tribal officials, a summary of the nature of their concerns and the agency’s position supporting the need to issue the regulation, and a statement of the extent to which the concerns of tribal officials have been met; and

(C) makes available to the Director of OMB any written communications submitted to the agency by tribal officials.

(c) To the extent practicable and permitted by law, no agency shall promulgate any regulation that has tribal implications and that preempts tribal law unless the agency, prior to the formal promulgation of the regulation,
(1) consulted with tribal officials early in the process of developing the proposed regulation;
(2) in a separately identified portion of the preamble to the regulation as it is to be issued in the Federal Register, provides to the Director of OMB a tribal summary impact statement, which consists of a description of the extent of the agency’s prior consultation with tribal officials, a summary of the nature of their concerns and the agency’s position supporting the need to issue the regulation, and a statement of the extent to which the concerns of tribal officials have been met; and
(3) makes available to the Director of OMB any written communications submitted to the agency by tribal officials.
(d) On issues relating to tribal self-government, tribal trust resources, or Indian tribal treaty and other rights, each agency should explore and, where appropriate, use consensual mechanisms for developing regulations, including negotiated rulemaking.

Sec. 6. Increasing Flexibility for Indian Tribal Waivers.

(a) Agencies shall review the processes under which Indian tribes apply for waivers of statutory and regulatory requirements and take appropriate steps to streamline those processes.
(b) Each agency shall, to the extent practicable and permitted by law, consider any application by an Indian tribe for a waiver of statutory or regulatory requirements in connection with any program administered by the agency with a general view toward increasing opportunities for utilizing flexible policy approaches at the Indian tribal level in cases in which the proposed waiver is consistent with the applicable Federal policy objectives and is otherwise appropriate.
(c) Each agency shall, to the extent practicable and permitted by law, render a decision upon a complete application for a waiver within 120 days of receipt of such application by the agency, or as otherwise provided by law or regulation. If the application for waiver is not granted, the agency shall provide the applicant with timely written notice of the decision and the reasons therefor.
(d) This section applies only to statutory or regulatory requirements that are discretionary and subject to waiver by the agency.

Sec. 7. Accountability.

(a) In transmitting any draft final regulation that has tribal implications to OMB pursuant to Executive Order 12866 of September 30, 1993, each agency shall include a certification from the official designated to ensure compliance with this order stating that the requirements of this order have been met in a meaningful and timely manner.
(b) In transmitting proposed legislation that has tribal implications to OMB, each agency shall include a certification from the official designated to ensure compliance with this order that all relevant requirements of this order have been met.
(c) Within 180 days after the effective date of this order the Director of OMB and the Assistant to the President for Intergovernmental Affairs shall confer with tribal officials to ensure that this order is being properly and effectively implemented.

Sec. 8. Independent Agencies. Independent regulatory agencies are encouraged to comply with the provisions of this order.

Sec. 9. General Provisions.

(a) This order shall supplement but not supersede the requirements contained in Executive Order 12866 (Regulatory Planning and Review), Executive Order 12988 (Civil Justice Reform), OMB Circular A-19, and the Executive Memorandum of April 29, 1994, on Government-to-Government Relations with Native American Tribal Governments.

(b) This order shall complement the consultation and waiver provisions in sections 6 and 7 of Executive Order 13132 (Federalism).
(c) Executive Order 13084 (Consultation and Coordination with Indian Tribal Governments) is revoked at the time this order takes effect.
(d) This order shall be effective 60 days after the date of this order.

Sec. 10. Judicial Review.

This order is intended only to improve the internal management of the executive branch, and is not intended to create any right, benefit, or trust responsibility, substantive or procedural, enforceable at law by a party against the United States, its agencies, or any person.

 

(Presidential Sig.)

THE WHITE HOUSE,

November 6, 2000.

Indígenas panameños exigen respeto a su tierra y sus derechos humanos

Indígenas esperan hablar con Martinelli

FOTO: BIENVENIDO VELASCO .
PANAMÁ. Grupos indígenas marcharán hoy hasta la Presidencia para presentar al gobierno un pliego de peticiones, justo cuando se cumplen 517 años del descubrimiento de América, desde cuando, aseguran, se les violan sus derechos.
.
Indígenas panameños se unen en una sola voy de reclamación de sus derechos humanos y derechos territoriales.
INDÍGENAS
Marcha a la Presidencia

PANAMÁ. Los indígenas de la etnia Naso marcharán esta tarde hacia la Presidencia de la República, como parte de las actividades de los pueblos aborígenes en el día del descubrimiento de América.

Eliseo Vargas, vocero del pueblo Naso, señaló que la intención de esta marcha es que el presidente Ricardo Martinelli reciba de los pueblos originarios Emberá, Naso, Kuna, Teribe y otros el pliego de peticiones que llevarán y que se establezca un compromiso para dar seguimiento a las aspiraciones de la comunidad indígena del país.

Vargas indicó que la violación de los derechos de los pueblos autóctono, el acaparamiento de tierras y la destrucción del ecosistema son prioridades que el Estado, representado por Martinelli “debe atender como un compromiso y ofreciendo resultados”.