A continuación anexamos una nota a la que tuvo acceso Burica Press, enviado por un grupo de ecologistas panameños en relación a los últimos sucesos sobre los bosques disputados entre la Asamblea Nacional y los ambientalistas, en los cuales ANAM ha jugado un papel dubitativo y político y no técnico.
La carta es del tenor siguiente:
Panamá, 2 de agosto de 2007.
Doctora
LIGIA CASTRO
Administradora General
Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM)
E. S. D.
Estimada Doctora Castro:
Por este medio, deseamos comunicarle sobre la reunión sostenida en las oficinas de la Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM), el día 2 de agosto de 2007 con el Licdo. Harley Mitchell Morán, Director de Asesoría Legal, la Licda. Aleyda Salazar, Directora Nacional de Áreas Protegidas y nosotros, Doctor Donaldo Sousa, Presidente de la Asociación Ecologista Panameña, la Licda. Susana Serracín, Secretaria de la Asociación de Derecho Ambiental y la Arq. Raisa Banfield, Presidenta del Comité Pro Defensa de los Bosques Urbanos y el Camino de Cruces, con la finalidad de manifestarles nuestra profunda preocupación por la situación actual y el futuro del Parque Nacional Camino de Cruces, debido al interés e insistencia de la Asamblea Nacional de llevar a cabo una subasta pública de 15.1 hectáreas pertenecientes al Parque Nacional Camino de Cruces y con esos fondos construirse un nuevo Palacio Legislativo.
En días pasados la Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM) emitió un Informe Técnico que revela de manera cronológica y contundente que esas hectáreas de bosques pertenecen al histórico Parque Camino de Cruces. Sin embargo, dicho informe también avala como válido y bueno un levantamiento de límites del Parque realizado por la compañía Ingeniería Avanzada, S. A., que evidentemente realizó dicho trabajo de manera arbitraria e ignorando la ley. Esta situación inadmisible puede conllevar que este acto y actores involucrados pueden ser encausados legalmente.
Los ciudadanos abajo firmantes, en representación de nuestras organizaciones ecologistas, rechazamos este levantamiento y solicitamos que la ANAM, no lo legitime ya que está alejado de la verdad y la ley; porque segrega de facto los bosques en cuestión, otros bosques y áreas en varios sectores del Parque como Clayton y la carretera a Cerro Patacón, entre otros. También el levantamiento ha ignorado la Ley No. 21 de 1997 de las áreas revertidas que ordena que TODOS los bosques de rica biodiversidad de Clayton también sean incorporados al Parque Nacional Camino de Cruces. Esta omisión ha provocado que inescrupulosos y políticos sin visión ambiental alguna, sigan intentando especular con estas áreas, patrimonio natural de todos los panameños.
Estos bosques de rica biodiversidad periféricos a la comunidad de Clayton deben ser incorporados al Parque Nacional Camino de Cruces, tal y como lo ordena en espíritu y letra la Ley 21 de 1997.
El artículo 5 de la Ley No. 41 de 1 de julio de 1998, señala que: «Se crea la Autoridad Nacional del Ambiente como la entidad autónoma y rectora del Estado en materia de recursos naturales y del ambiente, para asegurar el cumplimiento y la aplicación de las leyes, los reglamentos y la política nacional del ambiente…». Por otro lado, el artículo 5 de la Ley No. 30 del 30 de diciembre de 1992, establece entre otros aspectos fundamentales que las actividades que se lleven a cabo en el Parque Nacional Camino de Cruces deberán ser compatibles con los objetivos para los cuales fue creado el Parque; con la política de protección, conservación y manejo de los recursos naturales del Estado que establezca el Instituto Nacional de Recursos Naturales Renovables (INRENARE), actualmente ANAM.
Basándonos en dichos fundamentos jurídicos, en especial en el informe reciente sobre el Parque Camino de Cruces emitido por esta Autoridad, en los sustentos jurídicos del Recurso de Inconstitucionalidad presentado ante la Corte Suprema de Justicia y en otros argumentos de peso esgrimidos en la reunión del día 2 de agosto de 2007, en el Departamento de Asesoría Legal de ANAM y en la competencia otorgada a esta institución del Estado, por la Ley No. 41 de 1998, Ley General del Ambiente, queda claro que la responsabilidad de la situación actual del Parque Nacional Camino de Cruces, es exclusiva de esta Institución.
Es por ello que, con fundamento en los elementos arriba señalados, solicitamos a la Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM), como autoridad rectora en materia ambiental, manifieste una postura firme y cónsona con el respeto a los fundamentos y normas jurídicas señaladas y en especial con los principios de protección ambiental, a nivel nacional e internacional aplicables al caso; en particular de esta importante área protegida ubicada en el corazón de nuestra urbe y que respete sobre todo, los fines de conservación ambiental contenidos en la ley que crea el Parque Nacional Camino de Cruces que hoy día se ven amenazados con esta subasta pública de este bien de dominio público, la cual es promovida por la Asamblea Nacional y el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), de manera que se detenga cuanto antes esta subasta pública que comportaría irreversibles y graves daños al ambiente.
Quedamos en espera de una pronta y urgente respuesta a nuestra solicitud.
Atentamente,
Licdo. Donaldo Sousa Guevara
Presidente
Asociación Ecologista Panameña (ASEP)
Arq. Raisa Banfield
Presidenta
Comité pro Defensa de los Bosques Urbanos y el Camino de Cruces
Licda. Susana A. Serracín Lezcano
Secretaria Asociación de Derecho Ambiental (ADA)
Licdo. Ariel Rodríguez V.
Secretario de Asuntos Ambientales
Alianza para la Conservación y el Desarrollo (ACD)
c.c. Licdo. Harley Mitchell Morán – Director de Asesoría Legal
Licda. Aleyda Salazar – Directora Nacional de Áreas Protegidas y Vida Silvestre.
Copia: Archivos de las organizaciones firmantes
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