Los Sitios Ramsar o Humedales de Importancia Internacional de Panamá

LOS SITIOS RAMSAR DE PANAMÁ O HUMEDALES DE IMPORTANCIA INTERNACIONAL

Por Ariel R. Rodríguez Vargas
Centro de Estudios de Recursos Bióticos, Universidad de Panamá

DEFINICIÓN DE HUMEDAL

De acuerdo a la definición de la Convención Ramsar[1] “Los humedales son las extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de aguas, sean éstas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina cuya profundidad en marea baja no exceda de seis metros”. Esto incluye los arrecifes de coral de aguas someras.

LA CONVENCIÓN RAMSAR Y SU FILOSOFÍA

Se le denomina Sitio Ramsar a un humedal que es considerado de importancia internacional debido a su riqueza biológica y a que sirve de refugio de un número significativo de aves acuáticas migratorias estacionales. Los sitios Ramsar nacieron con la Convención Ramsar, que es la única convención ambiental mundial que trata un ecosistema en particular –los humedales. Es un convenio intergubernamental que proporciona el marco para la acción nacional y la cooperación internacional en beneficio de la conservación y el uso racional de los humedales en el mundo.

La Convención fue establecida en la ciudad de Ramsar, Irán, el 2 de febrero de 1971. Actualmente, cuenta con 144 partes contratantes que han designado 1,401 sitios en el mundo, con un total de 122,845,706 hectáreas, de las cuales el continente americano ha aportado 228 sitios con 47,929,018 hectáreas, designadas en los 27 países miembros de la región.

Esta Convención además reconoce la interdependencia del hombre y su medio ambiente y reconoce además que los humedales prestan servicios ecológicos fundamentales y son reguladores de los regímenes hídricos, así como fuentes de biodiversidad a todos los niveles –diversidad de especies, diversidad genética y diversidad de ecosistema y reflejan las interacciones entre la diversidad cultural y biológica, constituyendo un recurso de gran valor económico, científico y recreativo para la comunidad.

Inicialmente esta Convención sólo reconoció estos ecosistemas como hábitat de fauna y flora características, especialmente de aves acuáticas, pero hoy incluye otras riquezas y valores de estas áreas, aunque sigue siendo de gran importancia el concepto de los humedales como hábitat claves de las aves migratorias hemisféricas.

También la Convención reconoce que los humedales constituyen un recurso de gran valor económico, cultural, científico y recreativo, cuya pérdida sería irreparable, por tanto promueve que no sigan habiendo intrusiones en estos, sobre todo porque afecta a las poblaciones de aves acuáticas migratorias estacionales que pueden atravesar las fronteras, y que en consecuencia deben ser consideradas como un recurso internacional.

Finalmente reconoce que la conservación de los humedales y de su flora y fauna pueden asegurarse armonizando políticas nacionales previsoras con una acción internacional coordinada.

PANAMÁ Y LA CONVENCIÓN RAMSAR

Panamá se hizo signataria de la Convención Ramsar mediante la Ley 6 del 3 de enero de 1989[2] y cuenta con cinco sitios Ramsar o humedales de importancia internacional: la parte este de la Bahía de Panamá en la Ciudad de Panamá (2003), el Golfo de Montijo en Veraguas (1990), San San Pond Sak en Bocas del Toro (1993), Punta Patiño en Darién (1993) y Damani Guariviara en la Comarca Gnobe Bugle (2004).


Aquí se incluirá información detallada de cada Sitio Ramsar de Panamá

[1] http://www.ramsar.org/key_conv_s.htm

[2] http://www.asamblea.gob.pa/NORMAS/1980/1989/1989_010_0675.PDF